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El apartado 4 de la disposición adicional segunda del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre, dispone que cada una de las Comunidades Autónomas dispondrá de un múltiple digital de cobertura autonómica con capacidad para efectuar desconexiones territoriales de ámbito provincial, mientras que su disposición adicional quinta, al regular el número de programas en cada canal múltiple digital, establece en su apartado 1 que cada múltiple digital de cobertura autonómica integrará, inicialmente, al menos cuatro programas digitales susceptibles de ser explotados las 24 horas del día.
La disposición adicional segunda, apartado 4, del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, también determina que cada Comunidad Autónoma decidirá cuántos programas se reservan para las entidades públicas creadas a tenor de lo establecido en la Ley 46/1983, de 26 de diciembre, reguladora del tercer canal de televisión, y cuántos serán explotados por empresas privadas en régimen de gestión indirecta mediante concesión otorgada por concurso público, lo que ha tenido como consecuencia que mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de agosto de 2006 se hayan reservado dos de los cuatro programas de los que consta el canal múltiple para la Empresa Pública de la Radio y la Televisión de Andalucía, creada por la Ley 8/1987, de 9 diciembre.
La convocatoria objeto de este Acuerdo se refiere a las concesiones para la gestión privada de los otros dos programas de televisión digital autonómica del mismo canal múltiple, lo que conlleva que se aplique lo dispuesto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, cuyo texto refundido aprobó el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, tanto en el proceso para el otorgamiento de la concesión de dos programas de televisión digital terrestre de ámbito autonómico, como en la prestación del servicio por parte del concesionario y en la definición del conjunto de derechos y obligaciones que conlleva para ambas partes el otorgamiento de una concesión, mediante la suscripción del correspondiente contrato de gestión de servicio público.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre, a propuesta del Consejero de la Presidencia, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de agosto de 2006, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Explotación del Servicio para el otorgamiento, mediante concurso público y por el procedimiento abierto, de dos concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito autonómico en Andalucía, para su gestión privada.
Segundo. Convocar el concurso público para el otorgamiento de dos concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito autonómico en Andalucía, para su gestión privada, en el canal múltiple relacionado en el Anexo 1, de conformidad con lo establecido en el Plan Técnico Nacional de Televisión Digital Terrestre, y con las especificaciones recogidas en el Anexo 2.
Tercero. La tramitación del concurso corresponderá a la Consejería de la Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y con el Decreto 347/2004, de 25 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia.
Sevilla, 29 de agosto de 2006
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia
ANEXO 1
CANAL MULTIPLE DE COBERTURA AUTONOMICA CON CAPACIDAD PARA EFECTUAR DESCONEXIONES TERRITORIALES DE AMBITO PROVINCIAL
ProvinciaCanal
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
ANEXO 2
ESPECIFICACIONES DE LA CONVOCATORIA
1. Entidad adjudicadora.
Organismo: Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Comunicación Social, Avda. de la Borbolla, 1, 41071, Sevilla. Tlfno.: 955 001 109.
2. Objeto del contrato.
El otorgamiento de dos concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito autonómico en Andalucía, para su gestión privada.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma de adjudicación: Concurso.
4. Garantía provisional: 300.000 euros.
5. Obtención de documentación e información.
a) Documentación: El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Explotación del Servicio estará a disposición de los licitadores durante el plazo de presentación de solicitudes en el horario normal de oficinas en el Servicio de Radiodifusión y Televisión de la Dirección General de Comunicación Social, sita en la Avenida de la Borbolla, 1, 41071, Sevilla. Igualmente, dicho Pliego podrá consultarse y obtenerse accediendo a la página web de la Consejería de la Presidencia.
b) Para aquellas personas que lo soliciten, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Explotación del
Servicio se les enviará por correo ordinario o electrónico.
c) Información administrativa y técnica.
Servicio de Radiodifusión y Televisión.
Dirección General de Comunicación Social.
Avda. de la Borbolla, 1, 41071, Sevilla.
Teléfono: 955 001 109. Fax: 955 001 022.
E-mail: infotdt.cpre*juntadeandalucia.es.
6. Requisitos específicos del contratista: Los licitadores tendrán que justificar la solvencia económica, financiera y técnica y profesional en la forma que se establece en el punto de la base del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Explotación del Servicio.
7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación.
a) El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria.
b) Documentación que integrará las ofertas: La documentación a presentar será la establecida en las bases 20 y 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Explotación del Servicio.
c) Lugar de presentación: Las solicitudes serán dirigidas al Consejero de la Presidencia y se presentarán en el Registro de la Consejería de la Presidencia, sito en Plaza de la Contratación, núm. 3, 41071, Sevilla. También podrán presentarse las proposiciones en la forma establecida en el artículo del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
8. Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Los licitadores están obligados a mantener sus ofertas durante un plazo de seis meses a contar desde la apertura de las proposiciones.
9. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios ascienden a 6.000 euros, que serán abonados a prorrata por los que resulten adjudicatarios.
10. Apertura de ofertas: Concluidos los trabajos a que se refiere la base 24 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Explotación del Servicio, y en el día que se señale al efecto, tendrá lugar un acto público debidamente anunciado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el que la Mesa de Contratación notificará el resultado sobre la admisión o, en su caso, exclusión de los licitadores, con expresión de las proposiciones rechazadas y la causa de exclusión, y procederá a la apertura de las ofertas técnicas (sobre número 2) de los licitadores que hayan sido admitidos al concurso.
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