Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 06/09/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 2 de agosto de 2006, del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, de bases para la selección de una plaza de Arquitecto.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante Decreto de la Alcaldía número 116/2006 (Dpto. Recursos Humanos), de fecha 11 de julio de 2006, se ha aprobado la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Arquitecto Municipal vacante en la plantilla de personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, Cádiz, con arreglo a las siguientes bases que fueron aprobadas en la misma Resolución:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSOOPOSICION DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO MUNICIPAL VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL COMO LABORAL FIJO DEL AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de Arquitecto Municipal vacante en la plantilla de personal laboral de este Excmo. Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2006, con las funciones y dotada con las retribuciones correspondientes según la Relación de Puestos de Trabajo.

El titular de la plaza quedará sujeto al régimen general de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como a la incompatibilidad para el ejercicio de cualquier actividad pública o privada en cualesquiera de los municipios integrantes de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de la Janda.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español. Asimismo, podrán ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo, que la desarrolla.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Arquitecto Superior o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad específica previstos por la normativa vigente e incompatibilidad de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio para los que ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible, de ejercitar el derecho de opción a que se refiere el artículo 10 de dicha Ley.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Todos los requisitos a los que se refiere la presente base han de poseerse antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.

Tercera. Solicitudes.

3.1. Forma: Quienes deseen tomar parte en estas pruebas habrán de solicitarlo en el modelo de instancia conforme al Anexo II de estas bases, que les será facilitado al efecto por el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera.

Igualmente, podrán instar la participación en el proceso selectivo mediante simple solicitud, con el contenido establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esto es:

a) Nombre, apellidos, DNI y domicilio del interesado.

b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud, esto es, petición de participar en el proceso selectivo, identificándolo mediante alusión específica a la denominación de la plaza a que se opta.

c) Lugar y fecha en que se firma el escrito.

d) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

e) Organo, Centro o Unidad Administrativa a la que se dirige (Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera).

En dicha solicitud, el peticionario deberá, además, formular declaración expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidos en la base segunda de la convocatoria.

3.2. Documentos que deben presentarse: Las instancias deberán presentarse acompañadas de fotocopia del DNI y original del recibo o carta de pago de los derechos de examen o, en su caso, resguardo que acredite su remisión por vía postal o telegráfica.

Junto a la documentación relacionada con anterioridad, los solicitantes deberán presentar documentos en original o fotocopia debidamente compulsada de los méritos que en su caso aleguen para su valoración en la fase concurso. No teniéndose en cuenta los presentados y los obtenidos una vez concluido el plazo de presentación de instancias, no se tendrán en cuenta los no acreditados en original o fotocopia

compulsada.

3.3. Plazo de presentación: Las instancias acompañadas de la documentación complementaria se presentarán en el plazo de 20 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día finalizara en sábado, domingo o festivo, se prorrogará al día siguiente hábil.

3.4. Lugar de presentación: Las instancias acompañadas de la documentación complementaria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento. También podrán presentarse en cualquiera de las formas que determina el artículo.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Si conforme al referido precepto, se presentan a través de las Oficinas de Correos deberá aparecer el sello del certificado en el sobre exterior y en la propia instancia.

3.5. Derechos de examen: Los derechos de examen serán de 16,51 E, que deberán abonarse mediante pago directo en las oficinas de la Tesorería Municipal (calle San Juan, núm.), donde se expedirá al interesado el recibo o carta de pago a que se refiere la base 3.2. Los derechos de examen podrán ser satisfechos, también, por medio de giro postal o telegráfico, dirigido a la citada Tesorería, haciendo constar en tales giros el nombre del aspirante y de la prueba selectiva a la que se presenta, identificándola específicamente.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía se dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, lugar de exposición de dicha lista y plazo de subsanación de defectos o errores que se concede a los aspirantes excluidos, que será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Dicha Resolución, en la que también se incluirán la designación de miembros del Tribunal y el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición, así como en su caso el orden de actuación de los aspirantes, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Durante el plazo de subsanación no se podrán alegar méritos no presentados en la solicitud inicial.

4.2. Transcurrido el plazo de subsanaciones, la Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. A la referida Resolución se le dará publi

cidad mediante inserción de anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinta. Tribunal Calificador.

5.1. Composición: El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Dos empleados públicos (con el carácter de personal funcionario o laboral) designados por el Alcalde.

- Un representante designado a propuesta de la Delegación de Personal.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.

El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos, que habrán de designarse simultáneamente con los titulares.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, con voz y sin voto, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

5.2. Designación de los miembros del Tribunal: La determinación y designación concreta de los miembros del Tribunal así como la de sus suplentes, corresponde a la Alcaldía en la misma Resolución a que se refiere la base cuarta, haciéndose asimismo pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

5.3. Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicarlo al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, que resolverá lo procedente.

Por estas mismas causas podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo de la citada Ley 30/1992.

5.4. Categoría del Tribunal y percepción de asistencias: A efecto de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, los miembros del Tribunal percibirán asistencia por la concurrencia a sesiones de tribunales y órganos de selección, señalándose la categoría primera de las recogidas en el Anexo cuarto del citado Real Decreto, en la cuantía legalmente establecida en el momento de la percepción, sin perjuicio de las dietas y gastos de viaje que correspondan en su caso.

5.5. Actuación del Tribunal: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de su Presidente, del Secretario y de la mitad de los Vocales, titulares o suplentes, indistintamente.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse respecto de la interpretación o aplicación de las bases serán resueltas por el Tribunal, que decidirá, asimismo, lo que debe hacerse en los casos no previstos. El Tribunal tendrá competencias y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallen previstas en estas bases. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo en caso de empate el voto del que actúe como Presidente.

Son formas de calificación, entre todas, las expresadas por unanimidad o por mayoría de los miembros del Tribunal, así como las alcanzadas por media aritmética de las calificaciones que cada uno de ellos conceda, ya sean manifestadas a la voz o por escrito.

Sexta. Inicio de la convocatoria y celebración de las pruebas.

6.1. Fecha: La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se determinarán en la Resolución de la AlcaldíaPresidencia a que se alude en la base cuarta.

6.2. Normas varias.

- El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del Documento Nacional de Identidad. En cualquier caso, durante la realización de los ejercicios el aspirante deberá disponer visible, en todo momento, el DNI o en su defecto el pasaporte.

- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente acreditados y libremente apreciados por el Tribunal.

- El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas vendrá determinado por el sorteo que, a tal efecto, celebra el Ministerio de Administraciones Públicas cada año, usándose a tal efecto el que se halle vigente al tiempo de celebración de las pruebas.

- Una vez comenzadas las pruebas, la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las respectivas pruebas deberá hacerse pública por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores.

- Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

- En las pruebas desarrolladas por escrito en la fase de la oposición, si alguno de los aspirantes no compareciera a la lectura en el día, lugar y a la hora que le corresponda ni justificara suficientemente, al juicio del Tribunal, su ausencia, se le tendrá por retirado, esto es, desistido y renunciado a continuar en el proceso selectivo.

6.3. Exclusión de los aspirantes en la fase de selección: Si el Tribunal tuviese conocimiento, en cualquier momento del proceso selectivo, de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos, deberá proponer, previa audiencia del interesado, su exclusión a la Autoridad convocante, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante a los efectos procedentes.

Séptima. Proceso selectivo.

La selección se efectuará por el procedimiento de

concurso-oposición libre. Por tanto el proceso selectivo constará de dos fases.

7.1. Fase de concurso: La fase del concurso se realizará en primer lugar, previa a la fase de oposición, y no tendrá carácter eliminatorio. En ningún caso, la valoración de los méritos puede ser superior al 45% de la máxima prevista en la fase de oposición. La valoración de los méritos no servirá para superar la fase de oposición, resultando nula cualquier aplicación de los puntos de la fase de concurso para superación de cualquiera de los ejercicios de la oposición.

Las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso se otorgarán y harán públicas antes de la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

En esta fase de concurso el Tribunal valorará, de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases, los méritos alegados y documentalmente justificados por los aspirantes participantes en la misma, de acuerdo con el siguiente baremo:

A) Experiencia profesional por servicios prestados. Hasta un máximo de tres (3) puntos.

- Experiencia profesional demostrable, mediante relación funcionarial o laboral, en cualquier Administración Local en puesto o plaza como Arquitecto Superior: 0,05 puntos por cada mes hasta un máximo de 3 puntos.

- Experiencia profesional demostrable, mediante relación funcionarial o laboral, en una Administración distinta de la Local en puesto o plaza como Arquitecto Superior: 0,05 puntos por cada mes hasta un máximo de 1,80 puntos. Los méritos correspondientes a este apartado no son acumulables a los del apartado anterior.

- Experiencia profesional demostrable, mediante relación funcionarial o laboral en cualquier Administración en plaza o puesto diferente de Arquitecto Superior, 0,01 punto por cada mes hasta un máximo de 0,50 puntos.

Cuando fuese necesario el cómputo por días, los meses se entenderán de 30 días.

Los períodos inferiores al mes o de horario inferior al ordinario se valorarán proporcionalmente al trabajo efectivo realizado sobre la jornada ordinaria en la Administración Pública.

En todo caso, la puntuación máxima total a alcanzar por servicios prestados no podrá ser superior a tres puntos.

Los méritos correspondientes a la experiencia profesional por servicios prestados habrán de ser acreditados y justificados mediante certificado oficial expedido por la Administración correspondiente.

B) Formación.

Los cursos, congresos, jornadas, seminarios, simposios y similares, destinados a la formación y perfeccionamiento, se valorarán siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta, debiendo ser impartidos por centros oficiales u homologados por la autoridad educativa correspondiente exclusivamente salvo que tal misión corresponda a una autoridad diferente, haber sido realizados en el ámbito de los planes de formación entre Sindicatos y Administraciones Públicas o convocados por una Administración Pública.

La puntuación total máxima no podrá superar un (1) punto, valorándose los referidos cursos de acuerdo con la siguiente escala:

- Hasta 14 horas: 0,025 puntos.

- De 15 a 40 horas: 0,05 puntos.

- De 41 a 70 horas: 0,10 puntos.

- De 71 a 100 horas: 0,15 puntos.

- De 101 a 200 horas: 0,20 puntos.

- De 201 horas en adelante: 0,25 puntos.

Los cursos en los que no aparezcan el número de horas lectivas se valorarán con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

Los méritos correspondientes a este apartado de formación habrán de ser acreditados mediante la presentación del original o copia compulsada del diploma o certificación de asistencia expedido por el centro u organismo oficial.

Sólo se podrán valorar los méritos que se aleguen junto a la solicitud para participar en esta convocatoria, sin que puedan presentarse méritos distintos a éstos en el plazo de subsanación de errores. Los créditos de doctorado no se valorarán.

C) Títulos, hasta un máximo de 0,50 puntos.

- El título de Doctor sobre materia conexa con la plaza, los máster universitarios, así como cualquier otro título propio universitario que no sea el propio de Arquitecto Superior y que se encuentren relacionados con la plaza, tendrán un valor de 0,50 puntos. Aunque sólo será valorable una titulación por este apartado.

7.2. Fase de oposición: La fase de oposición constará de tres ejercicios, todos de carácter obligatorio para todos los aspirantes y de carácter eliminatorio, de tal forma que quien no obtenga la calificación mínima de 5 puntos sobre 10, quedará automáticamente eliminado sin opción a continuar en este proceso selectivo ni para la realización del siguiente ejercicio.

1. Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio y consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, un tema de carácter general elegido por el aspirante entre dos propuestos por el Tribunal, debiendo estar relacionado con el Programa que figura en el Anexo I de las presentes bases, sin que necesariamente tenga que ajustarse o atenerse a ningún epígrafe de los temas que figuran en el mencionado Anexo. Los aspirantes tendrán amplia libertad en cuanto a la forma de exposición se refiere.

La lectura del ejercicio por los aspirantes será obligatoria y pública, y tendrá lugar en el día/s, hora/s y lugar que oportunamente señale el Tribunal.

En este ejercicio se valorarán, fundamentalmente, la capacidad y formación general, la claridad y orden de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita.

2. Segundo ejercicio: De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio, con una duración máxima de cuatro horas, consistente en desarrollar por escrito tres temas entre los comprendidos en el Programa que figura en el Anexo I de las presentes bases. Uno perteneciente al Grupo I de Materias Generales, elegido por el opositor de entre dos propuestos por el Tribunal. Otros dos elegidos por el opositor de entre tres propuestos por el Tribunal del Grupo II, Materias Específicas.

La lectura del ejercicio por los aspirantes será obligatoria y pública, y tendrá lugar en el día/s, hora/s y lugar que oportunamente señale el Tribunal.

En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de la exposición y la capacidad de síntesis por el aspirante.

3. Tercer ejercicio: De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio, consistirá en la resolución por escrito de uno o varios supuestos prácticos que el Tribunal determine, durante un tiempo máximo de cuatro horas, en relación con las tareas propias de la plaza a que se aspira y que estará relacionado con las materias de la totalidad del Programa que figura en el Anexo I de las presentes bases.

A los efectos de la realización de este ejercicio, podrá hacerse uso de textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta con los que acuda provisto en soporte papel, quedando excluidos aquellos textos con repertorios de supuestos prácticos.

La lectura del ejercicio por los aspirantes será obligatoria y pública, y tendrá lugar en el día/s, hora/s y lugar que oportunamente señale el Tribunal.

En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.

7.3. Calificación final de la oposición. La calificación final de la oposición vendrá determinada por media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los tres ejercicios. Esto es, la suma de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios, siempre y cuando en cada uno de ellos se hubiera obtenido un mínimo de cinco puntos y dividida entre tres.

Octava. Calificación definitiva y propuesta de selección.

8.1. La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición, resultando así la calificación final y el orden de puntuación definitivo.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

- Mayor puntuación en el tercer ejercicio.

- Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

- Mayor puntuación en el primer ejercicio.

- Mayor puntuación en la fase de concurso.

8.2. Finalizado el proceso el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera la calificación definitiva por orden de puntuación, en la que constarán los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios y en la fase de concurso.

Simultáneamente dicha relación se elevará al AlcaldePresidente juntamente con la propuesta de candidato a favor del que haya obtenido la mejor puntuación, para la formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plaza convocada.

8.3. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de la plaza convocada.

Novena. Presentación de documentos.

9.1. El aspirante propuesto por el Tribunal presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, dentro del plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente en que se haga pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la propuesta del Tribunal, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria, conforme a lo establecido en la base segunda:

a) Documento Nacional de Identidad o documentación nacional equivalente en el supuesto de extranjeros.

b) El título exigido en la convocatoria o el resguardo de haberlo pagado con fecha anterior a la de finalización del plazo de presentación de instancias.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) Declaración jurada de cumplir con los requisitos señalados en la base segunda, apartados e) y f).

9.2. Si el aspirante propuesto, dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentara la documentación correcta o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido por falsedad en la instancia.

En este caso, queda facultado el Tribunal Calificador para proponer para su contratación a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de 20 días naturales presente la documentación pertinente a efectos de ser nombrado, y así sucesivamente. De la misma forma se actuará en caso de renuncia del aspirante propuesto.

Décima. Contratación.

Concluido el proceso selectivo, el aspirante propuesto por el Tribunal que haya acreditado el cumplimiento de los requisitos precisos para participar en el proceso selectivo, será nombrado por el Alcalde-Presidente, procediéndose a la formalización del contrato laboral indefinido en el plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación del nombramiento y pasando a formar parte de la plantilla del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera como personal laboral fijo y en cuanto Arquitecto Municipal, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

El nombramiento deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

Undécima. Régimen jurídico aplicable y recursos.

11.1. Las pruebas selectivas que se convocan se regirán por las presentes bases y por la siguiente normativa:

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local.

- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de la Administración Local.

- Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al

Servicio de la Administración General del Estado, y cualquier otra disposición aplicable.

11.2. El desempeño del puesto queda afectado por lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

11.3. Las bases vinculan al Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, al Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en este proceso de selección.

11.4. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en su caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO I

GRUPO I. MATERIAS GENERALES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Principios Generales. El Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y libertades. Garantías y restricciones. El Defensor del Pueblo. El procedimiento de reforma constitucional.

Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. El Congreso de los Diputados y el Senado: Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas.

Tema 3. La organización territorial del Estado en la Constitución Española. Principios informantes del Estado Autonómico. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. Los Estatutos de Autonomía. Las potestades legislativas de la Comunidad Autónoma. La organización de las Comunidades Autónomas.

Tema 4. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y disposiciones generales. La organización institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Parlamento. El Presidente de la Junta. El Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Principios informadores y organización.

Tema 5. Régimen Local Español. Principios Constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

Tema 6. El municipio: Organización y competencias. Funcionamiento de los órganos locales. Actas y certificaciones de los acuerdos. El término municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 7. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 8. El Derecho Administrativo y sus fuentes. Jerarquía normativa. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del

Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamento y límites. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.

Tema 9. La relación jurídica administrativa. Las personas jurídicas públicas. Clases. Capacidad de las personas públicas. El administrado: Concepto y clases. Capacidad del administrado y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado. En especial, los derechos subjetivos y los intereses.

Tema 10. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. La forma de los actos. Eficacia de los actos administrativos. La notificación y la publicación. La obligación de resolver y el silencio administrativo. La invalidez y la revisión de oficio de los actos administrativos.

Tema 11. El procedimiento administrativo. El procedimiento administrativo común en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los principios generales. Abstención y recusación. Los interesados. Derechos de los ciudadanos en el procedimiento. Las fases del procedimiento. Los procedimientos especiales.

Tema 12. Los recursos administrativos. Régimen jurídico de los distintos recursos administrativos. La Jurisdicción

Contencioso-Administrativa: Concepto y naturaleza. El recurso contencioso: Las partes, procedimientos, recursos contra sentencias y ejecución de sentencias.

Tema 13. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Régimen jurídico actual. La responsabilidad de las autoridades y del personal. Responsabilidad de la Administración por actos de los concesionarios y contratistas.

Tema 14. La legislación reguladora de los contratos de las Administraciones Públicas. La figura del contrato administrativo. Contratos administrativos y contratos privados de la Administración en el ordenamiento vigente. Requisitos de los contratos. Organos de Contratación.

Tema 15. Formas de acción administrativa. Fomento, policía y servicio público. El servicio público. Teoría general. Formas de gestión. Especial referencia a la concesión administrativa.

Tema 16. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen estatutario y laboral. La normativa básica estatal. Personal al servicio de la entidad local: Funcionarios, personal eventual y personal laboral. Derechos, deberes e incompatibilidades.

Tema 17. Propiedades administrativas: Clases. Los bienes de las Entidades Locales. El régimen jurídico de los bienes de dominio público. Uso y utilización de los bienes de dominio público. El patrimonio privado de las Entidades Públicas.

Tema 18. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Los impuestos, tasas y precios públicos. Ordenanzas fiscales.

GRUPO II. MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. Evolución histórica de la legislación urbanística española: Desde la Ley del Suelo y Ordenación Urbana, de 12 de mayo de 1956, hasta el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana de 1992. El marco constitucional del urbanismo. Competencias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

Tema 2. La regulación de la actividad urbanística y el régimen de utilización del suelo en la legislación. La legislación estatal en materia de urbanismo y suelo y su incidencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Disposiciones generales.

Tema 3. El planeamiento como instrumento de la política urbanística y como concepto central del derecho urbanístico. Instrumentos de Planeamiento y restantes instrumentos de ordenación urbanística.

Tema 4. Planeamiento General (I). Planes Generales de Ordenación Urbanística: Concepto y objeto.

Tema 5. Planeamiento General (II). Planes Generales de Ordenación Urbanística: Determinaciones.

Tema 6. Planes de Ordenación Intermunicipal y Planes de Sectorización.

Tema 7. El planeamiento urbanístico y la protección ambiental. La Evaluación de Impacto Ambiental en los planes urbanísticos. Procedimiento. Contenido del Estudio de Impacto Ambiental.

Tema 8. Planeamiento de desarrollo: Planes Parciales, Planes Especiales y Estudios de Detalle.

Tema 9. Catálogos. Otros instrumentos de ordenación: Normativas directoras para la Ordenación Urbanística y Ordenanzas Municipales de Edificación y de Urbanización.

Tema 10. Elaboración y aprobación de los instrumentos de planeamiento. Actos preparatorios. Formulación, Suspensión de aprobaciones y otorgamientos de autorizaciones y de licencias urbanísticas. Estudios previos y avances. Convenios urbanísticos de planeamiento.

Tema 11. Competencias administrativas para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento. Tramitación de los instrumentos de planeamiento.

Tema 12. Efectos de la aprobación de los instrumentos de planeamiento. Vigencia e innovación. Información pública y publicidad.

Tema 13. Las actuaciones de interés público en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable.

Tema 14. Régimen urbanístico del suelo: La clasificación del suelo.

Tema 15. Contenido urbanístico de la propiedad del suelo: Derechos y deberes.

Tema 16. El Régimen del Suelo Urbanizable y Urbano.

Tema 17. El Régimen del Suelo No Urbanizable.

Tema 18. Las Areas de Reparto y el aprovechamiento urbanístico.

Tema 19. La ejecución de los instrumentos de planeamiento. Desarrollo, dirección, inspección y control de la ejecución. Formas de gestión de la actividad de ejecución.

Tema 20. Convenios urbanísticos de gestión. Presupuestos. Proyectos de urbanización.

Tema 21. La reparcelación. Criterios y efectos. Reparcelación económica. Reparcelación voluntaria y forzosa.

Tema 22. Las parcelaciones.

Tema 23. La actuación por unidades de ejecución. Disposiciones generales.

Tema 24. La actuación por unidades de ejecución: El sistema de compensación.

Tema 25. La actuación por unidades de ejecución: El sistema de cooperación.

Tema 26. La actuación por unidades de ejecución: El sistema de expropiación.

Tema 27. La ejecución de las dotaciones. Formas de obtención de suelo y de ejecución. Obtención de terrenos destinados a dotaciones mediante ocupación directa.

Tema 28. Otras formas de ejecución. La ejecución mediante obras públicas ordinarias. La ejecución en áreas de gestión integrada. La ejecución de obras de edificación.

Tema 29. Las obras de urbanización. El deber de conservación de las obras de urbanización y su recepción.

Tema 30. El deber de conservación de obras de edificación y obras en bienes inmuebles en general. La ruina urbanística. Supuestos. Procedimiento para su declaración. Efectos. Ordenes de ejecución de obras de conservación y mejora.

Tema 31. La expropiación forzosa por razones de urbanismo. Supuestos. Procedimiento.

Tema 32. Las licencias urbanísticas: Concepto, características, actos sujetos a licencia, sujetos obligados a solicitarla. Competencia y procedimiento.

Tema 33. Las licencias de apertura: Concepto, naturaleza, procedimiento, relación entre la licencia de apertura y de obras.

Tema 34. La protección de la legalidad urbanística y el restablecimiento del orden jurídico perturbado.

Tema 35. Infracciones urbanísticas y sanciones: Concepto y consecuencias legales. Personas responsables. Competencia y procedimiento sancionador.

Tema 36. Infracciones urbanísticas y sanciones: Tipos básicos y tipos específicos de las infracciones urbanísticas y las sanciones.

Tema 37. Instrumentos de intervención en el mercado de suelo. Los patrimonios públicos de suelo.

Tema 38. De los delitos de la autoridad o funcionario público. De los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico y del medio ambiente.

Tema 39. Procedimientos de prevención ambiental en Andalucía. La Evaluación de Impacto Ambiental. El Informe Ambiental. La Calificación Ambiental. Concepto, competencia y procedimiento.

Tema 40. La protección del Patrimonio Histórico en Andalucía. Legislación. Su incidencia en el urbanismo.

Tema 41. Los contratos de las Administraciones Públicas en general (I): Disposiciones Generales. Requisitos para contratar con la Administración. Actuaciones administrativas relativas a la contratación hasta su formalización.

Tema 42. Los contratos de las Administraciones Públicas en general (II): Ejecución y modificación de los contratos. Revisión de los precios. Extinción del contrato. Cesión y subcontratación.

Tema 43. De los contratos de consultoría y asistencia y de los de servicios. Disposiciones generales. Preparación, publicidad y procedimientos de adjudicación. Ejecución y modificación. Cumplimiento y resolución. Especialidades del contrato de elaboración de proyectos.

Tema 44. Del contrato de obras. Disposiciones Generales. Preparación, publicidad y procedimientos de adjudicación. Del contrato de concesión de obra pública. La ejecución de las obras por la propia Administración.

Tema 45. Elaboración de proyectos técnicos para la Administración. Disposiciones reguladoras. Anteproyectos. Procedencia y contenido. Contenido de los proyectos de obras. Determinación de la clasificación exigible al contratista. Determinación de la fórmula de revisión de los precios. Supervisión y aprobación de los proyectos. Replanteo.

Tema 46. Ejecución de obras públicas (I). Disposiciones reguladoras. El libro de órdenes. La comprobación del replanteo. Mediciones, relaciones valoradas y certificaciones de obras. Abonos a cuenta. Recepción y recusación de materiales. Ensayos y análisis de materiales y unidades de obras. Obras defectuosas o mal ejecutadas. Suspensiones. Ampliaciones de plazo. Demora de la ejecución.

Tema 47. Ejecución de obras públicas (II). Modificaciones de proyectos: Requisitos y procedimientos. Recepción de obra. Recepciones parciales. Ocupación o puesta en servicio de las obras sin recepción. Edición general y certificación final. Plazo de garantía. Liquidación. Fuerza mayor. Daños a terceros. Las obras complementarias.

Tema 48. Seguridad y salud en las obras. Legislación. El coordinador de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto: Procedencia y funciones. El estudio de seguridad y salud: Procedencia y contenido. El estudio básico de seguridad y salud: Procedencia y contenido. El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. El Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra: Funciones. Obligaciones del contratista, subcontratistas y trabajadores autónomos en materia de seguridad y salud.

Tema 49. Los presupuestos locales. Concepto. Regulación actual. Naturaleza, contenido y procedimiento. Contabilidad. Control y fiscalización.

Tema 50. La ejecución del presupuesto de gastos. La autorización. La disposición. El reconocimiento de la obligación. La ordenación de pago. La realización del pago. La ejecución del presupuesto de ingresos.

Tema 51. Las modificaciones presupuestarias. Los gastos de carácter plurianual, los gastos con financiación afectada. Los proyectos de gasto.

Tema 52. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantía jurisdiccional.

Tema 53. La Ley de Ordenación de la Edificación. Ambito de aplicación. Exigencias técnicas y administrativas. Agentes.

Tema 54. La Ley de Ordenación de la Edificación: Responsabilidades y garantías.

Tema 55. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Definiciones. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. Principios de acción preventiva.

Tema 56. Marco general de la legislación medioambiental: Normativa comunitaria, estatal y autonómica.

Tema 57. Marco general de la legislación en materia de vivienda y rehabilitación. Legislación estatal y autonómica. Promoción pública y promoción privada. Viviendas de Protección Oficial.

Tema 58. Concepto y clases de vías públicas. Regulación jurídica. Régimen jurídico de las carreteras.

Tema 59. Normativa de la edificación. Normas básicas. NBE. Normas de obligado cumplimiento. Normas tecnológicas. NTE.

Tema 60. Condiciones de Protección contra incendios. NBE-CPI.

Tema 61. Accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas. Normativa. Criterios de diseño de espacios públicos. Criterios de diseño de edificios.

Tema 62. Espacio urbano: Viario, plazas, mobiliario urbano. Concepción arquitectónica. Programa, normativa y tipología. Integración, funcionalidad y problemática urbana.

Tema 63. Clases de terreno de cimentación. Consistencia de los suelos; límites Attergerg, índice de fluidez. El agua en el terreno: Nivel freático, permeabilidad. Resistencia y deformación: Asientos, coeficientes de seguridad.

Tema 64. Reconocimiento y ensayos del terreno. Ensayos in situ y en laboratorio. Informe geotécnico. Interpretación de resultados.

Tema 65. Estructuras de cimentación. Zapatas, vigas y losas de cimentación. Recomendaciones constructivas. Muros de contención.

Tema 66. Estructuras de hormigón armado para edificios. Planeamiento estructural del edificio. Hipótesis de carga. Luces, deformación, resistencia, tensión admisibles. Predimensionado de elementos. Elementos estructurales: Vigas triangulares, pórticos, cubiertas, pilares, vigas, detalles constructivos.

Tema 67. Estructuras de acero de edificación. Planeamiento estructural del edificio. Acciones características, condiciones de seguridad, deformación, resistencia, tensión admisibles. Predimensionado de elementos. Elementos estructurales: Vigas triangulares, pórticos, cubiertas, pilares, vigas, detalles constructivos.

Tema 68. El muro de ladrillo. Materiales. Concepción estructural del edificio. Resistencia, cargas, métodos de cálculo, arriostramientos. El proyecto de muro: Clases, encadenados, juntas, cargaderos, cimentación, detalles constructivos.

Tema 69. Cerramientos. Reparación o conservación de cerramientos. Diagnóstico. Metodología de rehabilitación.

Tema 70. Cubiertas. Condiciones de estanqueidad, térmicas y de humedad interior. Patología. Técnicas de impermeabilización. Rehabilitación de cubierta.

Tema 71. Acondicionamiento térmico y acústico en los edificios. Normativa. Materiales aislantes. Técnicas de aislamiento. Detalles constructivos.

Tema 72. Instalaciones en los edificios. Diseño integrado de las instalaciones. Abastecimiento y distribución de agua fría y caliente. Evacuación y saneamiento. Calefacción. Suministro de electricidad e instalaciones de protección y puesta a tierra. Telecomunicaciones. Normativa básica.

ANEXO II

INSTANCIA PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD MEDIANTE CONCURSOOPOSICION DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO MUNICIPAL COMO PERSONAL LABORAL FIJO DEL AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA

Datos personales

Nombre:

Primer apellido:

Segundo apellido:

DNI núm.:

Domicilio (C/Pza. y número, C.P., municipio y provincia):

Teléfono:

Fecha de nacimiento:

Municipio y provincia de nacimiento:

Nacionalidad:

E X P O N E

Que declarando conocer las bases que rigen la convocatoria para la provisión en propiedad mediante concursooposición de una plaza de Arquitecto Municipal del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, reúne todos y cada uno de los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria.

Que acompaña a la presente instancia fotocopia del DNI y justificante de haber satisfecho los derechos de examen, de conformidad con lo establecido en las bases.

Que sí/no (táchese lo que proceda) adjunta documentación acreditativa de los méritos de conformidad con la base séptima de la convocatoria.

S O L I C I T A

Ser admitido en las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara expresamente que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública, especialmente los señalados en la base segunda de la convocatoria, comprometién

dose a probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud y demás exigibles.

En ........................, a .... de ................. de 2006.

Fdo.: Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera.

Plaza de España, núm. 1.

11150, Vejer de la Frontera (Cádiz).

Lo que se hace público para general conocimiento en Vejer de la Frontera, 2 de agosto de 2006.- El Alcalde, Antonio Jesús Verdú Tello.ç

Descargar PDF