Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 08/09/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 28 de agosto de 2006, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la Bandera y el Logotipo del municipio de Lebrija (Sevilla). (Expediente núm./2006/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, El Excmo. Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su Bandera y Logotipo, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 26 de julio de 2006, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su Bandera y Logotipo, con la siguiente descripción:

-Paño de proporciones 2/3 (alto por largo), dividido en dos franjas horizontales iguales: celestre la superior y blanca la inferior. Al centro, el escudo municipal.

-Busto del ilustre humanista lebrijano Elio Antonio de Nebrija en color azul, acompañado como denominación sintética de "Ayuntamiento de Lebrija" a la izquierda según se mira de la letra "A" y a la derecha de la letra "L", ambas en color blanco, e inscritas en sendos cuadros azules. Debajo del conjunto anterior, expresado con una tipografía de trazo suelto, pero con un claro componente clásico, la inscripción "Ayuntamiento de Lebrija" en color rojo, bajo la cual, y en el mismo color pero con una tipografía moderna, el eslogan "tradición y futuro".

De acuerdo con lo establecido en el artículo de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 28 de julio de 2006, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de su Bandera y Logotipo en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo.11 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción de la Bandera y el Logotipo del municipio de Lebrija (Sevilla), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de agosto de 2006.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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