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Detectado error material en la descripción de la vía pecuaria objeto de la Resolución referida, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme al artículo primero, punto, de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes referida, pasamos a la siguiente corrección:
En el Anexo a la Resolución, donde dice:
RELACION DE COORDENADAS U.T.M. DE LA VIA PECUARIA
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 29 de agosto de 2006.
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