Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 12/09/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 15 de junio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, del procedimiento verbal núm. 731/2005. (PD. 3746/2006).

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NIG: 2906742C20050015661.

Procedimiento: Verbal-Desh.F.Pago (N) 731/2005. Negociado: E.

De: Doña Ana Ruiz Ruiz.

Procurador: Sr. Francisco José Martínez del Campo.

Contra: Doña Alicia Benefrida Fleitas Montiel y María Estela González Cupulo.

Procuradora: Sra. María Asunción Bermúdez Castro.

Letrado: Sr. José Antonio Pérez de Miguel.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh.F.Pago (N) 731/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga a instancia de doña Ana Ruiz Ruiz contra doña Alicia Benefrida Fleitas Montiel y doña María Estela González Cupulo, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 239

Juez que la dicta: Don Alejandro Martín Delgado.

Lugar: Málaga.

Fecha: Veintitrés de noviembre de dos mil cinco.

Parte demandante: Doña Ana Ruiz Ruiz.

Abogado:

Procurador: Don Francisco José Martínez del Campo.

Parte demandada: Doña Alicia Benefrida Fleitas Montiel y doña María Estela González Cupulo.

Objeto del juicio: Resolución de contrato de arrendamiento y reclamación de cantidad.

F A L L O

Que, estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Martínez del Campo, en nombre y representación de doña Ana Ruiz Ruiz, contra doña Alicia Benefrida Fleitas Montiel y doña María Estela González Cupulo, en situación de rebeldía:

1.º Debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que liga al demandante con el demandado con relación a la vivienda sita en Barberito de la Avda. La Paloma, núm. 2, planta 3.ª, puerta 2, de Málaga, condenando a las demandadas a que en el término legal desalojen y dejen a la libre disposición de la parte actora el mencionado inmueble, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso; estando fijada la fecha del lanzamiento para las 9,30 horas del día 8 de marzo de 2006.

2.º Debo condenar y condeno a las expresadas demandadas a que abonen a la actora la suma de seis mil seiscientos quince euros con sesenta y nueve céntimos (6.615,69), importe de las mensualidades de renta y facturas de electricidad vencidas e impagadas a la presente fecha, asi como la cantidad que se acredite en período de ejecución de sentencia como importe de las mensualidades que vayan sucesivamente venciendo hasta la entrega efectiva de la posesión de la finca arrendada por parte del arrendatario a la arrendadora, a razón de 460 euros por mes, con vencimiento el día 7 de cada

mes. Más los intereses de las referidas cantidades, calculados al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos, computados desde la fecha de la presente Resolución en cuanto a la cantidad líquida objeto de condena, y desde la fecha de sus respectivos vencimientos en cuanto a las demás. Todo ello con expresa condena de las demandadas al pago de las costas procesales causadas.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo de la LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo.2 de la LEC).

Hágase saber a la parte condenada que de interponer recurso de apelación, éste no será admitido a trámite si no acredita, al tiempo de interponerlo, haber consignado el importe del principal y los intereses devengados hasta la fecha.

Notifíquese la presente Resolución a las partes de este procedimiento.

Asi por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Alicia Benefrida Fleitas Montiel, extiendo y firmo la presente en Málaga, 15 de junio de 2006.- El Secretario.

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