Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 178 de 13/09/2006

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de 21 de agosto de 2006, de la Delegación Provincial de Almería, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 29 de junio de 2006, recaída en el expediente PTO/06 sobre modificación puntual de las NN.SS. núm. 9/04, SAU CH-8, del municipio de Níjar (Almería).

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Para general conocimiento se hace pública la Resolución que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en su sesión ordinaria de fecha 29 de junio de 2006, adoptó en relación al expediente PTO 24/06 sobre modificación puntual de las NN.SS. núm. 9/04, SAU CH-8, de las Normas Subsidiarias de planeamiento del término municipal de Níjar (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento, a instancia de Lacasa y Ortiz, S.L.

Conforme establece el art. 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 18.8.2006, y con el número de registro 1364, se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería de fecha 29 de junio de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las NN.SS. núm. 9/04, SAU CH-8, del municipio de Níjar (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento (Anexo I).- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

R E S O L U C I O N

Reunida la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en sesión celebrada el día 29 de junio de 2006, ha examinado el expediente núm. PTO-24/06 sobre Modificación Puntual de las NN.SS. 9/04, SAU CH-8 Campohermoso del municipio de Níjar (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento, a instancia de Lacasa y Ortiz, S.L., y resultando del mismo los siguientes

H E C H O S

Objeto y descripción.

El objeto del expediente que se analiza es modificar la delimitación de un sector de suelo urbanizable ordenado (el sector cuenta con PP aprobado definitivamente), aumentando su superficie en 2.306,95 m (incremento del 3,30%):

- Se reclasifica como urbanizable una superficie de 4.301 m de suelo no urbanizable cultivo intensivo (SNU CI-3.3).

- Se reclasifica como suelo no urbanizable cultivo intensivo (SNU CI-3.3) una superficie de 1.994,05 m.

- Se mantiene el número máximo de viviendas en 251, por lo que se reduce la densidad de viviendas, pasando 35,75 viv./ha a 35,26 viv./ha, y también se mantiene la edificabilidad del ámbito (0,46 m/m). Con respecto al aumento de edificabilidad de la ficha modificada se reserva el 30% para vivienda protegida, por tanto, una edificabilidad de 133,80 mt. FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Competencia y procedimiento.

I. El artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, cohonestado con el artículo 10 del mismo cuerpo legal, establece que corresponde a la Consejería de Obras Públicas y Transportes: "La aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, los Planes de Ordenación Intermunicipal y los Planes de Sectorización, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural"; previsión legal desarrollada por el art. 13.2.a del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a cuyo tenor: "Corresponde a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo: aprobar los Planes Generales de Ordenación Urbanística y sus revisiones, así como las modificaciones cuando afecten a ordenación estructural y las adaptaciones que conlleven modificaciones del referido alcance".

II. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, regula en sus artículos 31, 32 y 33 las competencias y procedimiento para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento.

II. Valoración.En el expediente se justifica el reajuste de la delimitación del sector para facilitar su gestión y mejorar la ordenación. La modificación es de escasa entidad, ajustándose al régimen actual establecido por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

En su virtud, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo acuerda: la Aprobación Definitiva de la Modificación Puntual de las NN.SS. 9/04, SAU CH-8 Campohermoso, del municipio de Níjar (Almería).

En virtud de lo preceptuado en el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la publicación en BOJA de los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que correspondan a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo requiere el previo depósito en el registro del Ayuntamiento, así como en el de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución, tal y como prevé el artículo 22.4 del Decreto 193/2003, de 1 de julio, en relación con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Almería, 29 de junio de 2006. Vº Bº, el Vicepresidente, Luis Caparrós Mirón, el Secretario de la Comisión, Mariano Díaz Quero.

ANEXO II

MODIFICACION PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL NUM. 9/2004, SAU CH-8, DEL MUNICIPIO DE NIJAR (ALMERIA)

I N D I C E

1. Introducción.

2. Promotor.

3. Objeto de la Modificación Puntual.

4. Carácter de la Modificación Puntual.

5. Conveniencia y oportunidad.

6. Justificación.

7. Conclusiones.

Anexo I: Fichas reguladoras.

Anexo II: Declaración de Impacto Ambiental.

ANEXO I

FICHAS REGULADORAS

FICHA VIGENTE

SECTOR DE SUELO APTO PARA URBANIZAR

CAMPOHERMOSO

Denominación: SAU CH-8

Ubicación: Planos 6 y 7 de 7

Clasificación del suelo: Apto para urbanizar

Planeamiento:

- Iniciativa del Planeamiento: Privada

- Sistema de actuación: Compensación

- Figura de desarrollo: Plan Parcial

Proyecto de Urbanización

Condiciones generales:

- Uso característico: Residencial

- Parcela mínima: 250 m

- Número máximo de viviendas: 251

Aprovechamientos:

- Superficie bruta: 7,02 ha

- Aprovechamiento tipo (Area de

reparto de Campohermoso) 0,4600 m/m

- Edificabilidad máxima 35.360 m

Condiciones particulares:

- Ordenanza de aplicación 4-2º (I)

- Cesiones Conforme al Reglamento

de Planeamiento (art. 10)

FICHA PROPUESTA

SECTOR DE SUELO APTO PARA URBANIZAR

CAMPOHERMOSO

Denominación: SAU CH-8

Ubicación: Planos 6 y 7 de 7

Clasificación del suelo: Apto para urbanizar

Planeamiento:

- Iniciativa del Planeamiento: Privada

- Sistema de actuación: Compensación

- Figura de desarrollo: Plan Parcial

Proyecto de Urbanización

Condiciones generales:

- Uso característico: Residencial

- Parcela mínima: 250 m

- Número máximo de viviendas: 251

Aprovechamientos:

- Superficie bruta: 7,1169 ha

- Aprovechamiento tipo (Area de

reparto de Campohermoso) 0,4600 m/m

- Edificabilidad máxima 32.738 m

Condiciones particulares:

Las señaladas en la declaración de impacto ambiental.

- Ordenanza de aplicación Según Plan Parcial

- Cesiones Conforme a lo establecido

en el art. 17, LOUA

VPO: 133,80 m de techo.

Almería, 21 de agosto de 2006.- El Delegado, Luis Caparrós Mirón.

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