Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 20/09/2006

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de 31 de julio de 2006, de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se hace pública la Resolución de 31 de julio de 2006, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente a la aprobación definitiva del documento correspondiente al Plan Especial de traslado y mejora a sistema continuo de dos fases de Almazara en Molino de Aceite a finca "La Ventilla", carretera CA-4415, km,4 (Espera).

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La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Punto núm. 15. Visto el expediente administrativo y documentación técnica correspondiente al Plan Especial de traslado y mejora a sistema continuo de dos fases de Almazara en Molino de Aceite a finca "La Ventilla", carretera CA-4415, km,4 (Espera), tramitado por el Ayuntamiento de Espera y aprobado provisionalmente en sesión plenaria de 21 de diciembre de 2005, visto el informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes con fecha 17 de julio de 2006, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA núm. 154, de 31 de diciembre), en relación con el art. 13.2.b) del Decreto/2003, de 1 de julio (BOJA núm. 133, de 14 de julio), la Comisión, por unanimidad,

A C U E R D A

Primero. Aprobar definitivamente el expediente correspondiente al Plan Especial de traslado y mejora a sistema continuo de dos fases de Almazara en Molino de Aceite a finca "La Ventilla", carretera CA-4415, km,4 (Espera), en el sentido del informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de esta Delegación Provincial de fecha 17 de julio de 2006; todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. No obstante, y previo al diligenciado del documento por el Secretario de esta Comisión, el Ayuntamiento de Espera deberá recoger en el documento las condiciones estéticas y tipológicas de las edificaciones, las cubiertas deberán ser inclinadas de tejas de cerámica, tal y como refleja el art. 5.31.7 del Plan General de Ordenación Urbanística de Espera.

Tercero. La presente autorización no excluye a las demás que por norma legal o reglamentaria se establezcan y la necesidad de que para el comienzo de las obras hayan sido concedidas, y asimismo, que en cuanto a garantías y prestación compensatoria se estará a lo dispuesto en los apartados 4.º y 5.º del artículo 52 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Poner de manifiesto al Ayuntamiento, caso de que a la actuación que ahora se autoriza le fuese de aplicación lo preceptuado en el artículo 67 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y artículo 81 del R.D. 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad, la cualidad de indivisible e inedificable de la finca.

Cuarto. El presente Acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Espera y a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con el contenido del articulado del instrumento de planeamiento aprobado, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cádiz, 31 de julio de 2006.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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