Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 22/09/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ANUNCIO de 7 de septiembre de 2006, de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se publica Resolución por la cual se acuerda el acogimiento familiar en familia extensa, en el expediente de protección núm. 352/2005/41/0738, dictada por la Comisión Provincial de Medidas de Protección de Sevilla, de la Consejería, con fecha 7 de septiembre de 2006.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Nombre: Doña Virginia Ruiz Caro.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que no ha sido posible la notificación personal por tanto, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados. Para conocimiento del contenido íntegro del acuerdo dictado podrán los interesados comparecer en la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm., 1.ª planta.

La Delegada Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en el art. 32 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa (BOJA núm., de 16 de febrero de 2002), ha resuelto dictar Resolución donde se acuerda el acogimiento familiar en familia extensa, en el expediente de protección de menores núm./2005/41/0738, con respecto al/la menor L.H.R., lo que se le notifica a los efectos legales oportunos, haciéndole saber que contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital y por los trámites establecidos en los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley procesal.

Sevilla, 7 de septiembre de 2006.- La Delegada, María José Castro Nieto.

Descargar PDF