Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 25/09/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

RESOLUCION de 24 de agosto de 2006, de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica un extracto del contenido del acto de requerimiento de subsanación de solicitudes, previsto en el procedimiento de concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de riesgos laborales, convocadas por la Orden que se cita.

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Por Orden de la Consejería de Empleo de 20 de marzo de 2006, se convoca la concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de riesgos laborales para el año 2006 (BOJA núm. 70, de 12 de abril de 2006).

En cumplimiento de lo previsto en la Orden anteriormente citada y en el artículo 8.3 de la Orden de 19 de julio de 2005 (BOJA número. 159, de 17 de agosto de 2005), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de riesgos laborales, en relación con lo dispuesto en los artículos 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 9.2.e) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico,

R E S U E L V O

Anunciar la publicación en los tablones de anuncios de la Consejería de Empleo, sita en Avenida de Hytasa, 14, de Sevilla, y de sus respectivas Delegaciones Provinciales, del contenido íntegro del acto de requerimiento de subsanación de las solicitudes incompletas presentadas al amparo de la citada Orden de convocatoria del año 2006.

De conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la subsanación de la falta y/o los documentos a aportar deberá realizarse en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la citada Ley 30/1992, y en el artículo 13 de la Orden de 19 de julio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de riesgos laborales y se convocan las correspondientes al año 2005.

Sevilla, 24 de agosto de 2006.- La Directora General, Esther Azorit Jiménez.

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