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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto 42/2002, de 12 de febrero, de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa, y el Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de constitución provisional de acogimiento familiar, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero de la madre doña María Dolores Fábregas Rodríguez, se publica este anuncio, por el que se notifica, Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección adoptada en los expedientes núms. 352-1999-21-19 y 20, relativo a las menores: C.G.F., y S.G.F., por el que se acuerda:
1. Mantener lo acordado, respecto a la declaración de la situación legal de desamparo de las menores: C.G.F., y S.G.F.
2. Cesar el actual acogimiento residencial y constituir el acogimiento familiar provisional y con carácter permanente de las menores: C.G.F., y S.G.F., con la familia ajena seleccionada a tales efectos.
3. Formular propuesta de constitución de acogimiento familiar permanente ante el órgano jurisdiccional competente.
Contra la presente resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, por los trámites que establecen los arts. 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley Procesal.
Huelva, 30 de agosto de 2006.- El Presidente de la Comisión Provincial de Medida de Protección de Menores, P.A. (Decreto 21/85, de 5.2), la Secretaria General, Carmen Lloret Miserachs.
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