Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 25/09/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 12 de julio de 2006, del Ayuntamiento de Montoro, de aprobación de inicio de expediente de expropiación forzosa. (PP. 3142/2006).

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ALCALDIA DE MONTORO

Por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Montoro en sesión extraordinaria celebrada el día seis de julio de dos mil seis, se aprobó el siguiente acuerdo:

"Iniciado expediente de expropiación forzosa con fines culturales, para la ocupación de los bienes y derechos por causa de interés social y para posibilitar la contemplación del mismo, facilitar su conservación y eliminar las circunstancias que atentan contra los valores y seguridad del bien protegido denominado Torre Villaverde de Montoro al amparo de lo previsto en el art. 20 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía y art. 33 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, y aprobada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en sesión extraordinaria de fecha 6 de julio de 2006 la relación concreta e individualizada de los bienes a expropiar y sus titulares conocidos según se expresa a continuación:

- Doña Carmen Porras Aguayo. DNI y domicilio: Desconocido.

- Don Juan de Dios Galán Porras. DNI y domicilio: Desconocido.

- Doña Rafaela Porras Aguayo. DNI y domicilio: Desconocido.

- Don Enrique Porras Pacheco. DNI y domicilio: Desconocido y sus hijos, que salvo error u omisión son conocidos:

Doña María de la Soledad Porras Castro, con DNI núm. 27.784.437-T, vecina de Valladolid, con domicilio en la calle De la Merced, núm.-6-B.

Doña María del Rosario Porras Castro, con DNI núm. 27.824.746-J, vecina de Sevilla, con domicilio en Avenida de Reina Mercedes, núm.-7-A.

Doña María Dolores Porras Castro, con DNI núm. 28.330.997-B, vecina de Sevilla, con domicilio en Salto de Alvarado, núm. 53.

Doña Carolina Porras Castro, con DNI núm. 28.339.984-M, vecina de Sevilla, con domicilio en calle Luchena, núm. 14.

Doña María Antonia Porras Castro, con DNI núm. 28.415.437-H, vecina de Sevilla, con domicilio en Alvar Núñez de Cabeza de Vaca, núm. 17.

Don Enrique Porras Castro, con DNI núm. 28.400.744-E, vecino de Sevilla, con domicilio, en Angel Ripoll Pastor, núm. 6-4-B.

Doña Rafaela María Porras Castro. con DNI núm. 28.453.225-V, vecina de Sevilla, con domicilio en calle Caleria, núm. 1-1-A.

Doña María de los Reyes Porras Castro, con DNI núm. 28.457.460-C, vecina de Sevilla, con domicilio en calle Rodrigo Escobedo, 42.

Doña María José Porras Castro, con DNI núm. 28.680.607-K, vecina de Sevilla, con domicilio en Plaza de Europa, núm. 9-3-B.

Las fincas objeto de este expediente son:

1. Parcela de tierra segregada del Cortijo denominado del Castillo o de la Torre de Fernán Martínez, término de Montoro. Tiene su entrada por un carril de cuatro metros de anchura que parte del Veredón de la entrada al cortijo, cuya parcela tiene una cabida de diez áreas y cuarenta centiáreas, dentro de la cual existe una torre árabe con una superficie edificada de cincuenta y nueve metros cuadrados que contiene primer piso, segundo con puerta de hierro pequeña al exterior y cocina, tercer piso con un departamento, cuarto y escaleras para ascender a las alturas, existiendo un pequeño pozo. Toda la torre es piedra molar con algunos ladrillos, teniendo todos sus pisos ventanas troneras al exterior; existe además un sótano debajo del primer piso. Linda por todos sus vientos con la finca de que se segrega.

La citada finca se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Montoro con el núm. 16986, folio núm.. tomo 683 e inscripción 1.ª

2. Parcela de tierra segregada del Cortijo denominado del Castillo o de la Torre de Fernán Martínez, término de Montoro, que está constituida por las eras del cortijo y los edificios del mismo. Existen en esta parcela dos grupos de edificaciones uno en el sector Norte construido: a) El Tinahón con dos naves y veintinueve pesebres en cada una con cuatro puertas, todo sobre doscientos treinta y ocho metros cuadrados y un descansadero; b) Las zahúrdas y criaderos con dos corrales y puerta de entrada con superficie de ciento sesenta y ocho metros cuadrados con treinta ahijaderas cada corral tiene una superficie de noventa y siete metros cuadrados; c) La capilla u oratorio con una superficie de setenta y cuatro metros cuadrados con departamentos propios a su fin; con campanario sobre la fachada del frente; d) pajar junto a la capilla con una superficie de setenta y un metro cuadrados. Y el edificio del sector Sur compuesto de casa de labor con superficie de seiscientos cinco metros cuadrados, constando de gallineros, cuarto del aparador, despensilla y cocina en comunicación ésta con el patio; el que tiene a su derecha, cuadrado con doce dobles pesebres, al frente otras dos con doce pesebres y departamentos para mulero y a la izquierda otro departamento y un horno, terminando con el alfolí, con puerta al exterior del edificio total. Tiene en total una cabida superficial de cuarenta y dos áreas y linda por Norte con la parcela que ha de adjudicarse a don Enrique Porras Pacheco y sus hijos, al Sur con la parcela que se adjudicará a doña Rafaela Porras Aguayo, y el Este con parcela antes dicha que pertenecerá a don Enrique Porras Pacheco, con el veredón de entrada al cortijo y con la parcela que se adjudicará a doña Rafaela Porras Aguayo.

Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Montoro con el núm. 16988 se encuentra inscrita en el tomo, libro 403, folio 57.

En el Catastro de Bienes inmuebles de naturaleza rústica no aparecen como parcelas independientes sino dentro de la parcela 54 del Polígono cuatro en el paraje denominado "Cornejo".

Por medio del presente se hace pública la relación de propietarios y bienes afectados para que dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente a la inserción de este anuncio la última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, BOJA y Diario Córdoba puedan los interesados formular alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de sus bienes y su estado material y legal, aportando cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen cometidos en la relación que se hace pública.

A los solos efectos de la subsanación de errores en la descripción material y legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer para alegar y ofrecer antecedentes o referencias sirvan de fundamento para alegar y ofrecer cuantos antecedentes o referencias sirvan de fundamento para las rectificaciones que procedan. (Rfa.107/06)."

Montoro, 12 de julio de 2006.- El Alcalde, Antonio Sánchez Villaverde.

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