Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 27/09/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 4 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como actividad de interés etnológico, de la carpintería de Ribera de las playas de Pedregalejo en Málaga.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, los de "afianzar la conciencia

de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y ling³ísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad", atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.

El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Por Resolución de 1 de junio de 1999 (BOJA núm., de 26 de junio), se delegó en las Delegaciones Provinciales la competencia para tramitar dichos procedimientos.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción, con carácter genérico, como Actividad de Interés Etnológico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de la Carpintería de Ribera que se desarrolla en las Playas de Pedregalejo, de Málaga.

La carpintería de ribera, dedicada a la construcción y reparación de embarcaciones, es una actividad con un origen remoto, que se viene desarrollando en las Playas de Pedregalejo desde época inmemorial. Desde principios del siglo XVII hay datos concretos de la actividad en estas playas, conocidas hasta mediados del siglo XX como Playas de San Telmo, y que se utilizaban para varar y botar barcas por la franquía de la playa.

Como ejemplo más significativo de esta actividad se encuentra la construcción y reparación de jábegas, la embarcación malagueña por antonomasia. De origen fenicio y utilizada inicialmente para la pesca con red, actualmente su uso ha quedado relegado a las regatas deportivas que se celebran en las localidades costeras malagueñas. Esta circunstancia ha permitido, por una parte la transmisión de los conocimientos de esta actividad y por otra continuar la construcción, mediante las técnicas tradicionales de estas embarcaciones. En la actualidad el número de jábegas existentes ronda la decena, repartidas en toda la costa entre Nerja y las Playas de Huelin. La relación entre estas embarcaciones y la carpintería de ribera es indisoluble, por ello la protección de esa actividad significa la conservación de unos saberes tradicionales e históricos y la pervivencia de la jábega, uno de los símbolos más identificativos de la tradición malagueña.

III. Mediante Resolución de 21 de marzo de 2005 se incoó el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Actividad de Interés Etnológico, de la Carpintería de Ribera de Astilleros Nereo en Málaga. En la tramitación de dicho procedimiento se ha comprobado que en el ámbito de las playas de Pedregalejo existen otras instalaciones que, a pie de playa, desarrollan, al igual de los Astilleros Nereo la artesanía de la carpintería de ribera, mediante la construcción y reparación de embarcaciones.

En virtud del art. 75.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en aplicación del principio de economía procesal, se procede en este mismo acto de incoación a dejar sin efecto la Resolución de 21 de marzo de 2005 de la Dirección General de Bienes Culturales por la que se incoa el procedimiento para la inscripción con carácter genérico, como Actividad de Interés Etnológico, de la Carpintería de Ribera de Astilleros Nereo en Málaga, ya que con la nueva incoación se amplía la protección a la actividad de carpintería de ribera desarrollada en otras instalaciones que se encuentran en el mismo ámbito.

Por todo lo cual, a la vista de la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el ejercicio de sus competencias según lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el artículo 5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero,

RESUELVO

Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Actividad de Interés Etnológico, de la Carpintería de Ribera de las Playas de Pedregalejo en Málaga.

Segundo. Dejar sin efecto la Resolución de 21 de marzo de 2005, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción con carácter genérico, como Actividad de Interés Etnológico, de la Carpintería de Ribera de Astilleros Nereo en Málaga.

Tercero. Proceder a la anotación preventiva de dicha Actividad en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Cuarto. Hacer saber a las personas y entidades que desarrollan la actividad que deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

Quinto. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación del procedimiento se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Málaga.

Sexto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de septiembre de 2006.- El Director General, Jesús Romero Benítez.

ANEXO

Denominación: Carpintería de Ribera de las Playas de Pedregalejo de Málaga.

Descripción de la actividad: Existen noticias del desarrollo de la carpintería de ribera en las Playas de Pedregalejo desde el año 1628 y de la importancia que en el siglo XVIII tenían en Málaga los astilleros de sus playas. Inicialmente estas playas eran conocidas como Playas de San Telmo, por la existencia de una ermita dedicada a este Santo, muy venerado por marineros y pescadores, en el monte del mismo nombre, que llegaba hasta el mar y donde se formaba una amplia playa que reunía buenas condiciones para construir, varar y botar embarcaciones.

La actividad de la carpintería de ribera está íntimamente ligada con la construcción y reparación de la embarcación más tradicional del litoral malagueño: la jábega. La embar

cación de origen fenicio se encuentra emparentada con otras embarcaciones del mismo origen y cuyos nombres están relacionados etimológicamente: el xabec de las islas baleares, el sciabecco del sur de Italia y el sambuk del Mar Rojo. Se dice que una jábega se distingue por tres características, 26 cuadernas, pantoque curvo y popa marinera, sin timón. Pero sin embargo si hay algo característico y puede que único en esta embarcación, es su proa. Un remate frontal fuertemente ajustado a la roda con dos refuerzos laterales y una superficie lisa en forma se "S", a modo de mascarón.

Originariamente eran embarcaciones de pesca, utilizadas para "echar el copo" una red denominada jábega, con forma de media luna con dos bandas y un copo en el centro. Actualmente las escasas jábegas que existen se dedican fundamentalmente a las regatas, lo que ha motivado una reducción en su peso y en el número de tripulantes, aunque mantienen las mismas piezas que las primitivas.

El uso actual de las jábegas, como embarcaciones deportivas, permite el mantenimiento de una actividad como es la carpintería de ribera, que inicialmente se encontraba íntimamente relacionada con el arte de la pesca. La desaparición paulatina de la pesca artesanal y paralelamente los barrios de pescadores han provocado la desaparición de estos artesanos de la carpintería de ribera. Por ello es muy significativo el hecho de que aún nos encontremos en las Playas de Pedregalejo con esta actividad y con magníficos artesanos que continúan con la tradición de construir estas embarcaciones y sus útiles tradicionales, así como de enseñar y transmitir estos conocimientos, como única manera de perpetuar una tradición íntimamente ligada con nuestra historia.

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