Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 30/01/2006

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Notificación de la Delegación Provincial de Huelva, de Resolución dictada en el expediente de protección núm. 352-2005-21-000332 (anterior 2004/21/0039) (proced. acog. familiar núm. 373-2005-21-000042).

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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 49 del Decreto 282/2002 de 12 de noviembre de Acogimiento Familiar de Adopción y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de Acogimiento Familiar con carácter Preadoptivo en el expediente núm. 352-2005-000332(procedimiento de acogimiento familiar núm. 373-2005-21-000042), relativo a la menor H. B. V. a los padres de la misma doña M.ª Dolores Vega Prera y don José Bautista González por el que se

A C U E R D A

1. Mantener lo acordado en Resolución de fecha 14 de julio de 2004, respecto a la declaración de la situación legal de desamparo de la menor H. B. V. nacida el día 18 de marzo de 2004 y asunción de la tutela del mismo en base a tal declaración.

2. Emitir Resolución Provisional acordando la procedencia del acogimiento familiar con familia ajena y con carácter de preadoptivo de la menor H. B. V. con los Sres. seleccionados y que se identifican en documento anexo.

3. Elevar esta Resolución Provisional a Resolución Definitiva ante la imposibilidad de proceder a dar trámite de audiencia al menor, habida cuenta su edad.

4. Cesar el Acogimiento Residencial de la menor en el Centro de Protección "Talita Qumi" de Zalamea la Real (Huelva) una vez se presten los consentimientos pertinentes y se constituya el Acogimiento familiar.

Contra la presente Resolucion podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamacion previa en via administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley Procesal

Huelva, 14 de diciembre de 2005.- El Presidente de la Cornision Provincial de Medidas de Proteccion, José Martín Gómez.

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