Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 02/10/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 30 de agosto de 2006, por la que se concede la modificación de la autorización para Bachillerato concedida al centro docente privado de Educación Secundaria "El Centro Inglés" de El Puerto de Santa María (Cádiz).

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Visto el expediente tramitado por doña Linda Randell Morgan, como titular del centro docente privado "El Centro Inglés" de El Puerto de Santa María (Cádiz), con código 11007341 y con domicilio en Ctra. de Rota (Fuentebravía), Km 1,5 de El Puerto de Santa María (Cádiz), solicitando modificar la autorización concedida para impartir Bachillerato, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que, por Orden de 7 de octubre de 1996 (BOJA de 2 de noviembre), el Centro de Educación Secundaria, autorizado con el mismo código y en el mismo domicilio que los de Educación Infantil y Primaria, cuenta con autorización para impartir ocho unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 240 puestos escolares y cuatro unidades de Bachillerato (dos en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales y dos en la modalidad de Tecnología).

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE del 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que imparten enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de

14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar la modificación de la autorización para las modalidades de Bachillerato, solicitada por la titularidad del centro docente privado de Educación Secundaria "El Centro Inglés" de El Puerto de Santa María (Cádiz), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de Educación Secundaria.

Denominación específica: "El Centro Inglés".

Titular: Linda Randell Morgan.

Domicilio: Ctra. de Rota (Fuentebravía), Km 1,5.

Localidad: El Puerto de Santa María.

Municipio: El Puerto de Santa María.

Provincia: Cádiz.

Código: 11007341.

Composición resultante:

- Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades.

Puestos escolares: 240.

- Bachillerato:

Modalidad: Ciencias y Tecnología: 2 unidades.

Puestos escolares: 70.

Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales: 2 unidades.

Puestos escolares: 70.

Transitoriamente, y hasta que se implanten las enseñanzas correspondientes al Bachillerato en la modalidad de Ciencias y Tecnología, de acuerdo con el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el centro podrá impartir en las unidades autorizadas de dicha modalidad las enseñanzas correspondientes a la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud (2 unidades para 70 puestos escolares) del Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/19

90, de 3 de octubre.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la relación del profesorado del centro con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de agosto de 2006

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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