Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 02/10/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 7 de septiembre de 2006, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público "Dunas de Almonte", con Código HU-10018-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sito en el término municipal de Almonte, provincia de Huelva.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Expte. núm.: MO/0006/2005.

Visto el expediente núm. MO/0006/2005 de deslinde parcial del monte público "Dunas de Almonte" con código de la Junta de Andalucía HU-10018-JA, en la parte correspondiente al perímetro exterior de la zona este del monte, comprendido entre la carretera A-494 (Huelva-Matalascañas) y el dominio público Marítimo-Terrestre, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sito en el término municipal de Almonte, provincia de Huelva, instruido y tramitado por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en dicha provincia, resultan los siguientes

HECHOS

1.º El perímetro exterior no presenta una definición lo suficientemente clara, y la existencia de algunas dudas en el reconocimiento de los linderos en el terreno, hace conveniente la normalización de estas irregularidades mediante el deslinde administrativo de este monte justificado por la condición 3.ª del artículo 81, del Reglamento de Montes Estatal donde se confiere preferencia para deslindar: "A los montes en que existan parcelas enclavadas o colinden con otros de propiedad particular y, especialmente, cuando los linderos figuren de forma confusa o equívoca", condiciones que reúne este monte.

2.º Autorizado el deslinde administrativo, por el procedimiento ordinario, de dicho monte por Orden e Inicio de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 5 de mayo de 2005 y habiéndose acordado que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publicó en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Almonte y en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva el anuncio de acuerdo de inicio de deslinde.

3.º Al no haberse presentado reclamación alguna contra este acuerdo de inicio, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Excmo. Ayuntamiento de Almonte, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, el preceptivo anuncio señalando fecha y lugar para dar comienzo a las operaciones de apeo y amojonamiento de las líneas provisionales para el día 4 de octubre de 2005.

4.º Después de tramitadas las debidas comunicaciones y citaciones a los interesados, procedió el Ingeniero Operador en la fecha anunciada al comienzo del apeo y amojonamiento provisional del perímetro exterior.

Comenzaron las operaciones materiales partiendo el piquete número Uno situado a la altura del punto kilométrico 41,650 de la carretera A-494, a unos tres metros de la arista

exterior de explanación de la mencionada carretera en el lado exterior del carril bici existente. Desde el Piquete número Uno al Piquete número Seis la linde del monte toma rumbo de doscientos treinta y ocho con cero nueve grados.

Desde el Piquete número Uno al Piquete número Dos la linde del monte atraviesa el carril bici y la alambrada existente internándose en una masa de pino piñonero y matorral mediterráneo, ubicándose el Piquete número Dos a una distancia de ciento treinta con cero tres metros del Piquete anterior en la cuneta de un camino en una curva a derechas.

Entre el Piquete número Dos y el Piquete número Tres, la linde del monte cruza el camino existente, ubicándose el Piquete número Tres a una distancia de cuatro con once metros del Piquete anterior en la otra cuneta del camino.

Entre el Piquete número Tres y el Piquete número Cuatro, la linde del monte atraviesa masa de pino piñonero y matorral, situándose el Piquete número Cuatro a una distancia de doscientos sesenta y un metros con veintidós del Piquete anterior en la cuneta de un camino, en el lugar donde éste hace una curva y junto a un pino piñonero de pequeñas dimensiones.

Entre el Piquete número Cuatro y el Piquete número Cinco, la linde del monte atraviesa el camino existente, ubicándose el Piquete número Cinco a una distancia de cuatro con cincuenta y siete metros del Piquete anterior en la otra cuneta del camino.

Entre el Piquete número Cinco y el Piquete número Seis, la linde continua por masa arbórea de pino piñonero, situándose el Piquete número Seis a una distancia de ciento sesenta y dos con setenta y ocho metros del Piquete anterior, en un claro del monte con sabinas dispersas, a unos dos metros de una sabina rodeada de matorral y a unos quince metros de la masa de pinos.

Desde el Piquete número Seis la linde cambia de dirección tomando un rumbo de trescientos treinta y ocho con cero nueve grados hasta el Piquete número Veintiuno, ubicándose los piquetes existentes entre estos en el cruce de la linde del monte con caminos y cortafuegos.

Desde el Piquete número Seis al Piquete número Siete, la linde atraviesa el sabinar antes mencionado, situándose el Piquete número Siete a una distancia de cincuenta y seis con noventa metros del Piquete anterior, en la cuneta de un camino que lleva dirección Norte-Sur.

Entre el Piquete número Siete y el Piquete número Ocho, la linde del monte atraviesa el camino existente el cual lleva dirección Norte-Sur, situándose el Piquete número Ocho a una distancia de tres con treinta y siete metros del Piquete anterior en la otra cuneta del camino.

Entre el Piquete número Ocho y el Piquete número Nueve, la linde del monte vuelve a transcurrir por masa de pino piñonero, situándose el Piquete número Nueve a una distancia de cuatrocientos cuarenta con quince metros del Piquete anterior, en la cuneta de un camino que lleva dirección Norte-Sur, a unos treinta metros al sur de un cruce de caminos.

Entre el Piquete número Nueve y el Piquete número Diez, la linde del monte atraviesa el camino existente, situándose el Piquete número Diez en la otra cuneta del camino a una distancia de tres con diecinueve metros del Piquete anterior.

Continua la linde a través de una duna poblada de pinos con matorral, situándose el Piquete número Once, a una distancia de mil quinientos treinta y dos con ochenta y ocho metros del Piquete anterior, en la cuneta de un camino que lleva dirección Norte-Sur, y que cambia de dirección a Este-Oeste.

Entre el Piquete número Once y el Piquete número Doce la linde del monte atraviesa el camino, situándose el Piquete número Doce a una distancia de seis con veinte metros del Piquete anterior, en la otra cuneta del camino mencionado.

Desde el Piquete número Doce la linde continua por masa arbórea de pino piñonero, ubicándose el Piquete número Trece, a una distancia de ciento veinticinco con catorce metros del piquete anterior en la cuneta de un camino que lleva dirección Norte-Sur y se localiza a unos diez metros de un cruce de caminos que tiene un pino en el centro del mismo.

Entre el Piquete número Trece y el Piquete número Catorce la linde del monte atraviesa el camino existente, situándose el Piquete número Catorce a una distancia de tres con veinticuatro metros del Piquete anterior, en la otra cuneta del camino.

Desde el Piquete número Catorce al Piquete número Quince la linde atraviesa masa arbórea de pino piñonero, situándose el Piquete número Quince a una distancia de trescientos doce con cero ocho metros del piquete anterior, en el lateral de un cortafuegos que tiene dirección Norte-Sur, y que termina a escasos metros al sur de la linde del monte, encontrándose una sabina en el centro del cortafuegos a unos doce metros del Piquete.

Entre el Piquete número Quince y el Piquete número Dieciséis, la linde atraviesa el cortafuegos existente, situándose el Piquete número Dieciséis a una distancia de dieciocho con noventa y seis del Piquete anterior. A unos cinco metros del Piquete número Dieciséis la linde cruza un camino y se adentra en una masa de pinos y sabinas menos densa que pueblan una duna fija y a través de la cual se llega al Piquete número Diecisiete, que se ubica a una distancia de ochocientos veintiséis con veintidós metros del Piquete anterior, en la cuneta de un camino en el lugar donde éste toma una curva a derechas, rodeado de pinos y sabinas.

Desde el Piquete número Diecisiete al Piquete número Dieciocho la linde atraviesa el camino existente, situándose el Piquete número Dieciocho a una distancia de cuatro con ochenta y cuatro metros del Piquete anterior, en la otra cuneta del camino.

Desde el Piquete número Dieciocho al Piquete número Diecinueve, la linde del monte sigue por la masa de pinos, situándose el Piquete número Diecinueve a una distancia de ochenta y uno con cuarenta y un metros del Piquete anterior en la cuneta de un camino que lleva dirección Norte-Sur, cercano a un cruce de caminos situado al sur de la linde del monte.

Desde el Piquete número Diecinueve al Piquete número Veinte la linde cruza el camino existente, situándose el Piquete número Veinte a una distancia de tres con setenta y cuatro metros del Piquete anterior, en la otra cuneta del camino en una zona de monte menos densa.

Desde el Piquete número Veinte al Piquete número Veintiuno la linde sigue por la masa de pinos, situándose el Piquete número Veintiuno a una distancia de cincuenta y uno con sesenta y dos metros del Piquete anterior en una masa cerrada de pinos y sabinas con gran cantidad de matorral, junto a un pino de gran grosor.

Desde el Piquete número Veintiuno la linde cambia de dirección hasta el Piquete número Veintiséis manteniendo un rumbo de cuarenta y uno con cero tres grados.

Desde el Piquete número Veintiuno al Piquete número Veintidós la linde continua por masa cerrada de pino, situándose el Piquete número Veintidós a una distancia de ciento noventa y ocho con noventa y nueve metros del Piquete anterior en la cuneta de un camino.

Desde el Piquete número Veintidós al Piquete número Veintitrés la linde del monte atraviesa un camino que bordea la laguna, situándose el Piquete número Veintitrés a una distancia de nueve metros del Piquete anterior, en la otra cuneta del camino.

Entre el Piquete número Veintitrés y el Piquete número Veinticuatro, la linde atraviesa una laguna, situándose el Piquete número Veinticuatro a una distancia de cuarenta y uno con setenta y siete metros del Piquete anterior, en la cuneta de un camino que bordea la mencionada laguna por la zona Norte de ésta.

Entre el Piquete número Veinticuatro y el Piquete número Veinticinco, la linde cruza el camino existente, situándose el

Piquete número Veinticinco a una distancia de cuatro con trece metros del Piquete anterior.

Desde el Piquete número Veinticinco al Piquete número Veintiséis, la linde continua por masa arbórea, situándose el Piquete número Veintiséis a una distancia de ciento ochenta y nueve metros con cero cinco metros del Piquete anterior a la altura del punto kilométrico 41,175 de la carretera A-494, a unos tres metros la arista exterior de explanación de la mencionada carretera y el carril bici.

El Piquete número Veintisiete se sitúa a la altura del punto kilométrico 41,05 de la carretera A-494, a unos tres metros de la arista exterior de explanación de la mencionada carretera.Desde el Piquete número Veintisiete al Piquete número Treinta y cuatro, la linde del monte queda definida por una línea recta con un rumbo de doscientos treinta y uno con cero siete grados.

Entre el Piquete número Veintisiete y el Piquete número Veintiocho la linde del monte está definida por el cortafuegos existente, situándose el Piquete número Veintiocho a una distancia de doscientos diecisiete con veintitrés metros del Piquete anterior, en la cuneta de un camino que lleva dirección Este-Oeste que rodea la laguna del Jaral.

Entre el Piquete número Veintiocho y el Piquete número Veintinueve la linde del monte cruza el camino, situándose el Piquete número Veintinueve en la otra cuneta del camino a una distancia de tres con setenta y cuatro metros del Piquete anterior.

Desde el Piquete número Veintinueve al Piquete número Treinta la linde cruza la laguna del Jaral, ubicándose el Piquete número Treinta en la zona Sur de la laguna en la intersección del cortafuegos con un camino, a una distancia de ciento noventa y dos con treinta y seis metros del Piquete anterior.

Entre el Piquete número Treinta y el Piquete número Treinta y uno, la linde cruza el camino, situándose el Piquete número Treinta y uno en la otra cuneta a una distancia de cinco con cero ocho metros del Piquete anterior.

Desde el Piquete número Treinta y uno al Piquete número Treinta y dos, la linde continua por el cortafuegos, situándose el Piquete número Treinta y dos a una distancia de ciento seis con treinta y nueve metros del Piquete anterior, en la intersección del cortafuegos con un camino, en la cuneta de éste.

Entre el Piquete número Treinta y dos y el Piquete número Treinta y tres, la linde cruza el camino, situándose el Piquete número Treinta y tres en la otra cuneta a una distancia de cuatro con veintiocho metros del Piquete anterior.

El Piquete número Treinta y cuatro se ubica a una distancia cuarenta y cuatro con treinta y siete metros del Piquete anterior, subiendo una duna poblada de pinos de pequeña talla. Cambiando la linde en este piquete de dirección y tomando rumbo ciento treinta y uno con cero siete grados hasta el Piquete número Treinta y cinco que se sitúa a una distancia de trescientos treinta con treinta y un metros del Piquete anterior, dejando a la derecha unas dunas atravesadas por un camino a mitad de ladera.

En el Piquete número Treinta y cinco la linde cambia de dirección, tomando rumbo doscientos treinta y un con diecisiete grados hasta el Piquete número Treinta y seis que se sitúa a una distancia de setecientos setenta y nueve con setenta y ocho metros del Piquete anterior. Localizándose este Piquete en el límite del Dominio Público Marítimo Terrestre, cercano del acantilado, se encuentra rodeado de algunos pinos, sabinas y matorral. Al Oeste de este punto se localiza un camino que da acceso al citado acantilado, finalizando en este punto el deslinde.

5.º Se extendieron de todo lo actuado las correspondientes actas, firmadas por los asistentes a las operaciones.

6.º Anunciado el período de vista del expediente, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Almonte y notificado a los particulares interesados expuesto en audiencia durante el plazo de treinta días, no se recibió reclamación alguna según certifica la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Huelva, por lo que las líneas definidas en el acto de apeo deberán adquirir carácter definitivo a efectos de consolidar las lindes del monte.

La aprobación del presente deslinde se sustenta en lo regulado en los artículos 34 al 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre; y demás normas de general y pertinente aplicación.

El expediente fue tramitado de acuerdo con lo preceptuado por la legislación vigente relativa al deslinde de montes, insertándose los anuncios reglamentarios en los Boletines Oficiales de la Provincia y tramitándose las debidas comunicaciones para conocimiento de los interesados.

El Informe emitido por el Gabinete Jurídico Provincial considera ajustada a derecho la actuación del Ingeniero Operador, es por lo que la Delegación de Medio Ambiente en Huelva propone que se apruebe el deslinde en la forma en que fue llevado a cabo por el mismo.

El emplazamiento de cada uno de los piquetes, que determinan el perímetro exterior deslindado, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos que obran en el expediente, existiendo coordenadas UTM recogidas en el plano y registro topográfico de cada uno de los piquetes.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente

RESUELVE

1.º Aprobar el deslinde parcial del monte "Dunas de Almonte" con código de la Junta de Andalucía HU-10018-JA, en la parte correspondiente al perímetro exterior de la zona Este del monte, comprendido entre la carretera A-494 (Huelva-Matalascañas) y el dominio público Marítimo-Terrestre, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sito en el término municipal de Almonte, provincia de Huelva, de acuerdo con las Actas, Registros Topográficos y Planos.

2.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

3.º Que se inscriba el deslinde en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con el resultado del trabajo practicado.

4.º Que se proceda a la cancelación de las anotaciones preventivas de deslinde realizadas según lo estipulado en el artículo 127.4, del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, del Reglamento de Montes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, sin que sea preciso apurar previamente la vía administrativa, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 7 de septiembre de 2006

FUENSANTA COVES BOTELLA

Consejera de Medio Ambiente

Descargar PDF