Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 13/10/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION

EDICTO de 8 de septiembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Coín, dimanante del procedimiento verbal núm. 426/2005. (PD. 4182/2006).

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NIG: 2904241C20051000447.

Procedimiento: J. Verbal (N) 426/2005. Negociado: 2.

Sobre: Acción declarativa de dominio.

De: Doña Rosalía Jiménez Bernal, Cristina Ruiz Jiménez, Antonio Ruiz Jiménez y Juan Ruiz Jiménez.

Procurador: Sr. Salvador Enríquez Villalobos.

Letrado: Sr. Juan José Rubiño Romero.

Contra: Don José Ruiz Montano.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 426/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Coín a instancia de Rosalía Jiménez Bernal, Cristina Ruiz Jiménez, Antonio Ruiz Jiménez y Juan Ruiz Jiménez contra José Ruiz Montano sobre acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Coín, a 31 de mayo de 2006.

Don Gonzalo Onega Coladas, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Coín, ha visto los presentes autos de juicio verbal, seguidos en este Juzgado bajo el número 426 del año 2005, a instancia de doña Rosalía Jiménez Bernal y doña Cristina, don Juan y don Antonio Ruiz Jiménez, representados por el Procurador don Salvador Enríquez Villalobos y asistidos del Letrado don Juan José Rubiño Romero, contra don José Ruiz Montano, declarado en rebeldía, sobre acción declarativa del dominio, elevación a escritura pública de contrato privado de compraventa e inscripción en el Registro de la Propiedad.

FALLO

Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador don Salvador Enríquez Villalobos en nombre y representación de doña Rosalía Jiménez Bernal y doña Cristina, don Juan y don Antonio Ruiz Jiménez, contra don José Ruiz Montano, con los siguientes pronunciamientos:

Primero. Condenar al demandado don José Ruiz Montano a elevar a público el contrato privado de compraventa celebrado en fecha 6 de octubre de 1958 con el fallecido don Juan Ruiz Jara.

Segundo. Desestimar las demás pretensiones formuladas por la parte actora, y en su virtud absolver al demandado de las mismas.

Tercero. No se hace expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento a ninguna de las partes.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe preparar recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los 5 días siguientes a aquel en que se notifique esta Resolución.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Ruiz Montano, extiendo y firmo la presente en Coín, a ocho de septiembre de dos mil seis.- El/La Secretario.

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