Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 31/01/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 10 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento de desahucio núm. 1245/2004. (PD. 255/2006).

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NIG: 2906742C20040024336.

Procedimiento: Desahucio 1245/2004. Negociado: ST.

E D I C T O

Juzgado: Juzgado de 1.ª Instancia 10 de Málaga.

Juicio: Desahucio 1245/2004.

Parte demandante: Josefa Gloria Reyes Díez.

Parte demandada: Magia Blanquiazul.

Sobre: Desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y Fallo literal es el siguiente:

S E N T E N C I A

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En la ciudad de Málaga, a dieciséis de mayo de dos mil cinco.

Vistos por mí, doña Nuria Martínez Rodríguez, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Diez de los de Málaga, los presentes autos de juicio verbal, registrados con el número 1245/04, siendo parte demandante doña Josefa Gloria Reyes Díez representada por la Procuradora doña Carmen Chaparro Roji y asistida por el Letrado don Alfredo Aguirre de Mena, y parte demandada Magia Blanquiazul, en situación procesal de rebeldía.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Chaparro Roji Duarte en nombre y representación de doña Josefa Gloria Reyes Díez contra Magia Blanquiazul:

1. Debo declarar y declaro resuelto en contrato de arrendamiento celebrado entre las partes con fecha 9 de marzo de dos mil cuatro, sobre el local de negocio sito en Nave ubicada en Polígono industrial Marifincas, calle Walter Scott, número 7.

2. Debo condenar y condeno al demandado a que desaloje y deje libre y expedita disposición de la actora el citado local, bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se producirá el lanzamiento y a su costa.

3. Debo condenar y condeno al demandado a pagar a la actora el importe de 13.200 euros (trece mil doscientos euros) en concepto de rentas adeudadas.

4. Debo condenar y condeno al demandado al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que habrá de ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a su notificación.

Firme que sea la resolución, llévese el original al Libro de las de su clase, quedándose testimonio de la misma en los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 30 de

septiembre de 2005 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de Notificación de Sentencia.

En Málaga, a treinta de septiembre de dos mil cinco.- El/La Secretario/a Judicial.

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