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NIG: 2906742C19911000139.
Procedimiento: Ejecutivos 1688/1991. Negociado: 8E.
De: Banco de Madrid, S.A.
Procuradora: Sra. María Angustias Martínez Sánchez Morales.
Contra: Transportes Luis Reyes y Hermano, S.L., Luis Ricardo Reyes Roselló y María Isabel Ortiz Fernández.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento ejecutivo 1688/1991 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga a instancia de Banco de Madrid, S.A., representado por la Procuradora Sra. Martínez Sánchez Morales contra Transportes Luis Reyes y Hermano, S.L., Luis Ricarod Reyes Roselló y María Isabel Ortiz Fernández sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiado en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM.
Málaga, a veintiséis de mayo de mil novecientos noventa y dos.
Habiendo visto el Ilmo. Sr. don José García Martos, Magistrado-Juez de 1.ª Instancia núm. Uno de esta ciudad los presuntos autos de juicio ejecutivo núm. 1.688 de 1991 seguidos entre partes, de la una como demandante, Banco de Madrid, S.A., representado por el Procurador don Feliciano García Recio Yébenes y asistido del Letrado don Pedro Megías González y de la otra, como demandado, la Entidad Transportes Luis Reyes y Hermanos, S.L., don Luis Ricardo Reyes Roselló y doña María Isabel Ortiz Fernández, que por su rebeldía le han reresentado los estrados del Juzgado (...).
Vistos los pertinentes artículos del Código de Comercio y de la Ley Adjetiva Civil.
Fallo. Que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y demás que sean de la propiedad del ejecutado, Entidad Transportes Luis Reyes y Hermano, S.L., don Luis Ricardo Reyes Roselló y doña María Isabel Ortiz Fernández, y con su producto, entero y cumplido pago al actor, Banco de Madrid, S.A., de la cantidad de un millón trescientas veintiocho mil cuatrocientas trece pesetas de principal y sus intereses pactados en la póliza de crédito, y las costas causadas y que se causen, a cuyo pago condeno al mismo, a quien se notificará esta sentencia en la forma establecida en la Ley, de no solicitarse por la parte actora la notificación de la misma.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la codemandada María Isabel Ortiz Fernández, en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintiocho de septiembre de dos mil seis.- El/La Secretario.
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