Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 19/10/2006

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de 1 de octubre de 2006, de la Delegación Provincial de Granada, de Inicio de Deslinde "Sierras de Baza", código GR-11017-JA (Expte. núm. MO/00008/2006).

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haber sido posible la notificación personal por desconocimiento del domicilio, se hace público para conocimiento de los siguientes interesados el Acuerdo de Inicio de Deslinde:

Núm. Expte.: MO/00008/2006.

La Excma. Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha 6 de abril de 2006, ha acordado el inicio del deslinde parcial, Expte. MO/00008/2006, del monte público "Sierras de Baza" con Código de la Junta de Andalucía GR-11017-JA cuya parte dispositiva es la siguiente:

"1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del monte Sierras de Baza, Código de la Junta de Andalucía GR-11017-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Baza, provincia de Granada, relativo a enclavados del monte "Falconete y otros".

2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente."

Dado que sus intereses pudieran resultar afectados, se hace público por este medio a fin de instruirles sobre el inicio del presente expediente de conformidad con lo establecido en el artículo.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación será de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa los interesados en el procedimiento podrán entender desestimada sus pretensiones por silencio administrativo.

Contra este acto de trámite que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (art. 107 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, en esta Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, sita en C/ Marqués de la Ensenada, núm., 18001, Granada, al Servicio de Gestión del Medio Natural, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.

A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.

Granada, 1 de octubre de 2006.- El Delegado, Gerardo Sánchez Escudero.

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