Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 23/10/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

DECRETO 174/2006, de 3 de octubre, por el que se Declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de las Virtudes de Puebla de Cazalla, Sevilla.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y ling³ísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En este sentido, el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de dicha Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo de acuerdo con el artículo 3.3, del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural, y competiendo según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

II. La Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de las Virtudes supone por sus características un claro exponente del devenir histórico de Puebla de Cazalla, ya que su origen se remonta al siglo XVI, cuando Juan Téllez de Girón, duque de Osuna, manda construirla bajo esta advocación, al pasar la fortaleza y Castillo de Cazalla al dominio de la casa ducal de Osuna y decidir este repoblarla.

Por su ubicación, sobre los restos del castillo, en la zona más alta del escarpe, ha sido siempre el principal elemento de referencia del perfil urbano del núcleo desde el entorno medio y lejano, y un elemento determinante de la trama urbana, configurándose en torno a ella el sector más cualificado del pueblo.

La reconstrucción del inmueble, entre 1821 y 1834, debida al arquitecto Tiburcio Pérez Cuervo, arquitecto madrileño de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, según la estética neoclásica, por encargo del entonces décimo duque de Osuna, Francisco de Borja Téllez Girón, la hacen un ejemplar singular entre los templos parroquiales de la provincia de Sevilla.

III. La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, mediante Resolución de 26 de octubre de 1982 (publicada en el BOE de 7 de diciembre de 1982), incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico, a favor de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de las Virtudes de Puebla de Cazalla, en Sevilla, según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico Nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 y en el Decreto de 22 de julio de 1958, de acuerdo con lo preceptuado en la disposición transitoria sexta, apartado uno, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

En la tramitación del expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, así como en el artículo 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, han emitido informe favorable a la declaración, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en fecha de 7 de octubre de 1983 y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla, en su sesión del día 21 de mayo de 2002.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplieron los trámites preceptivos de información pública, mediante anuncio de la Delegación Provincial de Cultura de Sevilla, publicado en el BOJA número 51, de 2 de mayo de 2002. Se concedió trámite de audiencia al Ayuntamiento de Puebla de Cazalla y demás interesados en el procedimiento. A aquellos interesados a los que intentada la notificación personal no se pudo llevar a efecto, o cuyos datos se desconocen, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación de anuncio en el BOJA número 51, de 2 de mayo de 2002 y exposición en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Puebla de Cazalla.

Terminada la instrucción del procedimiento, y según lo previsto en le artículo 14.2 y en la disposición transitoria sexta, apartado uno de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, procede la declaración de dicho inmueble como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, al que de acuerdo con el artículo 11.2 de la citada Ley, se le ha delimitado un entorno de protección y, conforme al artículo 27 del mismo texto legal, se le señalaron los bienes muebles esenciales a su historia. Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, corresponde incluir dicho Bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 1/1991 de Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6.a) y 9.2 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deli

beración, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de octubre de 2006,

ACUERDA

Primero. Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la iglesia parroquial de Nuestra Señora de las Virtudes de Puebla de Cazalla, en Sevilla, cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo al presente Decreto.

Segundo. Declarar y delimitar un entorno en el cual las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación o estudio. Dicho entorno abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el Anexo y gráficamente, en el plano de delimitación del Bien y su entorno.

Tercero. Declarar Bienes de Interés Cultural, por constituir parte esencial de la historia del edificio, los Bienes Muebles que se relacionan y describen en el Anexo al presente Decreto.

Cuarto. Incluir el Monumento y el entorno declarado en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Quinto. Instar el asiento de este Bien en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de Bienes y Espacios Catalogados.

Sexto. Instar la inscripción gratuita de la declaración en el Registro de la Propiedad.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme al artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de octubre de 2006.

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ROSARIO TORRES RUIZ

Consejera de Cultura

ANEXO

Denominación.

Principal: Iglesia de Nuestra Señora de las Virtudes.

Localización.

a) Provincia: Sevilla.

b) Municipio: Puebla de Cazalla.

c) Ubicación: Plaza del Cardenal Spínola, s/n.

Descripción.

El origen de este edificio se remonta a principios del siglo XVI, cuando don Juan Téllez Girón, promete construir una iglesia con el nombre de Nuestra Señora de las Virtudes, una vez que el castillo y fortaleza de Cazalla pasan al dominio de la casa ducal de Osuna y esta decide repoblar la zona.

En 1809, como consecuencia del mal estado de conservación, se produjo el desplome de la techumbre de la nave central y del evangelio, por lo que los enseres pasaron al Convento de los Mínimos que funcionó como parroquia muchos años. Durante la invasión napoleónica, el templo se utilizó como cuartel, quedando todos los muros llenos de troneras, lo cual motivará que una vez terminada la guerra, el décimo duque de Osuna, don Francisco Borja Téllez Girón, ordene en el año 1813, su derribo y el levantamiento de un templo nuevo desde los cimientos.

El proyecto del nuevo templo se debe al arquitecto madrileño, Tiburcio Pérez Cuervo. Los planos se aprobaron definitivamente en 1821 por la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y las obras comenzaron el 1824, construyéndose la nueva iglesia en el mismo lugar en el que estaba la anterior y aprovechándose los materiales de ésta. En 1834 el duque de Osuna dejó de financiar las obras, paralizándose la construcción una vez alcanzada la altura de las cornisas y quedando sólamente cubiertas las naves laterales, lo que hizo que el pueblo se movilizara consiguiendo que en 1848 el Ministerio de Gracia y Justicia aprobase el expediente de obras. En 1861 es elaborado un nuevo proyecto por el arquitecto diocesano, Manuel Portillo Navarrete, las obras se reanudaron en 1866, prolongándose durante bastante tiempo, ya que hasta el año 1886 no se bendice la iglesia. Será a principios del siglo XX cuando finalicen, pero en 1936, con motivo de la guerra civil, la iglesia es saqueada e incendiada, perdiéndose totalmente la techumbre además de la mayoría de los bienes muebles.

Se trata de un templo de planta central, de cruz griega, siendo los brazos de la cabecera y de los pies algo más profundos que los laterales. El amplio espacio central se cubre mediante una gran bóveda vaída que alberga un espacio de planta octogonal, a este se adosan cuatro pequeñas capillas de planta semicircular que permiten recuperar la planta cuadrada principal. Los brazos del crucero se cubren con bóveda de cañón y a ambos lados de los mismos se disponen otras pequeñas capillas que recuperan el ancho del cuadrado original. El brazo de los pies se estructura en tres naves con dos tramos, la central se cubre con bóveda vaída y se dispone en el primero el coro, los laterales se cubren con bóvedas de aristas.

La cabecera es de planta rectangular, se cubre con bóveda de cañón y en ella se encuentra ubicado el Retablo Mayor el cual fue realizado con cerámica vidriada en 1945 por Enrique Orce, según el estilo neorrenacentista. Se compone de banco, dos cuerpos y ático, y se articula mediante tres calles separadas por columnas de orden compuesto en el primer cuerpo y pareadas en la calle central. En el segundo cuerpo las calles se articulan por medio de pilastras, teniendo la central además columnas abalaustradas. En el primer cuerpo en la calle del Evangelio, se representa por medio de un paño cerámico la escena de La Sagrada Familia y en el de la Epístola, La Huida a Egipto. En la calle central se encuentra un camarín donde se ubica la imagen de la Virgen de las Virtudes. El segundo cuerpo presenta en sus tres calles unas hornacinas enmarcadas por formas arquitectónicas, da paso al ático donde se representa el tema de La Adoración de los Pastores. El ático se remata por una Cruz de madera y pináculos.

En el testero del brazo del crucero del lado del Evangelio está situado el Retablo de Nuestra Señora del Rosario, de madera, tallado, dorado y de autor anónimo, realizado en el siglo XVIII según el estilo barroco. Consta de predella, un solo cuerpo y ático, se articula por medio de cinco calles, siendo la central más ancha que las laterales y separadas por estípites. En la zona central se encuentra una hornacina con la imagen de la Virgen del Rosario, realizada a mediados del siglo XX, por Castillo Lastrucci.

A ambos lados de la cabecera se disponen dos cuerpos que albergan una sala utilizada como salón parroquial, presentan dos tramos de distintas longitudes cubiertos con bóvedas de aristas y sobre ellos se dispone una segunda planta con dependencias ocupadas anteriormente por la vivienda del

sacristán y actualmente sin uso. Entre estos dos cuerpos del fondo y tras la capilla mayor, se encuentra la torre, a la que se accede por una escalera que presenta un curioso arranque a la imperial que permite el acceso a las dependencias situadas en la primera planta.

Hacia el exterior la volumetría del templo refleja de forma nítida esta disposición interior. Sobre el conjunto destaca claramente la bóveda central en torno a la cual y a una altura ligeramente menor, se aprecian los cuatro brazos principales, y entre estos, a modo de contrafuertes, se elevan los muros de las pequeñas capillas semicirculares que se levantan bastante por encima de la altura real de estas, y por último, a un nivel ya inferior, aparece el conjunto de las naves y capillas laterales de los brazos de la cruz. Esta disposición de volúmenes en gradiente se recoge mediante la disposición de antepechos de las cubiertas planas que permiten dar una unidad a las líneas de cornisa. Todo este conjunto se remata en la cabecera por el contrapunto de la torre, situada de forma central y que contribuye a enfatizar el edificio en su entorno.

Descripción literal del entorno.

Espacios públicos:

Plaza Cardenal Spínola.

Tramo de la calle San Pedro (incluido en el plano).

Tramo de la calle La Cruz (incluido en el plano).

Tramo de la calle Mesones (incluido en el plano).

Espacios privados:

Manzana 54214Parcela 43Número postal 1

Parcela 42N.P. 3

Parcela 41N.P. 5

Parcela 40N.P. 7

Parcela 39N.P. 9

Parcela 38N.P. 11

Parcela 37N.P. 13

Manzana 54220Parcela 23N.P. 12

Parcela 22N.P. 10

Parcela 21N.P. 8

Parcela 20N.P. 6

Parcela 19N.P. 4

Parcela 18N.P. 2

Parcela 17N.P. 7

Parcela 16N.P. 6

Parcela 15N.P. 5

Parcela 14N.P. 4

Parcela 13N.P. 3

Parcela 12N.P. 2

Parcela 11N.P. 1

Parcela 10N.P. ?

Parcela 9N.P. 22

Parcela 8N.P. 68

Parcela 7N.P. 66

Parcela 6N.P. 64

Parcela 5N.P. 62

Parcela 4N.P. 60

Parcela 3N.P. 56

Parcela 2N.P. 58

Parcela 1N.P. 27

Manzana 52236Parcela 21N.P. s/n

Parcela 22N.P. 10

Parcela 23N.P. 10-D

Parcela 24N.P. 11

Parcela 25N.P. 12

Parcela 26N.P. 13

Parcela 27N.P. 14

Parcela 28N.P. 16

Parcela 29N.P. 17

Parcela 30N.P. 18

Parcela 31N.P. 19

Parcela 32N.P. 20

Parcela 33N.P. 21

Parcela 34N.P. 63

Parcela 35N.P. 61

Parcela 36N.P. 59

Parcela 37N.P. 51

Parcela 38N.P. 49.

Bienes muebles.

1. Crucificado. Escultura. Materia: Madera. Técnica: Tallado. Medidas: 0,80 x 0,50 m. Autor: Anónimo. Cronología: S. XVI. Estilo: Manierista. Ubicación: En la nave del evangelio, entre el primero y segundo tramo.

2. Nuestra Señora de las Virtudes. Escultura. Materia: Madera, pigmentos y pan de oro. Soporte: Madera. Técnica: Tallado, estofado y policromado. Medidas: 1,90 x 1,10 m. Autor: León Ortega. Cronología: 1949. Estilo: Neo-barroco. Ubicación: Hornacina central del primer cuerpo retablo mayor.

3. Inmaculada Concepción. Escultura. Materia: Madera, pigmentos y pan de oro. Soporte: Madera. Técnica: Tallada, estofada y policromada. Medidas: 1,12 x 0,50 m. Autor: Anónimo. Cronología: Mediados del siglo XVIII. Estilo: Barroco. Ubicación: Nave de la Epístola, hornacina central del altar del crucero.

4. Santa Ana y la Virgen Niña. Escultura. Materia: Madera, pigmentos y pan de oro. Soporte: Madera. Técnica: Tallada, estofada y policromada. Medidas: Santa Ana 0,85 x 0,55 m, Virgen niña 0,50 x 0,35 m. Autor: José Montes de Oca. Cronología: 1726. Estilo: Barroco. Ubicación: Nave de la Epístola, tramo tercero, en la hornacina del altar lateral.

5. Virgen del Rosario. Escultura. Materia: Madera, pigmentos y pan de oro. Soporte: Madera. Técnica: Tallado, estofado y policromado. Autor: Castillo Lastrucci. Cronología: Hacia 1950. Estilo: Neobarroco. Ubicación: Hornacina central del retablo del testero del crucero de la nave del Evangelio.

6. Custodia: Materia: Madera, cristal y pan de oro. Soporte: Madera. Técnica: Tallada y dorada. Medidas: 2,05 x 0,80 m. Autor: Ensamblador: José Victorino Casaus. Dorador: Eugenio Camacho. Cronología: 1764-1766. Estilo: Neoclásico. Ubicación: Sacristía.

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