Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 24/10/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 19 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos y la renovación del Patronato de la Fundación Centro Español de Solidaridad de Málaga (CESMA).

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos y de la renovación del Patronato de Fundación Centro Español de Solidaridad de Málaga (CESMA), sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 5 de abril de 2005 y el 30 de junio de 2005 tuvieron entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitudes de don Juan Antonio Serrano Silva, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la renovación del patronato de la Entidad.

Por el Registro de Fundaciones se notificó a la Fundación la necesidad de proceder con carácter previo, a la modificación de sus Estatutos para su adaptación a la normativa vigente en materia de Fundaciones.

Segundo. Con fecha 27 de junio de 2006, se presente en el Registro de Fundaciones solicitud de inscripción de la modificación de Estatutos, adaptados a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. La modificación estatutaria afecta a la adaptación general a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. A las solicitudes se adjuntaron: Copia autorizada de la escritura de elevación a público de acuerdos sociales, otorgada el 11 de marzo de 2005, núm. 531, ante el notario don Juan Antonio Madero García, relativa a la renovación del patronato y cargos, y escritura autorizada de modificación de estatutos, otorgada el 12 de mayo de 2006, ante el mismo notario, registrada con el número 941 de su protocolo. Asimismo se acompaña diversos documentos de aceptación de Patronos con las formalidades legales.

Quinto. Las escrituras incorporan certificados de los acuerdos adoptados por el Patronato sobre la renovación de sus miembros, sobre la aprobación de la modificación de estatutos, así como el texto completo de éstos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria y de renovación del Patronato se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 40 y 18 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y en los artículos 30 y 31 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Resolución de 26 de mayo de 2006, de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento.

Igualmente, la renovación de los miembros del patronato ha sido notificada a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, que ha prestado su conformidad en Acuerdos de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento de 13 de junio de 2005 y de 25 de mayo de 2006.

Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Centro Español de Solidaridad de Málaga (CESMA), formalizados en escritura pública núm. 941, el 12 de mayo de 2006, ante el notario don Juan Antonio Madero García.

Segundo. Inscribir, como Patronos de la Fundación a: Don Antonio Dorado Soto (Presidente); don Juan Antonio Serrano Silva (Vicepresidente); don Manuel Garrido Mora (Secretario); don José Antonio Fernández Grau, doña Isabel García Bardón, don Benito Gil Yuste, doña Orfelina Hidalgo Espinosa, doña Inmaculada Marcos González, don Manuel Peralta de las Heras, don José Antonio Sánchez Herrera, don Juan García Torres y don Rafael Jiménez Martín (Vocales).

Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 19 de septiembre de 2006.- La Directora General, P.S., el Secretario General para la Modernización de la Justicia, Celso José Fernández Fernández.

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