Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 24/10/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 31 de agosto de 2006, de la Delegación Provincial de Huelva, en relación con el expediente de concesión de subvención a Trébol Inmueble.

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Examinado el expediente relativo a la actuación protegida en materia de suelo para la modalidad de urbanización de suelo para su inmediata edificación denominada "Unidad de ejecución La Ramira" del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, resultan los siguientes

H E C H O S

I. Por Resolución de la Delegación Provincial de esta Consejería en Huelva, de 17 de febrero de 2005, se ha expedido Cédula de Calificación Provisional a la actuación protegida en materia de suelo para la modalidad de urbanización de suelo para su inmediata edificación denominada Unidad de Ejecución La Ramira, sita en el término municipal de Bollullos Par del Condado, promovida por Trébol Inmueble, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, y en el Decreto 149/2003, de 10 de junio, y demás disposiciones de desarrollo.

II. Las características esenciales de la actuación protegida en materia de suelo son, según se desprende de la Cédula de Calificación Provisional, las siguientes:

Modalidad: Urbanización de suelo.

Edificabilidad total: 7.023,93 mt (73 viviendas).

Edificabilidad de Viviendas de Protección Oficial u otros regímenes de protección pública: 7.023,93 mt (73 viviendas).

III. La Cédula de Calificación propone, por un lado, la concesión de la subvención prevista en el artículo 41 del citado Real Decreto por importe de 27.236,24 euros, equivalente al 20% del presupuesto protegible de la actuación, que asciende a 136.181,21 euros. Y por otro, la percepción del 18% sobre el presupuesto protegible correspondiente a ayudas complementarias de la Comunidad Autónoma, que asciende a 24.512,62 euros.

IV. La programación económica y de ejecución del presupuesto protegible responde al contenido de la Cédula de Calificación y se computará desde la fecha de resolución de concesión de la subvención.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Del expediente se desprende que se han cumplido los requisitos previstos en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, Decreto 149/2003, de 10 de junio, y en la Orden de 8 de junio de 2003, para la calificación de la actuación Unidad de Ejecución La Ramira como protegida en materia de suelo y para la financiación cualificada de la misma.

Segundo. Se emite la presente Resolución sobre la concesión de la subvención estatal de 10.720,18 euros correspondiente a la anualidad 2005. La cantidad de 16.516,06 euros, correspondiente a las siguientes anualidades, estarán supeditadas a la remisión de los fondos por parte del Ministerio de Fomento y a la consignación en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. De los datos existentes en esta Delegación Provincial se desprende que existen recursos suficientes del Programa de Suelo para financiar el importe de la subvención correspondiente al Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, por 10.720,18 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.13.00.18.21. Proyecto presupuestario 1994/210227.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Decreto 149/2003, de 10 de junio, el abono de la subvención quedará supeditado al libramiento por el Ministerio de Fomento de los recursos correspondientes a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en concepto de ayudas complementarias, otorgar a Trébol Inmobiliario la subvención de 24.512,62 euros, que equivale a 18% con la siguiente programación, con cargo a la aplicación presupuestaria 3.1.13.00.03.21. Proyecto presupuestario 1999/210938.

Subvención complementaria Junta de Andalucía: 24.512,62.

Anualidad 2008: 24.512,62.

Sexto. Según lo establecido en el apartado 1 del artículo de la Orden de 8 de agosto de 2003, corresponde al titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Huelva resolver sobre la concesión de las ayudas de las actuaciones protegidas en materia de suelo.

Séptimo. El pago de la citada ayuda se realizará por el titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Huelva, según el apartado 4 del artículo 19 de la Orden de 8 de agosto de 2003, una vez acreditada por el promotor la ejecución de las correspondientes fases, mediante la documentación que justifique los gastos de urbanización, de conformidad con lo previsto en el apartado del artículo 19 de la Orden de 8 de agosto de 2003, y su adecuación a la programación establecida en la Resolución de concesión de la subvención.

Vistas las normas citadas, demás preceptos de general aplicación, y a la vista del informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de esta Delegación Provincial,

R E S U E L V O

1.º Conceder a Trébol Inmobiliaria la subvención prevista en el artículo 41 del Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, para la financiación de la actuación protegida en materia de suelo para la modalidad de urbanización e inmediata edificación denominada "Unidad de Ejecución La Ramira", por un importe de 10.720,18 euros, correspondiente a las tres primeras fases. La cantidad de 16.516,06 euros, correspondiente a las siguientes fases, estará supeditada a la remisión de los fondos por parte del Ministerio de Fomento y a la consignación en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2.º Conceder a Trébol Inmobiliaria la subvención correspondiente a la ayuda complementaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía prevista en el artículo 127 del Decreto 149/2003, de 10 de junio, para la financiación de la citada actuación, por un importe de 24.512,62 euros, correspondiendo a las siguientes anualidades:

Subvención complementaria Junta Andalucía: 24.512,62.

Anualidad 2008: 24.512,62.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Huelva, 31 de agosto de 2006.- El Delegado, P.V.

(Decreto 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Francisco López Arboledas.

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