Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 24/10/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 29 de septiembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, dimanante del procedimiento verbal núm. 1095/2005. (PD. 4420/2006).

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NIG: 2906742C20050025400.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 1095/2005. Negociado:T.

De: Doña María del Carmen Ruiz Suárez.

Procuradora: María Tinoco García.

Contra: Don José Miguel Vicente Criado.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION SENTENCIA

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 1095/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga a instancia de María del Carmen Ruiz Suárez contra José Miguel Vicente Criado sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la ciudad de Málaga, a 5 de septiembre de 2006.

Vistos y examinados por mi don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dos de Málaga y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado bajo el núm 1095/05, a instancia de María del Carmen Ruiz Suárez, representado por el Procurador Sr. Tinoco García y asistido el Letrado Sra. Galvez Torres, contra José Miguel Vicente Criado; sobre desahucio por falta de pago de rentas.

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de la parte actora, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que tiene como objeto la vivienda sita en calle Salvador Barberá, núm. 3, 8-F de Málaga, así mismo declaro haber lugar al desahucio de don José Miguel Vicente Criado, condenándolo a que la deje libre, vacía y expedita y a disposición del actor, bajo apercibimiento de ser lanzado si no se verifica en el plazo legal, ello con expresa condena de las costas a la parte demandada.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Miguel Vicente Criado, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintinueve de septiembre de dos mil seis.- El/La Secretario.

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