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NIG: 2905441C20043000271.Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 175/2004. Negociado: JC.Sobre: Acción declarativa de dominio.De: Don Manuel Beltrán Gallego.Procurador: Sr. Rey Val, José Luis.Contra: Don Juan Moreno Rodríguez, Juan Pino Gallego, PedroSedeño Moreno, Ayuntamiento de Mijas y terceros afectos desconocidos.Procurador: Sra. Huéscar Durán, María José.Letrado: Sr. Manuel López Valverde.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 175/2004, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nú
mero 3 de Fuengirola, a instancia de Manuel Beltrán Gallego, contra Juan Moreno Rodríguez, Juan Pino Gallego, Pedro Sedeño Moreno, Ayuntamiento de Mijas y terceros afectos desconocidos, sobre acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM.
Juez que la dicta: Doña Rosa Fernández Labella.Lugar: Fuengirola.Fecha: Treinta de junio de dos mil cinco.Parte demandante: Manuel Beltrán Gallego.Abogado: Enrique Marín López.Procurador: Rey Val, José Luis.Parte demandada: Juan Moreno Rodríguez, Juan Pino Gallego, Pedro Sedeño Moreno, Ayuntamiento de Mijas y terceros afectos desconocidos.Abogado: Manuel López Alcaide.Procurador: Huéscar Durán, María José.
FALLO
Que debo desestimar y desestimo la acción declarativa de dominio e inscripción del dominio en el Registro de la Propiedad ejercitada por don Juan Moreno Rodríguez, don Juan Pino Gallego, don Pedro Sedeño Moreno, Ayuntamiento de Mijas y terceras personas ignoradas.
Todo ello sin imposición de costas a ninguno de los litigantes.
Contra esta Resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455, LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2, LEC).
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. MagistradoJuez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Fuengirola, a cuatro de julio de dos mil cinco.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s terceros afectados desconocidos, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a trece de septiembre de dos mil seis. El/La Secretario.
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