Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 30/10/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 17de octubre de 2006, de la Dirección General de Administración Local, por laque se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Escudo, Bandera, Logotipo y Lema del municipio de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) (Expediente núm.012/2006/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su Escudo, Bandera, Logotipo y Lema municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 18 de septiembre de 2006, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su Escudo, Bandera, Logotipo y Lema municipal, con la siguiente descripción:

-Escudo: Escudo español. En campo de azur, seis acebuches de sinople en faja, con troncos de sable, ordenados; sumado en jefe y centrado un sol naciente radiante de oro; flanqueados a diestra y siniestra por dos columnas de plata con basa, fuste y capitel, enlazadas con cinta azul celeste burelada en plata. Bordura de oro con el lema "Solúcar id est lucus solis" en sable. Al timbre, corona real abierta.

-Bandera: Bandera rectangular en la proporción 1/2, compuesta por tres franjas horizontales de igual anchura, paralelas entre sí y perpendiculares al asta: la primera azul celeste (Pantone 7457 C), la segunda blanca y la tercera azul celeste (Pantone 7457 C); centrado y sobrepuesto el escudo municipal.

-Logotipo: Contiene, de forma sintética, los elementos definitorios del escudo de Sanlúcar la Mayor: El Sol se representa con un medio arco con puntas hacia abajo prolongadas sobre la línea ondulada horizontal del bosque de acebuches, simulando el astro naciente. Las columnas se concentran en dos triángulos, figuras que se afinan y ondulan.

-Lema: "Sanlúcar la Mayor, ciudad solar".

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 29 de septiembre de 2006, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de su Escudo, Bandera, Logotipo y Lema municipal en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo 8.11 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

R E S U E L V E

Primero. Admitir la inscripción del Escudo, Bandera, Logotipo y Lema del municipio de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de octubre de 2006.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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