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En Granada, a 28 de septiembre de 2006.
Vistos por mí, don Alberto del Aguila Alarcón, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. 8 de Granada y de los de su partido, los autos del juicio ordinario núm. 1346/03, promovidos a instancia de la sociedad mercantil Decoraciones Musso, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Antonio Manuel Leyva Muñoz y asistida de la Letrada doña Ruth Carrillo Parejo contra don Rogelio Balibrea Romero, declarado en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad y responsabilidad legal del administrador en base a los siguientes
FALLO
Que estimando la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales don Antonio Manuel Leyva Muñoz, en nombre y representación de la sociedad mercantil Decoraciones Musso, S.L., debo condenar y condeno a don Rogelio Balibrea Romero al pago a la actora de la cantidad de diez mil quinientos noventa y cuatro euros con noventa y seis céntimos (10.594,96
) más el interés legal correspondiente desde la fecha de su vencimiento así como al pago de las costas causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.
Así, por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio literal para su unión a los autos, juzgando en primera instancia la pronuncio, mando y firmo.
E. -
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado rebelde don Rogelio Balibrea Romero, extiendo y firmo la presente en Granada, a veintiocho de septiembre de dos mil seis.- La Secretaria.
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