Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 02/02/2006

1. Disposiciones generales

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

RESOLUCION de 17 de enero de 2006, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan y se establecen las bases reguladoras de los Premios Meridiana 2006.

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El Reglamento del Instituto Andaluz de la Mujer, aprobado por el Decreto 1/1989, de 10 de enero modificado por el Decreto 120/1997, de 22 de abril, dispone en su artículo 2 que dicho organismo tiene por finalidad promover las condiciones para que la igualdad del hombre y la mujer andaluces sea real y efectiva, hace posible la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social, y superar cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política de la mujer.

Entre las diversas actuaciones que viene desarrollando el Instituto Andaluz de la Mujer para la celebración del día 8 de marzo, Día Internacional de las Mujeres, destaca la convocatoria, a nivel provincial, de los Premios Meridiana, en cuatro modalidades, con la finalidad de distinguir la labor desarrollada por personas, colectivos o instituciones que han destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

Estos premios han servido para incentivar y reforzar la relevante labor de personas, colectivos y entidades que con su trayectoria vital, personal o profesional han contribuido a hacer efectiva la presencia de las mujeres en los distintos sectores de nuestra Comunidad y a la consecución de su igualdad real.

La experiencia acumulada desde la primera edición de estos premios ha puesto de manifiesto la necesidad de renovarlos, al objeto de dotarlos de mayor relevancia y valor significativo como instrumentos de cambio y de futuro. Para ello, mediante la presente Resolución se procede a regular la convocatoria de los Premios Meridiana 2006 a nivel autonómico, incrementando las modalidades ya existentes, al objeto de abarcar los distintos ámbitos y sectores sociales.

En su virtud, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8 del Decreto 1/1989, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto Andaluz de la Mujer, modificado por el Decreto 120/1997 de 22 de abril, en relación con lo dispuesto en el artículo 44.5 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

R E S U E L V O

Primero. Objeto.

Mediante la presente Resolución se convoca la 9.ª edición de los Premios Meridiana 2006 y se establecen las correspondientes bases, con la finalidad de otorgar reconocimiento público a la labor desarrollada por personas, colectivos, entidades o instituciones que hayan contribuido y destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

Segundo. Modalidades.

Los Premios Meridiana se otorgarán en cada una de las siguientes modalidades:

- Iniciativas públicas y privadas en defensa de la igualdad.

- Iniciativas en los medios de comunicación o publicitarias a favor de la igualdad.

- Iniciativas de programas educativos, de sensibilización social y de cooperación al desarrollo.

- Iniciativas empresariales o tecnológicas en favor de la igualdad.

- Iniciativas de producción artística, cultural o deportiva.

- Iniciativas que contribuyan a la erradicación de la

violencia de género.

Tercero. Candidaturas.

Podrán optar a los Premios Meridiana en sus

distintasmodalidades todas aquellas personas mayores de edad, colectivos, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas, que con su trayectoria o labor hayan contribuido y destacado en la consecución del objetivo previsto en el punto primero.

Cuarto. Forma, documentación, lugar y plazo de presentación de candidaturas.

1. Las personas o entidades candidatas podrán ser propuestas por cualquier persona o entidad, pública o privada no pudiendo postularse a sí mismas.

El Jurado, también podrá proponer las candidaturas que, sin haber concurrido al certamen, consideren merecedoras de los premios, en cuyo caso, el acuerdo será adoptado de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley

30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones PúbIicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las candidaturas se formalizarán con la presentación de la siguiente documentación:

a) Instancia de la persona, colectivo, entidad o institución que haga la propuesta de candidatura, con expresión de sus datos significativos, en la que constarán los datos de

identificación de las personas, colectivos, entidades o instituciones propuestas como candidatas, y modalidad en la que se propone.

b) Memoria justificativa de los méritos y razones que han motivado la presentación de la candidatura, así como currículo vitae y/o memoria del proyecto o actividad desarrollada por la persona candidata.

3. La instancia y documentación a que se refiere el apartado anterior irán dirigidas a la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer y se presentarán, preferentemente en el Registro General de dicho organismo, sito en Sevilla, en C/ Alfonso XII, núm. 52, 41002, o en los lugares y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. El plazo de presentación de candidaturas finalizará el día

15 de febrero del presente año, salvo para las personas miembros del Jurado, que podrán proponerlas en la sesión que celebren para el fallo de los premios.

5. La participación en la presente Convocatoria supone la aceptación de las bases reguladoras de la misma, así como del fallo del Jurado y acto de concesión de los premios.

Quinto. Jurado.

1. La selección de las personas, colectivos y entidades premiadas estará a cargo de un Jurado presidido por la

Directora del Instituto Andaluz de la Mujer y constituido por tres Coordinadoras de las Direcciones Provinciales de dicho Instituto y tres personas expertas en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Actuará como Secretaria una funcionaria adscrita al Instituto Andaluz de la Mujer.

2. El Jurado, una vez constituido, ajustará su actuación a lo establecido en el Capítulo II del Título II de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, siendo su fallo inapelable.

Sexto. Premios.

1. Los premios, en sus seis modalidades, se harán públicos mediante Resolución de la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, pudiendo ser compartidos, cuando los méritos

reconocidos a las candidaturas así lo aconsejen, y ser

declarados desiertos cuando las candidaturas no reuniesen los méritos suficientes.

2. En cada una de las modalidades, los premios consistirán en una escultura, en cuya base aparecerá el lema "Premios

Meridiana 2006", y en un diploma acreditativo en el que se haga expresa mención de los méritos que motivan su

otorgamiento, cuya entrega se hará en acto público en el mes de marzo de 2006, en el que se celebra el Día Internacional de las Mujeres.

3. Cuando concurran circunstancias excepcionales, el Jurado podrá otorgar, por unanimidad, premios especiales no previstos en las modalidades recogidas en el punto segundo de la

presente Resolución.

Octavo. Incidencias.

Las incidencias surgidas en la aplicación de las bases de la presente Convocatoria serán resueltas por el Jurado.

Sevilla, 17 de enero de 2006.- La Directora, Ana Soledad Ruiz Seguín.

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