Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 15/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 24 de octubre de 2006, de la Delegación del Gobierno de Almería, por la que se publica el contenido de la resolución de concesión de subvenciones, en la Modalidad de Infraestructuras a Entidades sin ánimo de lucro, al amparo de la Orden que se cita.

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Examinadas y resueltas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 8 de febrero de 2006, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinadas al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2006 (BOJA núm. 36, de 22 de febrero de 2006), en la Modalidad de Infraestructuras a Entidades sin ánimo de lucro, esta Delegación del Gobierno

RESUELVE

Primero. Hacer público, a efectos de notificación conforme al art. 9.2.d) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, Resolución de fecha 11 de septiembre de 2006, por la que se conceden subvenciones, en la Modalidad de Infraestructuras a Entidades sin ánimo de lucro, al amparo de la Orden citada, y que se transcribe en el Anexo adjunto.

Segundo. El contenido íntegro de la mencionada Resolución se encuentra, asimismo, expuesto en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones del Gobierno correspondientes a los domicilios de las entidades solicitantes.

Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Almería, 24 de octubre de 2006.- El Delegado del Gobierno, Juan Callejón Baena.

ANEXO

RESOLUCION DE 24 DE OCTUBRE DE 2006, DE LA DELEGACION DEL GOBIERNO DE ALMERIA, POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES EN LA MODALIDAD DE INFRAESTRUCTURAS A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO, AL AMPARO DE LA ORDEN DE 8 DE FEBRERO DE 2006, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS E INFRAESTRUCTURAS DESTINADAS AL ARRAIGO, LA INSERCION Y LA PROMOCION SOCIAL DE PERSONAS INMIGRANTES EN EL AMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE POLITICAS MIGRATORIAS Y SE EFECTUA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2006

"Vistas las solicitudes presentadas por las Entidades sin ánimo de lucro, que en Anexo adjunto se relacionan, se constatan los siguientes

ANTECEDENTES

1.º Con fecha 22 de febrero de 2006 se publica la Orden de 8 de febrero de 2006, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2006, siendo admitidas 27 solicitudes de entidades sin ánimo de lucro en la modalidad de Infraestructuras.

2.º Examinadas las solicitudes, se comprueba que reúnen todos los requisitos exigidos en la citada Orden de Convocatoria.

3.º Los proyectos presentados constan de inversiones destinadas a la adquisición, construcción, reforma, reparación, conservación y equipamiento de centros, sedes y servicios de atención a los inmigrantes.

4.º Valoradas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, se estiman favorables para obtener subvenciones aquellas cuya puntuación alcanzan los 50 puntos en la Modalidad de Infraestructuras.

5.º Existe dotación presupuestaria para atender las solicitudes de subvención valoradas favorablemente.

Ante los anteriores hechos procede la siguiente

VALORACION JURIDICA

1.º El Delegado del Gobierno de Almería tiene la competencia delegada para dictar la presente Resolución, en virtud del artículo 11 de la Orden de 8 de febrero de 2006, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2006.

2.º El artículo 6.2 de la Orden de convocatoria establece que el procedimiento de concesión de subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, y el artículo 1.2, que estará limitado a la disponibilidad presupuestaria, por lo que ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes, atendiendo a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, con el fin de conceder subvenciones a las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración. Una vez valoradas todas las solicitudes de la Modalidad de Infraestructuras, que reúnen los requisitos exigidos en la citada convocatoria, la calificación mínima necesaria para obtener subvención se ha establecido en 50 puntos.

3.º Examinadas las solicitudes correspondientes al Anexo de referencia, se aprecia que han obtenido una calificación igual o superior a los 50 puntos y, por tanto, valoradas favorablemente según los criterios referidos para la obtención de una subvención en la Modalidad de Infraestructuras.

El resto de solicitudes que han obtenido una puntuación menor son contrarias a la estimación positiva de subvención.

En virtud de cuanto antecede,

RESUELVO

1.º Conceder a las Entidades sin ánimo de lucro, que se relacionan en el Anexo, las subvenciones que se especifican para cada una de ellas, con indicación del porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, por un valor total de 318.301,00 euros, para proyectos de Infraestructuras de atención a inmigrantes y denegar las restantes solicitudes que no han sido valoradas favorablemente.

2.º Las subvenciones serán abonadas en un solo pago, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.02.04.

78200.31J.1.

3.º El plazo de ejecución de los proyectos será el señalado en el Anexo de esta Resolución a contar desde la fecha de pago de la subvención.

4.º Las subvenciones concedidas habrán de ser justificadas en el plazo de un mes a contar desde la finalización del plazo de ejecución, mediante la presentación de los documentos a que se refiere el artículo 19 de la Orden de convocatoria.

5.º Las entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Orden de 8 de febrero de 2006.

6.º Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se dicte la resolución de reintegro, en los supuestos contemplados en el artículo 20 de la Orden de 8 de febrero de 2006.

A efectos de notificación, la presente Resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Gobernación y de las Delegaciones del Gobierno, sin perjuicio de la publicación de un extracto del contenido de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación referida, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Dado en Almería, a 24 de octubre de 2006. El Delegado del Gobierno de Almería. Firmado: Juan Callejón Baena.

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