Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 15/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 20 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas, por la que se aprueba la colaboración interadministrativa entre la Consejería y las entidades locales de Andalucía en materia de infraestructuras deportivas, cuya cuantía supera la cantidad de 100.000 euros en la modalidad de obras y 60.000 euros en la modalidad de equipamiento, correspondiente al ejercicio 2006.

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Vista las solicitudes y la documentación aportada por las Entidades Locales relacionadas en los Anexos de esta Resolución,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Solicitud de colaboración entre la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y las Entidades Locales Andaluzas para la dotación de Infraestructuras Deportivas, regulada en la Orden de 28 de marzo de 2005 (BOJA núm. 67, de 7 de abril), modificada por la de 10 de enero de 2006 (BOJA núm. 13, de 20 de enero), conforme a la Resolución de 17 de enero de 2006 (BOJA núm. 16, de 25 de enero), por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones para el año 2006, acompañada de la documentación prescrita en los artículos 8, 21 y 29 de la citada Orden.

Segundo. Recibida la solicitud, se instruyó el oportuno expediente, efectuándose todos los trámites legalmente previstos, habiéndose emitido informe por parte de las respectivas Delegaciones Provinciales y estudiando los criterios de valoración previstos en los artículos 6, 22 y 30 de la Orden de 28 de marzo.

Tercero. Mediante Resolución de 12 de mayo de 2006 (BOJA núm. 100, de 26 de mayo), se hace pública la concesión condicionada, a la presentación de la documentación prevista en los artículos 21 y 29 de la Orden de 28 de marzo, de subvenciones para la dotación de infraestructuras deportivas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 240/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, ésta es competente para firmar Convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias.

Segundo. En virtud del artículo 11 de la Orden de 28 de marzo de 2005, modificada por la de 10 de enero de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el procedimiento de colaboración entre la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y las Entidades Locales de Andalucía para la dotación de Infraestructuras Deportivas, el titular de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas, dictará Resolución, por delegación del Consejero, por la que se aprueba la colaboración interadministrativa para la dotación de Infraestructuras Deportivas.

Tercero. Para la Resolución de la solicitud se han tenido en cuenta los criterios de valoración que establecen los artículos 6, 22 y 30 de la Orden de 28 de marzo de 2005, así como el informe preceptivo de la Delegación Provincial, en su caso.

Cuarto. Esta Resolución se dicta con base en el cumplimiento de la Resolución de 12 de mayo de 2006 (BOJA núm. 100, de 26 de mayo), por la que se hace pública la concesión condicionada de subvenciones para la dotación de infraestructuras deportivas, así como el resto de la normativa vigente en materia de subvenciones.

Quinto. En la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales y en concreto la Orden de 28 de marzo de 2005 conforme a la Disposición Adicional Primera de la misma.

Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta lo establecido en la mencionada Orden, Disposiciones concordantes y demás normativa de general aplicación en la materia, esta Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas,

RESUELVE

Primero. Estimar las solicitudes de colaboración interadministrativa con las Entidades Locales que aparecen en los Anexos de esta Resolución, según la provincia a que pertenezcan, correspondientes a la convocatoria 2006, de cuantía superior a 100.000,00 euros para la modalidad de obras y a 60.000,00 euros para la de equipamiento, con cargo a la aplicación presupuestaria, para la actuación y por los importes establecidos en los citados Anexos.

Segundo. El régimen jurídico de las subvenciones concedidas será el establecido en las correspondientes Resoluciones individuales de concesión o Convenios de Colaboración, en su caso, a tenor de lo dispuesto en la Orden de 28 de marzo y demás normativa de general aplicación.

Tercero. Desestimar el resto de solicitudes presentadas y no previstas en los citados Anexos.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por el beneficiario, potestativamente, Recurso de Reposición ante la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación de la presente Resolución, o desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, en su caso, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado por silencio administrativo.

Sevilla, 20 de septiembre de 2006.- El Director General, Leonardo Chaves González

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