Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 21/11/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 8 de noviembre de 2006, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan becas de formación y apoyo al amparo de la Orden que se cita, en la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación y apoyo a la gestión en el ámbito del Plan de Formación del Instituto Andaluz de Administración Pública para las empleadas y empleados públicos.

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Los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobados por Decreto 50/1987, de 25 de febrero, establecen en su artículo 3 que, para la consecución de sus fines, el Instituto podrá convocar becas de estudio. Por su parte, la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 17 de octubre de 2006 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), establece las bases reguladoras para la concesión de becas de formación y apoyo a la gestión en el ámbito del Plan de Formación del Instituto Andaluz de Administración Pública para los empleados públicos.

El artículo 7 de la citada Orden establece que la convocatoria de dichas becas podrá efectuarse anualmente, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias existentes. Asimismo, en dicho precepto se dispone que la convocatoria de las mismas se realizará mediante Resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En consecuencia, y en virtud de las facultades conferidas por la referida normativa, esta Dirección

HA RESUELTO

Primero. Convocatoria.

La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria de dos becas de formación y apoyo en materia de análisis, gestión y evaluación de los procesos de formación que lleva a cabo el Instituto Andaluz de Administración Pública en su Plan anual, así como en el ámbito de la difusión y el marketing institucional del Plan Anual de Formación, de acuerdo con las bases reguladoras publicadas en la Orden antes citada, y con las condiciones y características que figuran en el Anexo I que acompaña a la presente Resolución.

Sevilla, 8 de noviembre de 2006.- El Director, Joaquín Castillo Sempere.

ANEXO I

1. Normativa de aplicación: Será de aplicación la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 17 de octubre de 2006 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación y apoyo a la gestión en el ámbito del Plan de Formación del Instituto Andaluz de Administración Pública para los empleados públicos, como normativa específica reguladora de las mismas, sin perjuicio de la aplicación de las normas referidas en el artículo 1.2 de dicha Orden.

2. Número de becas que se convocan: Dos (2).

3. Finalidad:

- Modalidad A: Formación y apoyo en materia de análisis, gestión y evaluación de los procesos de formación que lleva a cabo el Instituto Andaluz de Administración Pública en su Plan Anual.

- Modalidad B: Formación y apoyo en el ámbito de la difusión y el marketing institucional del Plan Anual de Formación.

4. Duración de las becas: Nueve meses, con carácter improrrogable y a contar desde la fecha de incorporación.

5. Cuantía de las becas: Cada una de las mencionadas becas de formación y apoyo tendrá una dotación mensual bruta de 1.100 euros, que se abonarán, por meses vencidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 3.1.11.31.01.00.481.00.12B, correspondiente a 2007, previa presentación de certificado del director del trabajo en el que conste el cumplimiento de las condiciones exigidas, y estará sujeta a las retenciones que procedan de acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes.

6. Régimen de concesión: Las citadas becas se concederán mediante un régimen de concurrencia competitiva, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6 de la citada Orden de 17 de octubre de 2006.

7. Requisitos generales de los aspirantes: Los exigidos en el artículo 3 de la Orden de 17 de octubre de 2006, así como:

a) Para la modalidad A:

- Estar en posesión del título universitario de Licenciado/a en Pedagogía o Psicopedagogía, sin que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de finalización de los estudios conducentes a la obtención de dicho título.

- Poseer conocimientos y/o experiencia práctica en materia de planificación y gestión de la formación en las organizaciones.

- Poseer conocimientos de informática a nivel de usuario.

b) Para la modalidad B:

- Estar en posesión del título universitario de Licenciado/a en Publicidad y Relaciones Públicas o Periodismo, sin que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de finalización de los estudios conducentes a la obtención de dicho título.

- Poseer conocimientos y/o experiencia práctica en materia de difusión y comunicación institucional.

- Poseer conocimientos de informática a nivel de usuario.

8. Plazo de presentación de solicitudes: Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

9. Organo competente: El procedimiento será resuelto mediante Resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.

10. Plazo de resolución y notificación: El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será el establecido en el artículo 11 de la citada Orden de 17 de octubre de 2006.

11. Solicitudes y documentación e informaciones: Las solicitudes para participar en el proceso de selección para la adjudicación de las becas reguladas en la presente Orden, dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, se formularán conforme al modelo de impreso que figura como Anexo II de la correspondiente convocatoria, acompañadas de la documentación que se indica en el apartado 3 del artículo 8 de la Orden de 17 de octubre de 2006.

12. La Resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, y frente a la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente de los de Sevilla, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la misma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición ante este mismo Instituto Andaluz de Administración Pública en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

13. Lugar y medios de publicación: Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas se publicarán en el tablón de anuncios del Instituto Andaluz de Administración Pública, sito en la Avenida Ramón y Cajal, núm. 35, de Sevilla, así como en la página web de este Organismo, en la dirección de Internet http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica, en los términos del artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismo efectos.

14. En todos los demás aspectos generales de la convocatoria no recogidos expresamente en la presente Resolución, tales como Comisión de Selección, criterios de selección, obligaciones de las personas becadas, etc., serán de aplicación las normas contenidas en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 17 de octubre de 2006.

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