Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 22/11/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 24 de octubre de 2006, del Ayuntamiento de Vélez Rubio, de bases para la selección de Personal Laboral.

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Don José Luis Cruz Amario, AlcaldePresidente del Ilmo. Ayuntamiento de Vélez Rubio (Almería).

HACE SABER

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de la Alcaldía de fecha 14 de abril de 2005, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ilmo. Ayuntamiento de Vélez Rubio (Almería), y de conformidad con lo dispuesto en el art. 91.2. de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como lo dispuesto en el Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, el AlcaldePresidente del llmo. Ayuntamiento de Vélez Rubio (Almería), en virtud de las competencias asignadas por el art. 21.1.g) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, por la presente vengo a

R E S O L V E R

Primero. Convocar pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes de personal laboral fijo en el Ayuntamiento de Vélez Rubio (Almería).

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de Peón de Mantenimiento, Grupo E, Nivel 14, vacante de personal laboral fijo, mediante concurso.

1.2. La adjudicación de la plaza a los aspirantes aprobados se efectuará de acuerdo con la calificación final obtenida.

1.3. Las pruebas selectivas constarán de una fase de concurso, de un supuesto práctico y de una entrevista personal en relación al puesto de trabajo a desempeñar.

1.4. La Fase de Concurso, que tendrá carácter eliminatorio, se estructura en la valoración de los siguientes puntos:

a) Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Pública, en la misma escala, subescala y grupo de clasificación al que se opta: 0.20 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.

b) Supuesto práctico relacionado con el puesto de trabajo a cubrir, hasta un máximo de 5 puntos.

c) Entrevista Personal relacionada con el puesto de trabajo a cubrir, hasta un máximo de 5 puntos.

1.5. La valoración de méritos se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos.

1.6. Se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen de 20,00 euros, que serán ingresados en la Entidad Cajamar en la Cta. Cte. 30580025162732000014.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Los aspirantes deberán cumplir los requisitos indicados a continuación en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

2.2. Tener 18 años cumplidos y poseer la nacionalidad española o de cualquier país miembro de la Unión Europea,

o en caso de ser extranjero cumplir los requisitos del art. 10 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, y de acuerdo con el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000.

2.3. No padecer enfermedad ni estar afecto por limitación fisica o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servico de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercico de funciones públicas.

2.5. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente para las plazas objeto del concurso.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas, será facilitada en la Secretaría del Ayuntamiento de Vélez Rubio.

3.2. A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:

3.2.1. Fotocopia compulsada del DNI o Tarjeta de Residencia.

3.2.2. Fotocopia compulsada o Certificado de los Títulos Académicos, demás méritos que pretendan acreditar en la Fase Concurso, y en definitiva acreditación de toda la puntuación adicional que aleguen.

3.3. Informe de Vida Laboral.

3.4. Las solicitudes irán dirigidas al AlcaldePresidente del llmo. Ayuntamiento de Vélez Rubio.

3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.6. La presentación de solicitudes podrá efectuarse en el Registro General del Ayuntamiento de Vélez Rubio, o en la forma que establece el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.7. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. El domicilio que figura en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del concursante, tanto los errores en la consignación del mismo como la no comunicación de cualquier cambio de domicilio.

3.8.

De acuerdo con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, si la solicitud no reuniera los datos exigidos o no se aportan los documentos previstos en estas Bases, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta.

Cuarta. Admisión de solicitudes.

4.1.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el AlcaldePresidente del Ayuntamiento publicará en los tablones de anuncios de este Ayuntamiento, en el plazo máximo de un mes, Resolución por la que se aprueba la lista provisional de concursantes admitidos y excluidos, con expresión, en su caso, de las causas de la exclusión.

4.2. Se concederá un plazo de diez días hábiles a efectos de reclamación ante el AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Vélez Rubio. Transcurrido dicho plazo, se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos, en la que se resolverán las reclamaciones presentadas contra la lista provisional. La publicación se realizará igualmente en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Vélez Rubio.

4.3.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Vélez Rubio en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de su publicación en los tablones de anuncios de dicho Ayuntamiento.

Quinta. Tribunal.

5.1.

El Tribunal calificador de estas pruebas estará formado por:

Presidente: El AlcaldePresidente o Concejal de Personal del Ayuntamiento de Vélez Rubio.

Vocales:

Un Concejal designado por el Alcalde.

Un funcionario del Ayuntamiento de categoría igual o superior a la exigida para la participación en la presentes pruebas nombrado por el Alcalde.

Un Técnico nombrado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Un miembro del Comité de Empresa nombrado por éste.

Secretario: El Secretario del Ayuntamiento de Vélez Rubio o persona en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

Cada uno de los miembros tendrá designado un suplente.

5.2. Con independencia del personal colaborador que será nombrado por resolución de la Alcaldía, el Presidente del Tribunal podrá disponer la incorporación al mismo de asesores especialistas (con voz pero sin voto) para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal en los casos y formas que establece el art. 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, así como en el resto de los casos previstos en el párrafo anterior.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del presidente titular o suplente.

5.6.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la del Ayuntamiento de Vélez Rubio, en Plaza de la Encarnación, núm. 1.

Sexta. Desarrollo de las pruebas.

6.1.

La valoración de méritos y la entrevista personal, en su caso, se celebrarán en el Ayuntamiento de Vélez Rubio.

6.2. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3. Si en el transcurso del procedimiento selectivo el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su exclusión al AlcaldePresidente, comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión, a los efectos procedentes. Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso ordinario ante el AlcaldePresidente.

6.4. Los aspirantes serán convocados para la entrevista en único llamamiento.

6.5. La publicación del anuncio de la celebración de la entrevista personal, en su caso, se efectuará por el Tribunal en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para la realización

o iniciación de los mismos.

Séptima. Lista de aprobados.

7.1. Concluida la valoración de los méritos y la realización de la entrevista, en su caso, de la fase de concurso correspondiente a estas pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la relación de aspirantes, con indicación de la puntuación obtenida y del documento nacional de identidad.

7.2. El Tribunal elevará a la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Vélez Rubio, la relación definitiva de los aspirantes aprobados, en la que constarán la calificación total, siendo vinculante para la Administración, salvo que se hubiera incurrido en defectos esenciales de procedimiento.

Esta relación será hecha pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

7.3.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por el presente Acuerdo de convocatoria. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

Octava. Presentación de documentos y elección de plazas.

8.1.

En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas en el Tablón de Anuncios la relación definitiva de aprobados, éstos deberán presentar ante el Ayuntamiento de Vélez Rubio, la petición de elección de plaza.

8.2.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Novena. Contratación y toma de posesión.

9.1.

El AlcaldePresidente dictará Resolución que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, con expresión de los aspirantes aprobados y del destino concreto adjudicado, ofertándoles la firma del contrato de trabajo.

9.2. En el plazo improrrogable de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del nombramiento, deberán los interesados firmar el contrato de trabajo e incorporarse a sus respectivos destinos, perdiendo los derechos de las pruebas selectivas quienes dejaran pasar el plazo para incorporarse, salvo los casos de fuerza mayor.

9.3. La firma del contrato y la toma de posesión de los interesados se realizará previa presentación por escrito de los mismos de la declaración de no encontrarse en situación de incompatibilidad para el desempeño de la plaza, o bien haber efectuado la opción regulada por el artículo 10 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.

Vélez Rubio, 24 de octubre de 2006. El Alcalde.

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