Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 22/11/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 7 de noviembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Seis de Fuengirola, dimanante del procedimiento verbal núm. 360/2006. (PD. 4893/2006).

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EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Verbal-Desah. F. Pago (N) 360/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Seis de Fuengirola, a instancia de Fuenaban, S.L., contra Reformas y Servicios Inmobiliarios Fuengirola, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

"SENTENCIA

En Fuengirola, a 2 de noviembre de 2006.

Vistos por M.ª Esperanza Fernández Rodríguez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Seis de Fuengirola, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 360/06, seguidos a instancia de Fuenaban, S.L., representado por la Procuradora doña M.ª Isabel Luque Rosales y dirigido por el Letrado don Luis Fernández Inglés, contra Reformas y Servicios Inmobiliarios, S.L., en rebeldía, sobre desahucio por falta de pago.

Vistos los preceptos generales citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que, estimando íntegramente la demanda formulada por Fuenaban, S.L., contra Reformas y Servicios Inmobiliarios, S.L., debo condenar y condeno a este último:

- Tener por resuelto el contrato de arrendamiento de los locales sitos en Avda. Condes San Isidro, núm. 20, planta 1.ª, letras A y B, de Fuengirola, suscrito entre las partes citadas en fecha de 1 de febrero de 2005 y a desalojar los mencionados locales. No realizándolo en el plazo de 20 días desde que le fuera notificada esta sentencia, si no recurriera la misma, se procederá a su lanzamiento, con el auxilio de la fuerza pública si fuera necesario, el día 18 de diciembre de 2006, a las 10,00 de sus horas, si el actor así lo solicita por los trámites del art. 549 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

- Al pago de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberán preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

M.ª Esperanza Fernández Rodríguez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Seis de Fuengirola."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la entidad demandada, Reformas y Servicios Inmobiliarios Fuengirola, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a siete de noviembre de dos mil seis.- La Secretaria.

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