Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 22/11/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de lo Social

Edicto de 24 de octubre de 2006, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de los autos núm. 1301/05. (PD. 4892/2006).

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EDICTO

El/la Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 279/2006, sobre Ejecución, a instancia de Alberto Pastor Toro contra Agencia de Transportes de La Blanca, en la que con fecha 12.6.06 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Ilma. Dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 4.422

en concepto de principal, más la de 707,52

calculadas para intereses y costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma al Agente Judicial de servicio de este Juzgado, para que asistido del/de la Secretario/a o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto las diligencias acordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si fuese necesario.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado requiérase al ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual y en virtud del art. 248 de la L.P.L., líbrense oficios al Servicio de Indices en Madrid y al Decanato de los Juzgados de esta capital a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma la llma. Sra. doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social Numero Seis de Málaga. Doy fe.

El/La Magistrado/Juez; El/La Secretario/a.

Y para que sirva de notificación en forma a Agencia de Transportes de La Blanca, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Málaga, veinticuatro de octubre de 2006.- El/La Secretario/a Judicial.

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