Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 22/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Orden de 10 de noviembre de 2006, por la que se modifica la de 24 de febrero de 2006, que regula la distribución de las transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la Nivelación de servicios municipales en el ejercicio 2006 y se distribuye una dotación adicional de 30.143.406 euros.

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Por Orden de 24 de febrero de 2006 (BOJA núm. 50 de 15 de marzo de 2006) se reguló la distribución de las transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la Nivelación de los servicios municipales para el ejercicio 2006, mediante un modelo de reparto que contempla criterios de capacidad y necesidad en los distintos municipios, a la vez que proporciona un marco financiero estable para todas las entidades locales beneficiarias.

El Fondo de Nivelación, que constituye una de las líneas preferentes sobre las que la administración autonómica actúa, aportando un importante volumen de recursos a los municipios, ha tenido un notable crecimiento en los últimos ejercicios y, continuando en esta dirección, en el ejercicio 2006, ha experimentado un crecimiento de un doce por ciento sobre el ejercicio anterior.

El continuo interés de la administración autonómica para mejorar la situación financiera de los municipios andaluces, ha dado como resultado el que se pueda disponer de una dotación adicional de 30.143.406 euros para destinarlos a esta finalidad. Esta cifra supone más del treinta por ciento de la cifra inicialmente presupuestada, lo que sitúa el crecimiento de la dotación para nivelación municipal en el ejercicio 2006 en un 49,6% respecto al ejercicio anterior.

Con objeto de que esta dotación extraordinaria alcance a todos los municipios, la distribución del mismo se realizará de manera proporcional al peso que cada uno de ellos tiene en el fondo de la distribución ordinaria del fondo presupuestado para el ejercicio.

En su virtud, en uso de las facultades y competencias conferidas por el artículo 50 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, previo informe del Consejo Andaluz de Municipios.

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

Se distribuye entre los municipios andaluces una dotación adicional de 30.143.406 euros, complementaria de la prevista en la Orden de 24 de febrero de 2006, por la que se regula la distribución de las transferencias a los Ayuntamientos Andaluces para la Nivelación de Servicios Municipales en el ejercicio 2006, de acuerdo con los criterios previstos en el artículo siguiente.

Artículo 2. Criterio de reparto.

La distribución de esta dotación extraordinaria se realizará de forma proporcional a la dotación de nivelación que le hubiese correspondido a cada municipio con respecto del total del Fondo de Nivelación inicialmente previsto en el presupuesto del ejercicio 2006, por lo que cada municipio experimentará un incremento sobre lo percibido del 33,6 %.

Artículo 3. Municipalización de las transferencias y agrupación por provincias.

Con base en los criterios de valoración señalados en el artículo anterior, el incremento del crédito de este programa se distribuye a los municipios andaluces según las cantidades que se recogen en el Anexo a esta Orden y que contiene la siguiente agrupación provincial:

- Almería 3.536.199,06 euros

- Cádiz 2.595.113,34 euros

- Córdoba 3.115.486,90 euros

- Granada 5.422.839,84 euros

- Huelva 2.514.947,87 euros

- Jaén 3.547.549,97 euros

- Málaga 4.470.932,13 euros

- Sevilla 4.940.336,89 euros

Artículo 4. Gestión, forma de pago y justificación.

Las transferencias que se efectúen, con ocasión de la distribución de este fondo adicional, se realizarán por la Delegación del Gobierno en cada provincia en un único pago y se justificarán por los municipios beneficiarios en la forma prevista en el artículo 8 de la Orden de 24 de febrero de 2006.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de noviembre de 2006

EVANGELINA NARANJO MARQUEZ

Consejera de Gobernación

ANEXO

DISTRIBUCIÓN DE LOS IMPORTES ADICIONALES QUE CORRESPONDERÁN A CADA MUNICIPIO CORRESPONDIENTES A LAS TRANSFERENCIAS PARA LA NIVELACIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES

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