Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 27/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 29 de septiembre de 2006, por la que hace pública la concesión de subvención excepcional a la Universidad "Pablo de Olavide" de Sevilla.

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La justa administración de la justicia, requiere un adecuado asesoramiento a los Jueces acerca de los temas que deben enjuiciar. Los relacionados con la Psiquiatría y Psicología son trascendentales ya que ambas ciencias son decisivas a la hora de aportar información en casos de asesoramiento acerca del estado psíquico de un individuo en el momento de cometer un delito; en el caso de secuelas psíquicas en accidentes, agresiones y violencia sobre la mujer; idoneidad de los padres para custodia de los hijos en separaciones matrimoniales, etc.

Este curso versa sobre temas de actualidad jurídica y con él se pretende realizar una aproximación a la realidad de la Psiquiatría y Psicología Forense así como las soluciones que pueden aportar al Derecho; suponiendo un adecuado foro para el intercambio de conocimientos y experiencias en asuntos de enorme interés. Además provocan que los estudiantes de Derecho, Periodismo, Medicina, Psicología, Psiquiatría y otros profesionales relacionados con la materia, como Forenses, Cuerpos de Seguridad, etc. se aproximen a estos temas. Para ello contamos con destacados profesionales que ayudarán a aclarar todas las vicisitudes planteadas.

Por parte de la entidad promotora de esta actividad, la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, se solicita a la Consejera de Justicia y Administración Pública, la concesión de una subvención excepcional de una cuantía de 5.000 euros, para cubrir parte de los gastos que supone la organización de este curso.

A C U E R D O

Conceder subvención excepcional a la Universidad "Pablo de Olavide", de Sevilla, con destino a cubrir parte de los gastos de organización del Curso de Verano: "Olavide en Carmona" 4.ª edición, "Psiquiatría y Psicología Forense: dos ciencias imprescindibles en la Administración de Justicia", por una cuantía de 5.000,00 euros.

Esta subvención excepcional se concede en virtud de lo previsto en el artículo 22 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre, en el artículo 107 de la Ley 5/1983 General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de 19 de julio, que establece la posibilidad de concesión de subvención excepcional si se dan los supuestos de interés público, social económico o humanitario, o bien, existan dificultades para realizar convocatoria pública.

En este caso, existe un acreditado interés público y social en la celebración de este Curso, por la contribución a la formación de profesionales y estudiantes universitarios y la divulgación de estas materias, así como su aportación al mundo del Derecho en estrecha colaboración con la Justicia. Está justificada la realización de la solicitud de subvención a esta Consejería debido a la especial vinculación de la misma con la materia sobre la que trata el curso.

La Consejería de Justicia y Administración Pública, en virtud del Decreto 22/2004, de 11 de mayo que establece su estructura orgánica, modificado el Decreto 132/2005, de 11 de mayo, establece las competencias de ésta en materia de formación a los operadores jurídicos, colaboración con las Universidades para la mejora de la Administración de Justicia y de cooperación con la Justicia. Por ello, tiene competencias para la concesión de subvención excepcional con destino a la organización de un curso de esta naturaleza.

La subvención excepcional se concede por una cuantía de 5.000 euros, con el objeto de cubrir parte de los gastos de organización del curso, que asciende a un total de 9.890,00 euros. El resto será soportado por los ingresos previsibles en concepto de matrícula, por la propia entidad subvencionada y por el Ayuntamiento de Carmona.

Esta subvención irá destinada a correr con parte de los gastos que suponen la dirección/coordinación, el desplazamiento, la manutención y el alojamiento de los conferenciantes y ponentes, y las retribuciones por la impartición de conferencias.

El abono de esta subvención se imputará a un sólo ejercicio presupuestario correspondiente a 2006, atendiendo a que la actividad se celebra entre el 3 y el 7 de julio del presente año. Al ser la cuantía inferior a 6.010,00 euros su pago se realizará en un sólo ingreso del 100%, y tendrá un plazo de tres meses para la justificación de la actividad.

Por tanto, el abono, la imputación y justificación se realizará tal y como se señala a continuación:

- Anualidad 2006: 5.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.441.00.14B.1. Dicho importe se abonará en un sólo pago que deberá ser justificado a los tres meses desde su ingreso.

Esta subvención excepcional se regirá por la Ley 38/2003 General de Subvenciones, por la Ley 5/1983 General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás disposiciones normativas de desarrollo de las mismas.

Sevilla, 29 de septiembre de 2006

MARÍA JOSÉ LÓPEZ GONZÁLEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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