Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 28/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 31 de octubre de 2006, de la Dirección General de Intermediación e Inserción Laboral del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se actualizan las cuantías de los importes máximos de las ayudas establecidas en el artículo 14.1 de la Orden de 22 de enero de 2004, así como las fijadas en el artículo 9 de la Orden de 2 de febrero de 2004.

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La Orden 22 de enero de 2004 por la que se establecen las normas reguladoras para la concesión de ayudas del Programa de Orientación Profesional y se regula el Programa de Itinerarios de Inserción (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2004), establece en su artículo 14.1 los importes de las ayudas para cubrir los costes salariales del personal técnico y de apoyo administrativo para la implantación de Unidades de Orientación.

Asimismo, el artículo 9 de la Orden de 2 de febrero de 2004, por la que se regula el Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, de Acompañamiento a la Inserción y se convocan las ayudas para su ejecución (BOJA núm. 30, de 13 de febrero), fija en su apartado 1, los importes máximos de las ayudas para costes salariales del personal técnico.

En base a lo anteriormente expuesto, la presente Resolución tiene como finalidad actualizar las cuantías de las ayudas establecidas en los artículos 14.1 de las Orden 22 de enero de 2004 y 9.1 de la Orden de 2 de febrero de 2004.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el art. 14 de la Orden 22 de enero de 2004 y 9.1.1 de la Orden de 2 de febrero de 2004, respectivamente.

RESUELVO

Primero. Con efecto desde la fecha de Resolución de concesión de la convocatoria correspondiente al año 2007, de acuerdo con lo establecido en el artículo único de la Orden 16 de septiembre de 2005, de unificación de plazos de presentación de solicitudes de determinadas órdenes de convocatoria de ayuda de distintos programas que gestiona el Servicio Andaluz de Empleo, los importes máximos de las ayudas establecidas en el apartado 1 del artículo 14 de la Orden 22 de enero de 2004 serán:

El personal técnico: 29.321,50 euros por año.

El personal de apoyo administrativo: 20.525,05 euros por año.

Segundo. Con efecto desde la fecha de Resolución de concesión de la convocatoria correspondiente al año 2007, de acuerdo con lo establecido en el artículo único de la Orden 16 de septiembre de 2005, los importes máximos de las ayudas establecidas en el apartado 1 del artículo 9 de la Orden 2 de febrero de 2004 serán:

- 29.321,50 euros por año técnico/a, cuando dispongan de titulación universitaria.

- 24.156,19 euros por año, cuando dispongan de titulación de Formación Profesional específica.

Tercero. La presente Resolución entrará en vigor a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que emitió la Resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, o, potestativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de octubre de 2006.- El Director General de Intermediación e Inserción Laboral del Servicio Andaluz de Empleo (P.D. del Consejero de Empleo), Antonio Toro Barba.

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