Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 29/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 13 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la Bandera y el Himno del municipio de Torredonjimeno (Jaén) (Expediente núm. 026/2006/SIM).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Torredonjimeno (Jaén), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de la Bandera y el Himno municipales, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 28 de septiembre de 2006, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de la Bandera y el Himno municipales, con la siguiente descripción:

- Bandera: Paño rectangular de proporciones 2:3, partido por mitad vertical, de color rojo la parte cercana al asta y de color blanco la del batiente. Del ángulo inferior izquierdo al ángulo superior derecho una banda verde fileteada de blanco.

- Himno: Música: la que consta en el expediente y cuya partitura para voz se adjunta como Anexo.

Letra:

Torredonjimeno, luz de amanecer,

tus plazas y calles me han visto crecer,

sol de campesinos, tierra de olivares,

trazan los caminos de tu renacer.

Somos tosirianos, gente sin temor,

pueblo humilde y noble de buen corazón

siglos de esperanza unen como hermanos

un futuro en alza con tu tradición.

¡Viva nuestra bandera,

nuestro orgullo y nuestro honor,

sentimientos que llenan

una vida de esplendor!

Los Santos Patronos y Consolación,

miran desde el cielo y escuchan mi voz;

sobre

las Quebradas

se eleva el Calvario,

donde las campanas repican al son.

¡Viva nuestra bandera,

nuestro orgullo y nuestro honor,

sentimientos que llenan

una vida de esplendor!

¡Viva nuestra bandera,

nuestro orgullo y nuestro honor,

sentimientos que llenan

una vida de esplendor!

Siempre contigo,

dándote amor."

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 17 de octubre de 2006, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de la Bandera y el Himno municipales en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo 8.11 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción de la Bandera y el Himno del municipio de Torredonjimeno (Jaén), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de noviembre de 2006.- El Director General, Juan R. Osuna Baena

Descargar PDF