Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 30/11/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 5 de octubre de 2006, de la Dirección General de Inspección y Evaluación, por la que se hace pública la Relación Mensual de Beneficiarios de la ayuda "Médica, Protésica y Odontológica", correspondiente al personal destinado en los servicios centrales.

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Concluido el proceso de comprobación de requisitos de las solicitudes de la ayuda "Médica, protésica y odontológica", presentadas por el personal destinado en los Servicios Centrales de esta Administración al 31 de mayo, y demás actuaciones fiscales necesarias para el pago, procede publicar el listado de personas beneficiarias, correspondiente al mes de mayo, con las cantidades concedidas, para conocimiento de las mismas.

En base a todo lo expuesto y a la competencia que me confiere la Disposición Adicional Primera, de la Orden de la Consejera de Justicia y Administración Pública, citada en el apartado anterior, en relación con el Decreto 132/2005, de 24 de mayo (BOJA núm. 102, de 27 de mayo), que establece la estructura orgánica de esta Consejería,

D I S P O N G O

Publicar la relación mensual de mayo, de personas beneficiarias de la ayuda "Médica, protésica y odontológica", correspondiente al personal destinado en los Servicios Centrales.

A tales efectos, la relación quedará expuesta en esta Consejería y su consulta podrá realizarse, además, a través de las paginas webs: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica, seleccionando Profesionales Públicos, Administración General, Ayudas de Acción Social, Ayudas continuadas, servicios centrales y en la web del empleado público, http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/empleadopublico.

Contra lo establecido en la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:

El personal funcionario y no laboral, podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviera el demandante su domicilio, a elección de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El personal laboral, podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 5 de octubre de 2006.- El Director General, Javier de la Cruz Ríos.

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