Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 7/12/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Acuerdo de 31 de octubre de 2006, del Consejo de Gobierno, por el que se resuelve el procedimiento para la Declaración de Urgente Ocupación de los Terrenos Afectados por la Expropiación Forzosa solicitada por el Entidad Mercantil "Cobre Las Cruces, S.A.", por la implantación de la Escombrera Sur para la explotación de recursos mineros de Sección C) dentro de la concesión de explotación denominada "Las Cruces", núm. 7.532-A, sita en los términos municipales de Gerena, Guillena y Salteras (Sevilla). (PP. 4777/2006).

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Primero. Con fecha 6 de agosto de 2003, se dicta por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la entonces Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, resolución en virtud de la cual se procede al otorgamiento por un período de 30 años de la Concesión Derivada de Explotación para recursos minerales de la Sección C), cobre, denominada "Las Cruces" Núm. 7.532-A, ubicada sobre una superficie de 100 cuadrículas mineras, sita en las localidades de Gerena, Guillena y Salteras (Sevilla), a favor de la Entidad "Cobre Las Cruces, S.A."

Segundo. Entre las infraestructuras necesarias para la ejecución del proyecto "Las Cruces" se encuentra la instalación de la Escombrera Sur y actuaciones relacionadas.

Tercero. Con fecha 20 de septiembre de 2005, se presenta por la sociedad "Cobre Las Cruces, S.A." ante la Delegación Provincial de la Consejeria de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla, solicitud de inicio del procedimiento de expropiación forzosa, asi como su elevación al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para la correspondiente declaración de la necesidad de urgente ocupación de los terrenos afectados por la implantación de la Escombrera Sur y actuaciones relacionadas.

Cuarto. Con fecha de 25 de octubre de 2005, en cumplimiento del artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, se acuerda la apertura del trámite de información pública, mandándose publicar la relación concreta e individualizada de los bienes que el beneficiario considera de necesaria expropiación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, en el Diario ABC y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Salteras.

Quinto. Finalizado el trámite de información pública, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento y presentar las Alegaciones que estime oportunas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, no se presenta ninguna alegación.

Sexto. Con fecha 9 de mayo de 2006, se dicta por la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla, resolución en virtud de la cual se autoriza el Plan de Labores de la explotación de referencia para el año 2006.

Séptimo. Con fecha 30 de junio de 2006, se presenta por la entidad "Cobre Las Cruces, S.A." ante la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla escrito por el cual se procede a comunicar la adquisición de nueve de las parcelas recogidas en la relación de bienes y derechos publicadas, por lo que se consideran excluidas del presente expediente de ocupación temporal. Unicamente quedan por expropiar las parcelas 19 y 20 del polígono 1 y la parcela 7 del polígono 2, pertenecientes a don Evaristo Rodríguez Méndez como titular catastral, y a doña Ana y doña María Malagón Reyes, como titulares actuales.

Octavo. Con fecha 7 de julio de 2006, se presenta por la sociedad beneficiaria el justificante del pago de las tasas correspondientes a la tramitación del expediente de expropiación forzosa.

Noveno. Con fecha 19 de julio de 2006, se dicta por la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla propuesta de resolución favorable a la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia sobre los siguientes terrenos:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La competencia para resolver este expediente la tiene otorgada el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en virtud de lo dispuesto en las siguientes disposiciones:

Artículo 34 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Andalucía (BOJA núm.

9, de 11 de enero de 1982).

Artículo 26.15 y Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 60, de 29 de julio).

Articulo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

Artículo 56.1 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE 29 de junio).

Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas (BOE núm. 62, de 14 de marzo de 1983).

Segundo, En virtud del artículo 105 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y su correlativo, el artículo 131 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería, el titular legal de una concesión de explotación tiene derecho a la expropiación forzosa y a la ocupación temporal de los terrenos que sean necesarios para el emplazamiento de los trabajos, instalaciones y servicios. En este sentido, la entidad "Cobre Las Cruces, S.A." es titular de la concesión de explotación minera denominada "Las Cruces" Núm. 7.532-A, descrita en el antecedente primero.

Tercero. Asimismo, el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa establece que mediante acuerdo del Consejo de Gobierno podrá declararse urgente la ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que dé lugar la realización de una obra o finalidad determinada. En relación con el proyecto "Las Cruces, S.A." los motivos que justifican la aplicación en el procedimiento expropiatorio del trámite de declaración de necesidad de la urgente ocupación son:

- El Plan de Labores autorizado por la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla contempla las obras de extracción de material estéril a cielo abierto para llegar a la veta de mineral.

- En cumplimiento de la programación del proyecto aprobado y atendiendo a las consideraciones medioambientales, de impacto visual y de seguridad minera, el avance de la actual Escombrera Sur en ejecución, se aproxima, a consecuencia del volumen de material estéril acumulado, a las parcelas motivo de ocupación. Por tanto, son de urgente realización las labores de preparación de los terrenos a ocupar para la implantación de la citada escombrera y las instalaciones e infraestructuras necesarias en el mismo, como son: cierre perimetral de seguridad, paso de líneas eléctricas aéreas, paso de conducciones de abastecimiento y evacuación de aguas, paso de tuberías y sondeos del sistema de drenaje y reinyección del acuífero, y paso del trazado modificado del Cordel de Conti a La Ramira.

- Asimismo, la ejecución de este proyecto traerá consigo un crecimiento del tejido productivo de la zona, que conllevará la creación de un importante número de puestos de trabajo, circunstancias que justifican sobradamente el interés social del mismo.

Cuarto. A lo largo del desarrollo del procedimiento ha quedado acreditado el intento de llegar a un acuerdo amistoso de contrato de constitución de servidumbre con los propietarios incluidos en la relación de bienes presentada por la sociedad beneficiaria, mediante la aportación de copia de los escritos con las ofertas elaboradas remitidos por vía burofax.

Quinto. Durante el trámite de Información Pública no se ha presentado ninguna alegación, por lo que se comunica al Ministerio Fiscal el presente procedimiento de expropiación forzosa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y particular aplicación, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en su reunión del día 31 de octubre de 2006,

ACUERDA

Primero. Declarar la necesidad de ocupación y el carácter urgente de la misma, de los siguientes bienes y derechos:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 36)

Segundo. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de la notificación del mismo a las partes interesadas.

Contra el presente Acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, Recurso de Reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de octubre de 2006.

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

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