Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 12/12/2006

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Otros. Diputaciones

Anuncio de 15 de septiembre de 2006, de la Diputación Provincial de Almería, de bases para la selección de Redactores, grupo C.

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CONVOCATORIA DE OPOSICION PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE CUATRO PLAZAS DE REDACTOR (GRUPO C) DEL ORGANISMO AUTONOMO LOCAL "AGENCIA DE COMUNICACION LOCAL" DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA 1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de Concurso-Oposición para la provisión en propiedad de cuatro plazas de Redactor, Grupo C

Están dotadas con las retribuciones establecidas en la relación de puestos de trabajo de los trabajadores del organismo autónomo denominado Agencia de Comunicación Local de la Diputación Provincial de Almería para los Redactores del Grupo C

La Agencia de Comunicación Local podrá fijar el lugar de residencia en cualquier municipio de la provincia de Almería

2. Condiciones generales de capacidad que habrán de reunir todos los aspirantes

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos previstos en la Ley

b) Tener cumplidos dieciocho años

c) Estar en posesión de título de Bachiller, FP 2.º grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes, así como del carnet de conducir B

d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas

3. Solicitudes y documentos a presentar

Los aspirantes deberán presentar solicitud en modelo oficial en la que soliciten tomar parte en el Concurso-Oposición y manifiesten que cumplen todas y cada una de las condiciones generales exigidas en la base segunda, adjuntando fotocopia de los documentos que acrediten que, efectivamente, cumplen estas condiciones, exceptuando las recogidas en los puntos d) y e), que habrán de acreditarse posteriormente

Podrán solicitar la incorporación a su instancia, de documentos que obren en poder de la Agencia de Comunicación Local de Almería, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que el documento fue presentado e indiquen órgano y fecha en que se presentó

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por prestación de servicios por participación en pruebas selectivas de acceso a puestos de trabajo, los aspirantes deberán abonar la cantidad de 9 euros, adquiriendo en Tesorería el correspondiente sello provincial, que deberá figurar adherido a la solicitud solicitando participar en el concurso-oposición

Los documentos que han de aportarse para acreditar que se cumplen las condiciones indicadas en la base 2 (apartados a y c) son los siguientes: 1. Documento Nacional de Identidad o documento de identificación del país comunitario correspondiente

2. Título exigido o resguardo de haber abonado los derechos por su expedición

3. Carnet de conducir B

En dicha solicitud deberá figurar una foto tipo carnet del aspirante

A la solicitud habrán de adjuntarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados. La documentación podrá presentarse en fotocopias simples. No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén justificados por el documento correspondiente o fotocopia del mismo presentado dentro del plazo de admisión de solicitudes

Las personas con minusvalías, debidamente acreditadas por los órganos competentes de la Consejería correspondiente de la Junta de Andalucía, podrán solicitar en la solicitud adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas; adjuntando tanto la certificación que acredite su condición de minusválido, como la que acredite su aptitud para el desempeño de las funciones de Redactor (Grupo C). A tal efecto, los tribunales podrán requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral sanitaria o de servicios sociales

4. Plazo y forma de presentación de documentos

Las solicitudes y documentación se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. En el supuesto de presentación de solicitudes en Administración distinta a la Diputación de Almería, el particular deberá comunicar mediante Fax o telegrama la presentación de la instancia o documento, que deberá ser recibido en esta Diputación en el plazo máximo de diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación

Terminado el plazo de admisión de instancias, en el plazo de un mes, como máximo, el Presidente de la Agencia de Comunicación Local dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el BOP, se indicará el lugar en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación del plazo de subsanación que, en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administración Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos y determinando lugar y fecha de comienzo de los ejercicios

La publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado

5. Procedimiento de selección de los aspirantes

Constará de dos fases: A) Fase de concurso. El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes, con arreglo al siguiente baremo: BAREMO DE MERITOS 1. Méritos profesionales

1.A. Por cada mes completo de servicios prestados en puestos encuadrables en el grupo C o superiores, realizando labores de periodismo radiofónico en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos

1.B. Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en la Agencia Comunicación Local Radio S.L. u Organismo Autónomo de la Diputación Provincial de Almería, la valoración de cada mes se incrementará en: 0,030 puntos

1.C. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas, en puestos encuadrables en el grupo C o superiores, realizando labores de periodismo radiofónico: 0,02 puntos

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial

2. Méritos académicos 2.a. Una diplomatura, Grado Superior de FP específica o FP II Grado, en todo caso en la misma área de conocimientos que los exigidos para la plaza/puesto: 1,00 punto

Las titulaciones que se valorarán en este apartado 2 serán, en todo caso, distintas de las que habilitan para participar en las pruebas selectivas

3. Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas y Presentaciones de actos

Haber participado o impartido actividades formativas, siempre que se encuentren relacionadas con las funciones a desarrollar o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales específicos del puesto/plaza objeto de la convocatoria y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato, etc.) en colaboración con la Administración Pública

A) Por la participación como asistente: - Por cada hora de duración: 0,005 puntos

B) Por la participación como ponente o por impartir un curso: - Por cada hora de duración: 0,010 puntos

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0,025 puntos o 0,010 en cada caso. En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberá especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima

En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso

Las materias de las actividades formativas que se valorarán serán las siguientes: - Redacción de textos: Gramática, Ortografía y estilos de lenguaje administrativo, político, profesional, sexista; así como de textos periodísticos, jurídico-administrativo, científico-técnicos, y locución, redacción y lenguaje en radio

- Y aquellas otras que el Tribunal estime que tienen relación directa con las funciones objeto de la plaza/puesto de Redactor (Grupo C)

4. Superación de pruebas selectivas

4.a) Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir permanentemente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder: 1,00 punto por cada selección

4.b) Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir temporalmente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder: 0,50 puntos por cada selección

Aplicación del concurso

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del baremo son las que a continuación se indican: Sevilla, 12 de diciembre 2006 BOJA núm. 238 Página núm. 119 Méritos académicos: 1,00 punto

Méritos profesionales: - En la Agencia de Comunicación Local de Almería: 5,50 puntos

- En la Administración Pública: 4,00 puntos

- En la empresa privada: 3,00 puntos

En todo caso la puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 5,50 puntos

Cursos: 1,00 punto

Superación de pruebas: 1,50 puntos

JUSTIFICACION DE LOS MERITOS ALEGADOS La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado en el punto A será la siguiente en cada caso: 1. Experiencia profesional

1.A. La experiencia profesional fuera del ámbito de la Administración Pública se justificará: 1.A.a. En el caso de servicios prestados por cuenta ajena, aportando los siguientes documentos: 1.º Contrato de trabajo o certificación de la empresa correspondiente al período que se alega

2.º Documento acreditativo de vida laboral expedido por la Seguridad Social, donde conste, el período y grupo de cotización

1.A.b. En el caso de servicios prestados por cuenta propia, aportando los siguientes documentos: 1.º Documento acreditativo de vida laboral expedido por la Seguridad Social, donde conste período y grupo de cotización, salvo aquellos colectivos profesionales que estén exentos de esta cotización, lo que deberá acreditarse de forma fehaciente

En este caso deberán presentar certificado del correspondiente Colegio en el que figure que está dado/a de alta como ejerciente y el período de alta

2.º Cuando se trate de períodos durante los que estuviera vigente el Impuesto de Actividades Económicas, se presentará justificante de pago del impuesto de cada uno de los años en que se haya estado en situación de alta en el mencionado impuesto

1.B. La experiencia profesional en el ámbito de la Administración Pública se justificará: Aportando la documentación indicada en el apartado 1 A.a, o presentando certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos: - Denominación de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos

- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración

1.C. En los tres apartados del punto 1 del baremo, para acreditar que se han realizado labores de periodismo radiofónico, cuando no venga así expresado en la denominación del puesto, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar la realización de dichas labores

2. Expediente académico

Para acreditar los méritos señalados en el punto 2 del baremo habrá de aportarse certificación académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición

3. Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas

Para acreditar los méritos señalados en el punto 3 del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, jornadas..., o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste: - Denominación del curso, jornadas..

- Número de horas/días de duración

- Concepto en el que participó el aspirante

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán cursos, jornadas... relacionados con las funciones a desarrollar en esta Diputación en el puesto/plaza de Redactor (Grupo C)

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso

En todos los casos previstos en el apartado 3.º de este baremo, deberá acreditarse el contenido de los cursos de formación, mediante la presentación del programa. En otro caso, el tribunal valorará discrecionalmente la relación o no con el contenido del puesto de trabajo

4. Superación de pruebas selectivas

En los dos supuestos previstos en el punto 4 del baremo para justificar la superación de pruebas selectivas habrá de aportarse certificación en la que conste este extremo, indicando asimismo: - Procedimiento de selección: oposición o concursooposición

- Carácter temporal o permanente de la provisión

- Publicidad: Fecha de publicación en los diarios oficiales o medios de comunicación

- Superación de todos los ejercicios de las correspondientes pruebas selectivas

Asimismo, habrá de acreditarse, mediante certificación, la superación de pruebas selectivas a los efectos establecidos en el apartado 1.B del baremo

B) Fase de oposición. La fase de oposición constará de tres ejercicios, que tendrán carácter obligatorio

Primer ejercicio. Ejercicio práctico-técnico que consistirá en la realización de los trabajos o supuestos determinados por el Tribunal, que sean concernientes a la función correspondiente al puesto de que se trate y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los/as aspirantes, en el tiempo que el Tribunal fije

Segundo ejercicio. Ejercicio práctico de redacción y locución de una noticia. La noticia en cuestión será la propuesta por el Tribunal. Se valorará la correcta redacción de la noticia, así como la dicción de los aspirantes

Tercer ejercicio. Memoria-Proyecto. Consistirá en la realización de los trabajos o supuestos determinados por el Tribunal, que sean concernientes a la función correspondiente al supuesto de que se trate y se pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los/as aspirantes, en el tiempo que fije el Tribunal

Para la presentación de esta memoria-proyecto se concederá un plazo de diez días naturales contados desde la fecha de la calificación del segundo ejercicio. Este proyecto se presentará en el Registro de Entrada de la Diputación, en sobre cerrado, en cuya portada se indicará la identificación personal y la expresión "Tercer ejercicio plazas de Redactor (Grupo C) ACL.". Si el plazo de presentación del proyecto finaliza en sábado, domingo o festivo se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente. La memoria no tendrá una extensión superior a treinta páginas ni inferior a veinte, impresas por una sola cara, con letra tipo Arial o Times New Roman, cuerpo 12, interlineado sencillo, margen derecho 2 cm. y margen izquierdo 3 cm

Por el orden de actuación indicado, los aspirantes presentarán y defenderán oralmente la memoria-proyecto elaborada, durante treinta minutos como máximo, ante el Tribunal. A continuación los miembros del Tribunal formularán preguntas al aspirante sobre el trabajo presentado

En el proyecto se valorará la presentación, el contenido y la estructura. En la defensa oral, el lenguaje y la capacidad de comunicación y en la entrevista, la capacidad de respuesta

6. Calendario de las pruebas y orden de actuación

La primera reunión del tribunal no se celebrará antes de la primera semana de noviembre de 2006

La fecha de la constitución del Tribunal y la concreción de la celebración de los ejercicios se publicará en el anuncio junto con la relación de admitidos y excluidos

Según el sorteo público celebrado el día 12 mayo de 2006, en el Palacio Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 17 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará por la letra "L" del primer apellido

7. Formación y actuación del Tribunal Calificador

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición estará integrado por los siguientes miembros: Presidente: El de la Agencia de Comunicación Local o persona en quien delegue

Vocales: - El director de la Agencia de Comunicación Local

- Un/a representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía

- Un/a técnico/a en la materia

- Un/a técnico/a de administración general, que actuará como Secretario/a

Todos los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en éstos concurran circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos, para todas o alguna de las pruebas, de asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección

Calificación de la fase de concurso

El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes admitidos, calificándolos con arreglo al Baremo que figura en la base quinta; pudiendo obtenerse con su aplicación un máximo de nueve (9) puntos

Calificación de la fase de oposición

Los miembros del Tribunal que juzgue el concurso-oposición puntuarán cada ejercicio de la fase de oposición con un máximo de diez puntos. La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, eliminándose del cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas. Las calificaciones se entregarán al Secretario por cada uno de los miembros del Tribunal en el modelo facilitado a los mismos

Para la calificación el Tribunal fijará con carácter previo al inicio de la lectura de los ejercicios, los contenidos en tener en cuenta. Estos se reflejarán en el acta de la sesión

Todos los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para superar cada uno de ellos obtener un mínimo de cinco (5) puntos

Calificación final

La suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición por quienes aprueben cada uno de ellos, dará la calificación final

En aplicación de lo establecido en el párrafo 5.º del art. 18 de la Ley 30/84, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas respectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. No obstante, el Tribunal, además de hacer pública la propuesta de aspirantes aprobados, publicará, en su caso, una única relación, por orden de preferencia, de los aspirantes que, aún no habiendo aprobado, se consideran capacitados para la prestación de servicios con carácter temporal, en puesto análogo

En caso de empate en la puntuación final, el Tribunal llevará a cabo el desempate de los aspirantes con la aplicación de los criterios que se relacionan, por orden de prelación: 1. Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la Agencia de Comunicación Local de Almería

2. Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la Administración Pública

3. Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la empresa privada

4. Por sorteo o entrevista con los aspirantes, a criterio del Tribunal

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el procedimiento selectivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia de Comunicación Local, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de diez días durante los cuales se expondrá el anuncio con la propuesta del tribunal en el tablón de edictos de la Excma. Diputación Provincial de Almería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición objeto de la presente convocatoria se clasifica dentro de la segunda categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del concurso-oposición

8. Presentación de documentación

Los aspirantes aprobados deberán presentar en la Agencia de Comunicación Local, Palacio Provincial c/ Navarro Rodrigo, en el plazo de 20 días naturales contados desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, la siguiente documentación: a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas de la plaza/puesto

b) Título exigido o resguardo del pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original, así como del carnet de conducir B

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas

d) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incapacidad de las contenidas en el art. 36 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local

e) Declaración jurada de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su art. 10 y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo

f) Declaración jurada de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar en la Agencia de Comunicación Local y solicitud, en su caso, de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen de la Diputación

g) Documento Nacional de Identidad y fotocopia del mismo

Asimismo, habrán de aportar los documentos originales de los méritos alegados y presentados mediante fotocopia simple junto a la instancia solicitando tomar parte en el concursooposición objeto de la presente convocatoria

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del ministerio u organismo de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia

9. Base final

En lo no previsto en las bases anteriores regirá el Reglamento de Selección, de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Interna de la Excma. Diputación Provincial de Almería, aprobado por acuerdo de Pleno de fecha 30 de diciembre de 2004 y publicado en el BOP núm. 9 de 14 de enero de 2005, la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, así como el RD 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación

Almería, 15 de septiembre de 2006.- El Vicepresidente de Ginés Martínez Balastegui.

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