Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados.
RESUELVO
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
ConceptoIVA incluido
Billete ordinario0,95 euros
Tarjeta bus (10 viajes)5,90 euros
Tarjeta mensual (viajes ilimitados
durante 1 mes)31,00 euros
Tarjeta estudiante (viajes ilimitados
durante 1 mes)20,50 euros
Tarjeta joven (viajes ilimitados
durante 1 mes)20,50 euros
Billete aeropuerto1 euro
Tarjeta jubilado (que cumplan
las condiciones exigidas)gratuito
Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2006, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 1 de diciembre de 2005.- La Viceconsejera,
Carmen Martínez Aguayo.
Descargar PDF