Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 27/12/2006

3. Otras disposiciones

Parlamento de Andalucía

Resolución de 12 de diciembre de 2006, de la Presidencia, relativa a la presentación del informe anual del Consejo Audiovisual de Andalucía.

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La Ley 1/2004, de 17 de diciembre, creó el Consejo Audiovisual de Andalucía "como autoridad audiovisual independiente encargada de velar por el respeto de los derechos, libertades y valores constitucionales y estatutarios en el ámbito de los medios audiovisuales de Andalucía y por el cumplimiento de la normativa vigente en materia audiovisual y de publicidad, de acuerdo con los principios de actuación y funciones que establece la presente Ley" (artículo 1).

El artículo 11 de dicha Ley establece que el Consejo Audiovisual de Andalucía presentará al Parlamento de Andalucía un informe anual sobre su actuación. Sin embargo, el actual Reglamento del Parlamento de Andalucía no establece procedimiento con el que articular la relación del Parlamento con el citado Consejo, ni, en consecuencia, tampoco previsión alguna sobre la tramitación a la que debe ajustarse la mencionada presentación.

Para supuestos como el presente, de insuficiencia reglamentaria, el Reglamento del Parlamento de Andalucía, en su artículo 29.2, prevé la posibilidad de que la Presidencia de la Cámara, con el requisito del acuerdo concurrente de la Mesa y de la Junta de Portavoces, dicte una resolución de carácter general que supla dichas omisiones.

En virtud de la citada posibilidad, teniendo en cuenta tanto el único precedente normativo relativo al mismo supuesto hasta ahora existente en otras Cámaras

artículo 169 del Reglamento del Parlamento de Cataluña

como la práctica que en modo muy similar se sigue en el Parlamento de Navarra con el otro Consejo Audiovisual existente, esta Presidencia, previo parecer favorable de la Mesa y de la Junta de Portavoces, en sesiones celebradas los días 29 de noviembre y 5 de diciembre de 2006, respectivamente, ha considerado necesario dictar la siguiente

RESOLUCION

La Mesa del Parlamento, una vez recibido el informe anual que el Consejo Audiovisual de Andalucía ha de presentar al Parlamento sobre su actuación, ordenará su publicación y lo remitirá a la Comisión de Coordinación, que deberá tramitarlo siguiendo el procedimiento establecido en el actual artícu-

lo 153 del Reglamento del Parlamento de Andalucía, correspondiendo la comparecencia al Presidente o Presidenta del citado Consejo.

Lo que se publica para general conocimiento.

Sevilla, 12 de diciembre de 2006.- La Presidenta, M. Mar Moreno Ruiz.

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