Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 27/12/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ResoluciOn de 31 de octubre de 2006, de la Dirección General de Transportes, por la que se ratifican las nuevas tarifas de aplicación de la Estación de Autobuses de Málaga. (PP.4875/2006).

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Con fecha 31 de octubre de 2006, se ha dictado por la Dirección General de Transportes, resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

RESUELVE

Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Málaga, que a continuación se detallan, aprobadas por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Málaga en sesión extraordinaria del día 11 de octubre de 2006, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas, y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

Concepto Tarifas máximas

1. Por entrada o salida de un autobús con viajeros

al iniciar o finalizar viaje. Los vehículos en tránsito

(entrada y salida) sólo abonarán uno de estos

conceptos:

1.1. De servicios regulares permanentes de

uso general.

1.1.1. Autobuses de cercanías

hasta 30 kms.0,33

1.1.2. Resto autobuses.0,77

1.2. De servicios no encuadrados en el

apartado anterior.

1.2.1. Cualquier servicio.1,17

2. Por utilización por los viajeros de los servicios

generales de Estación con cargo a aquéllos que

salen o rinden viaje en la Estación:

2.1. De servicios regulares permanentes

de uso general:

2.1.1. Viajeros cercanías hasta 30 kms.0,08

2.1.2. Resto de viajeros.0,15

2.2. De servicios no encuadrados en el

apartado anterior.

2.2.1. Viajeros cualquier recorrido.0,17

Quedan excluidos de la obligatoriedad del abono de las tarifas por los conceptos que les sean imputables, aquellos viajeros que se encuentren en tránsito.

Su percepción por las Empresas Transportistas deberá hacerse simultáneamente a la venta del billete en el que se hará constar el concepto "Servicio Estación de Autobuses" con su correspondiente tarifa, con independencia de la del Servicio Regular.

3. Por utilización de los servicios de consigna automática:

Dado que funciona las 24 horas del día, la tarifa será

la que libremente establezca su explotador, siempre

que se preste también el servicio de consigna

"manual". En caso contrario, la tarifa será la que

a continuación se expresa para el servicio manual

de consigna.

4. Por utilización de los servicios de consigna manual.

4.1. Por consigna bulto hasta 50 kg.0,17

4.2. Bulto mayor de 50 kg.0,23

4.3. Por cada día de demora.0,33

5. Facturación del equipaje (sin incluir el precio

del transporte ni seguros de la mercancía):

5.1. Por cada 10 kg. o fracción de

peso en equipaje y encargos sin incluir

el precio del transporte.4,21

5.2. Mínimo de percepción.0,69

6. Por alquiler de la zona de taquillas:

6.1. Por alquiler cada módulo de

taquilla/mes.73,78

Los servicios de electricidad y análogos

serán por cuenta del usuario.

7. Servicio de aparcamiento de autobuses:

7.1. De 8,00 a 22,00 horas,

por cada hora.0,62

7.2. Aparcamiento de un autobús de servicio

regular permanente de uso general

desde las 22,00 horas a las 8,00 horas

del día siguiente, sin fraccionamiento por

razón de tiempo dentro del indicado. 4,31

7.3. Por aparcamiento de un autobús que

no preste servicio regular permanente

de viajeros (siempre que la capacidad

de la Estación lo permita) desde las

22,00 horas a las 8,00 horas del día

siguiente sin fraccionamiento por razón

de tiempo dentro del indicado.4,31

Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Málaga entrarán en vigor, una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el día 1 de enero de 2007.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 31 de octubre de 2006.- El Director General,

Rafael Candau Rámila.

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