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Mediante Orden de 10 de enero de 2005, de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 15, de 24 de enero de 2005), y posterior corrección de errores de 19 de mayo de 2005 (BOJA núm. 96, de 19 de mayo de 2005), se revocó la delegación de determinadas competencias en relación con el Centro Andaluz de Flamenco y se acordó su delegación en la Secretaría General Técnica
La redistribución y nuevas funciones que se están llevando a cabo en materia de Flamenco aconseja que las competencias delegadas en la precitada Orden continúen ejerciéndose por la Secretaría General Técnica.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
D I S P O N G O
Prorrogar la delegación de competencias establecida por Orden de 10 de enero de 2005 (BOJA núm. 15, de 24 de enero de 2005), y posterior corrección de errores de 19 de mayo de 2005 (BOJA núm. 96, de 19 de mayo de 2005), en la persona titular de la Secretaría General Técnica a través del programa 45E.
Sevilla, 18 de enero de 2006.
ROSARIO TORRES RUIZ
Consejera de Cultura
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