Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 09/02/2006

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Almería, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 15.12.2005, recaída en el expediente PTO 77/05, sobre modificación de las NNSS de la UE 36, del municipio de Vélez Rubio.

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Para general conocimiento se hace pública la Resolución que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en su sesión ordinaria de fecha 15 de diciembre de 2005 adoptó en relación al expediente PTO 77/05 sobre modificación de las Normas Subsidiarias de planeamiento UE-36 del término municipal de Vélez Rubio (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento.

Conforme establece el art. 41.2 de la ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 23.1.2006, y con el número de registro 961 se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería de fecha 15 de diciembre de 2005, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias de planeamiento UE 36 del término municipal de Vélez Rubio (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS UE 36 DEL MUNICIPIO DE VELEZ

RUBIO (ALMERIA) (PTO 77/05)

R E S O L U C I O N

Reunida la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2005, ha examinado el expediente núm. PTO-77/05 sobre Modificación de las Normas Subsidiarias de la UE 36 del municipio de Vélez Rubio (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento, resultando del mismo los siguientes

H E C H O S

Objeto y descripción.

El objeto del expediente que se analiza es:

- Reclasificar como urbano con la calificación de equipamiento una franja de suelo no urbanizable como ampliación de una parcela ya existente con la misma calificación y clasificación al objeto de construir un centro de disminuidos psíquicos.

- Reordenación de las manzanas de suelo urbano entre Avda. Andalucía, C/ Matadero, C/ Yesera y C/ Silo:

Modificación del trazado del vial de la calle Silo, ampliándose la parcela de equipamiento.

Modificación de la calle Matadero, reduciéndose las dimensiones de una parcela triangular edificable con ordenanza MC-1 y MC-2 disminuyendo por tanto el aprovechamiento urbanístico.

Modificación de la calle Arenal disminuyendo una parcela con ordenanza edificación aislada o pareada que pasa de 3.603 m2 a 3.060 m2.

Delimitacion de una parcela como suelo urbano no consolidado (UE-36 A) que engloba suelo urbano actualmente clasificado como tal y suelo no urbanizable. En este ámbito existe en la actualidad una edificación. Las determinaciones de este ámbito son:

Superficie 1.509 m2 de los cuales 941 m2 son edificables y 706 m2 de viario. El techo máximo es de 706 m2 y 4 viviendas. Dadas las dimensiones del ámbito, sólo se cede la superficie correspondiente a viales, representando ésta un 37,6%.

Reclasificación de suelo no urbanizable como suelo urbano delimitado como UE-36 B con las siguientes determinaciones:

Superficie 8.003 m2 con una edificabilidad de 0,75 m2/m2 con uso característico residencial, 6.002 m2 de techo y 60 viviendas (75 viv/ha).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Competencia y procedimiento.

1. El artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía cohonestado con el artículo 10 del mismo cuerpo legal, establece que corresponde a la Consejería de Obras Públicas y Transportes: "La aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, los Planes de Ordenación Intermunicipal y los Planes de Sectorización, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural"; previsión legal des-arrollada por el art. 13.2.a del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a cuyo tenor: "Corresponde a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo: aprobar los Planes Generales de Ordenación Urbanística y sus revisiones, así como las modificaciones cuando afecten a ordenación estructural y las adaptaciones que conlleven modificaciones del referido alcance".

2. La Ley 7/2.002, de 17 de diciembre, regula en sus artículos 31, 32 y 33 las competencias y procedimiento para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento.

II. Valoración.

La modificación no plantea aumentos de aprovechamientos urbanísticos en las zonas de suelo urbano, ya que disminuyen las parcelas edificables y se aumentan las destinadas a equipamientos.

En cuanto a los ámbitos de suelo urbano no consolidado, la ordenación pormenorizada establecida por el documento establece unas dotaciones totales de 2.125 m2 de espacios libres y 980 m2 de equipamiento, cumpliéndose el mínimo establecido por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía de 2.700 m2 de dotaciones totales.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo acuerda: la Aprobación Definitiva de la Modificación de las Normas Subsidiarias de la UE 36 del municipio de Vélez Rubio (Almería).

En virtud de lo preceptuado en el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la publicación en BOJA de los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que correspondan a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, requiere el previo depósito en el registro del Ayuntamiento, así como en el de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente resolución, tal y como prevé el artículo 22.4 del Decreto 193/2003, de 1 de julio, en relación con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Almería, 15 de diciembre de 2005.- V.ºB.º El Vicepresidente, Luis Caparrós Mirón, El Secretario de la Comisión, Mariano Díaz Quero.

ANEXO II

FICHA REGULADORA DE LA UNIDAD DE EJECUCION 36

Unidad de Ejecución: 36 A

Determinaciones de ordenación. Condiciones generales.

Uso Característico (art. 17 LOUA): Residencial.

Densidad máxima: 75 viv/Ha.

Edificabilidad bruta máxima: 1m2t/m2s.

FICHA REGULADORA DE LA UNIDAD DE EJECUCION UE-36 A:

Situación: Zona Sureste, junto a la zona conocida por el Matadero.

Superficie del suelo ordenado: 1.509 m2, 0,1509 Ha.

a) Cesiones:

Ordenación Estructural: Sistemas Generales (art. 10.A.c)

Cumplimiento de los estándares (art. 17.2.a):

Ms/100m2t M2 suelo >m2 suelo Ordenación

UR detallada UE 36A

Sistemas

G. Espa. 15(5mx3h/Vv) 60 ___ m2 suelo

Verdes púb.

Cesión de EP 18 127 150 ___ m2 suelo

libres

Cesión 15 84 ___ m2 suelo

dotaciones

Aparcamiento

púb. (uds) 2% 0.5 2 4 unidades

para usuarios

minusválidos

Cesiones lucrativas: 10% m2 techo lucrativo.

b) Condiciones generales:

Edificabilidad bruta: 0.47 m2t/m2s.

Núm. máximo de viviendas: 4 vivdas.

Edificabilidad máxima: 706m m2techo.

c) Desarrollo de la Unidad:

Planeamiento: Proyecto de Urbanización.

Sistema de actuación: Cooperación y Expropiación(*).

d) Otras condiciones:

Se incluirá previsión mínima de 8 plazas de aparcamiento privado, se situarán en el interior de las parcelas.

Debido a las pequeñas dimensiones del ámbito de la UE, y la superficie destinada a viales, y el bajo aprovechamiento, no es posible contemplar en su ordenación las reservas para dotaciones, y sistemas generales contemplados en la Ley 7/2002 LOUA.

Determinaciones particulares de la Parcela P1.

M2 suelo parcela neta Ordenanza m2t edificabilidad

Parcela P1 941 m2 Aislada Pareada 706 m2

Unidad de Ejecución 36 B.

Determinaciones de ordenación. Condiciones generales.

Uso Característico (art. 17 LOUA): Residencial.

Densidad máxima: 75 Viv/ Ha.

Edificabilidad bruta máxima: 1m2t/m2s

FICHA REGULADORA DE LA UNIDAD DE EJECUCION UE- 36B:

Situación: Zona Sureste, junto a la zona conocida por el Matadero.

Superficie del suelo ordenado: 8.003 m2, 0,8003 Ha.

a) Cesiones:

Ordenación Estructural: Sistemas Generales (art 10.A.c).

Cumplimiento de los estándares (art. 17.2 a):

Ms/100m2t m2 suelo >m2 suelo Ordenación

UR detallada UE 36B

Sistemas

G. Espa. 15(5mx3h/Vv) 900 V1 + v2 = 2.125

Verdes púb. m2 suelo EP + SG

Cesión de EP 18 1081 800,30 V1 + v2 = 2.125 m2

libres suelo EP + SG

Cesión

dotaciones 15 901 D1 = 980 m2 suelo

Aparcamiento

púb. (uds) 0.5 30 30 unidades

2% para usuarios

minusválidos

Cesiones lucrativas: 10% m2 techo lucrativo.

b) Condiciones generales:

Edificabilidad bruta: 0,75 m2/m2s.

Núm. máximo de viviendas: 60 vvdas.

Edificabilidad máxima: 6.002 m2 techo.

c) Desarrollo de la unidad:

Planeamiento: Estudio de detalle (*) y Proyecto de Urbanización.

Sistema de actuación: Cooperación y Expropiación (**).

(*) La ordenación pormenorizada de la Manzana 2, no será vinculante, pudiendo ser modificada mediante la aprobación de un Estudio de Detalle.

d) Otras condiciones:

Se incluirá la previsión mínima de una plaza de aparcamiento privado por cada 100 m2 construidos que se situarán en el interior de la parcela.

(**)La propiedad de la mayor parte de los terrenos afectados son de dominio del Ilmo. Ayuntamiento de Vélez- Rubio. La ordenación afecta a otros propietarios en zonas puntuales, siendo la parte de suelo afectada a los que se aplicará la expropiación.

Determinaciones particulares de la Parcela P2. La parcela residencial P2, será destinada a la construcción de viviendas de protección oficial y viviendas vinculadas (en un 10% de total edificado) al Centro comarcal de Disminuidos Psíquicos de Vélez-Rubio ubicado al norte de la nueva unidad de Ejecución núm. 36.

M2 suelo parcela neta Ordenanza m2t edificabilidad

Parcela P2+P3

(manzana 2) 1.705 MC-2*** 6.002 m2

*** Altura 3 plantas más ático. El ático será objeto de definición específica en proyecto unitario que justifique su integración paisajística. Permitidos los vuelos abiertos sobre los espacios libres públicos.

Almería, 23 de enero de 2006.- El Delegado, Luis Caparrós Mirón.

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