Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 14/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 2 de febrero de 2006, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Logotipo del municipio de Villa del Río (Córdoba) (Expte. núm. 028/2005/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Villa del Río (Córdoba), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su Logotipo municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley. Emitido en sentido favorable, el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 24 de noviembre de 2005, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su logotipo municipal, con la siguiente descripción:

La imagen simboliza esquemáticamente el puente romano de Villa del Río, representado en el centro por tres arcos "Gaudinianos" abocetados y ascendentes, pigmentados en marrón rojizo (pantone 194). Sobre ellos una línea sinuosa más larga, ascendente también, en los mismos tonos que representa el "Monte Real", cuna de los primeros asentamientos en la zona, y deslizándose sobre su loma, una estrella abocetada de cinco puntas, pigmentada en ocre (pantone 155), que representa a la Virgen de la Estrella patrona de la localidad; bajo el puente otra línea sinuosa, esta vez descendente, en los mismos tonos que la estrella, que simboliza el río Guadalquivir, fuente de vida y riqueza. El logotipo podrá ir acompañado de la leyenda "Ayuntamiento de Villa del Río".

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 24 de enero de 2006, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de su logotipo municipal en el referido Registro. En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo 8.11 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo,

por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del logotipo del municipio de Villa del Río (Córdoba), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 2 de febrero de 2006.- EL Director General, Juan R. Osuna Baena.

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