Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 14/02/2006

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

EDICTO de la Sección Quinta dimante del rollo de apelación núm. 843/2004.

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NIG: 2906737C20040002571.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil (N) 843/2004. Asunto: 500845/2004.

Autos de: Menor Cuantía 436/1998.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia número 10 de Málaga.

Negociado: BM.

Apelante: Caser Seguros, S.A. y Fuensanta Ruiz Domínguez. Procuradora: María Victoria Mato Bruño y Manuel Manosalbas Gómez.

Abogado:

Apelado: MAG Internacional y otros.

Procurador: Olmedo Jiménez, Luis Javier.

E D I C T O

Audiencia Provincial de Málaga 5.

Recurso: Recurso de Apelación Civil (N) 843/2004. Parte apelante.

Sobre sentencia 28.5.2002.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte apelante, doña Fuensanta Ruiz Domínguez a través de su Procurador Sr. Manosalbas Gómez la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de los apelados, Grupo Inversor Inmobiliario, S.L., don José Luis Martínez Artero, don Enrique Peis Mármol y don José Villar Expósito por providencia de 18.1.06, el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de Sentencia dictada por la Sala, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: SENTENCIA

En la ciudad de Málaga a veintiséis de septiembre de dos mil cinco.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta bis de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de menor cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia número de Málaga, seguidos a instancia de doña Fuensanta Ruiz Domínguez, contra Mag Internacional, don Manuel Ortega Lavado, don Adolfo Ripoll Filolla, don Gabriel del Pino Domínguez, Caser Seguros, S.A., don Enrique Peis Mármol, don Francisco M. Morales Morales, don José Villar Expósito, don José L. Martínez Artero, don Antonio Casado Rodríguez y Grupo Inversor Inmobiliario, S.L.; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por Caser Seguros, S.A., y Fuensanta Ruiz Domínguez contra la sentencia dictada en el citado juicio.

Creado este órgano judicial como medida de apoyo y refuerzo por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 30 de noviembre de 2004 y formado por los Ilmos. Sres. del margen, a los que les ha sido turnado el presente juicio para su resolución de entre los seguidos por el trámite de la Ley 1/2000 que penden en esta Sala, conforme al proveído que antecede a esta resolución definitiva. FALLAMOS

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de doña Fuensanta Ruiz Domínguez y estimando el promovido por Caser Seguros, S.A., contra la sentencia dictada en fecha 26 de junio de 2002 por el Juzgado de Primera Instancia número Diez de Málaga en sus autos civiles 436/98, debemos revocar y revocamos parcialmente dicha resolución, absolviendo a la entidad Caser Seguros de los pedimentos ejercitados en su contra, confirmándola en los restantes extremos condenando expresamente a doña Fuensanta Ruiz Domínguez en el abono de las costas causadas por su recurso, y sin verificar expresa imposición de las costas causadas por el recurso que ha sido estimado.

En Málaga, a dieciocho de enero de dos mil seis.- El/La Secretario Judicial.

La extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios y su remisión al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación y sirva de notificación a los apelados, Grupo Inversor Inmobiliario, S.L., don José Luis Martínez Artero, don Enrique Peis Mármol y don José Villar Expósito.

Doy fe.

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