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En el recurso contencioso-administrativo P.A. número 40/2005, interpuesto por la Asociación Odres Nuevos contra Resolución de 8.11.2004 del Director Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, denegatoria de las ayudas solicitadas por la actora en el expediente administrativo SE/PME/00007/2004, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo núm. Siete de Sevilla, con fecha 14 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo: 1. Estimo la demanda rectora de esta litis por ser la resolución recurrida contraria a Derecho. 2. Declaro el derecho de la empresa actora a recibir las ayudas solicitadas por la contratación indefinida de las trabajadores doña Aurora Fernández Cortés y doña Angela Zapata Trigo, en cuantía total de 8.416 euros. 3. Sin imposición de costas."
Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y
17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 31 de enero de 2006.- El Secretario General
Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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