Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 16/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 27 de enero de 2006, por la que se concede autorización plena de las enseñanzas al centro docente privado extranjero "The British College", de Benalmádena (Málaga).

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Visto el expediente presentado por doña Nerea Lorenzo Sainz, como representante de la entidad The British College of Benalmádena, S.L., titular del Centro docente privado "The British College", sito en Benalmádena (Málaga), C/ Guadalmedina, s/n, Urbanización Torremuelle, solicitando autorización plena en las enseñanzas con que cuenta el centro, concedida por Orden de 27 de noviembre de 2003 (BOJA de 17 de diciembre), según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de

28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que por la citada Orden, el centro, con código

29001029, cuenta con autorización plena para impartir las enseñanzas de Early Years, Reception y del Year 1 al Year 11 del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero, para 450 puestos escolares, y autorización temporal hasta el 31 de mayo de 2005 para el Year 12 y el Year

13, para 50 puestos escolares, dependiendo dicha autorización, a partir de la fecha indicada, de una nueva inspección de los Servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre (BOE del 24), de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE del 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad en la Educación, modificado por el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Considerando que los Servicios correspondientes de la Embajada Británica han realizado una nueva inspección del centro, habiendo emitido informes que permiten que se autorice lo solicitado por la titularidad del mismo.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Conceder, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, autorización plena al centro docente privado extranjero "The British College" de Benalmádena (Málaga) para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico y de Lengua y Cultura españolas y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Denominación genérica: Centro Docente Privado Extranjero.

Denominación específica: "The British College".

Titular: The British College of Benalmádena, S.L.

Domicilio: C/ Guadalmedina, s/n. Urb. Torremuelle.

Localidad: Benalmádena.

Municipio: Benalmádena.

Provincia: Málaga.

Código: 29001029.

Enseñanzas autorizadas:

- Nursery: Early Years, Reception y Year 1 (Educación

Infantil): 6 unidades.

Capacidad: 125 puestos escolares.

- Del Year 2 al Year 7 (Educación Primaria): 10 unidades.

Capacidad: 160 puestos escolares.

- Del Year 8 al Year 11 (ESO de 1.º a 4.º): 10 unidades.

Capacidad: 165 puestos escolares.

- Del Year 12 al Year 13 (Bachillerato): 2 unidades.

Capacidad: 50 puestos escolares.

Capacidad total del Centro: 500 puestos escolares.

Segundo. El centro privado extranjero "The British College" de Benalmádena (Málaga) deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de Lengua y Cultura españolas y podrá acoger a alumnado español y extranjero.

Tercero. La enseñanza de Lengua Española deberá impartirse con el mismo diseño y horario que establecen los siguientes Decretos de enseñanzas de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Decreto 107/1992, de 9 de junio, que regula la Educación Infantil; Decreto 105/1992, de 9 de junio, que regula la Educación Primaria; Decreto 106/1992, de 9 de junio, que regula la Educación Secundaria Obligatoria, modificado por el Decreto 148/2002, de 14 de mayo, y Decreto 126/1994, de 7 de junio, modificado por el Decreto 208/2002, de 23 de julio, que regula el Bachillerato.

Asimismo, la Cultura española deberá desarrollar los

contenidos esenciales de las Areas de Conocimiento del Medio y de Ciencias Sociales, recogidos en los Decretos, anteriormente citados.

Cuarto. La presente modificación se inscribirá en el

Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto

151/1997, de 27 de mayo (BOJA de 28 de junio).

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el pla

zo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos

107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 27 de enero de 2006

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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