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El artículo 175.2 de la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, confiere al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la facultad de nombrar y, en su caso, cesar al Presidente del Consejo Andaluz de Cooperación, a propuesta del Consejero de Trabajo e Industria, en la actualidad de Innovación, Ciencia y Empresa, al amparo del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías.
El artículo 3.1 del Decreto 367/1986, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Andaluz de Cooperación, tras sus modificaciones parciales sufridas por los artículos únicos del Decreto 56/1992, de 31 de marzo, y del Decreto 160/1997, de 17 de junio, establece que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, nombrará un Presidente de entre los miembros del Consejo Andaluz de Cooperación.
Habiéndose producido el cese del Director General de Economía Social y Emprendedores mediante Decreto 104/2005, de 19 de abril, el cual ostentaba a su vez el cargo de Presidente del Consejo Andaluz de Cooperación, procede, en consecuencia, declarar el cese del mismo como Presidente del Consejo Andaluz de Cooperación.
Por lo que, en su virtud, a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su reunión del día 14 de febrero de 2006,
SE DISPONE
Artículo único. Cesar a don Fernando Toscano Sánchez como Presidente del Consejo Andaluz de Cooperación, agradeciéndole los servicios prestados.
Sevilla, 14 de febrero de 2006
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
FRANCISCO VALLEJO SERRANO
Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa
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